Agua. Alta en el Servicio de Saneamiento (sin abastecimiento)
Información Rápida
Objetivo
Dar de alta el servicio de saneamiento a usuarios que se abastecen de agua por sus propios medios (pozo,etc.).
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que utilicen el servicio de saneamiento sin estar dados de alta en el servicio de abastecimiento.
Requisitos principales
- Ser propietario o inquilino del inmueble.
- Disponer de una fuente de abastecimiento propia (pozo,etc.).
- Cumplir con la normativa municipal aplicable.
Duración del trámite
Variable. La instalación del contador,si es necesaria,puede tardar hasta dos días laborables.
Descripción
Modalidad de alta aplicable a usuarios que sólo utilizan el servicio de saneamiento de aguas residuales,porque el agua se la suministran por sus propios medios:pozo,canal superficial,etc.
Los trámites para solicitar el alta han de realizarse en los tres meses siguientes a la fecha en que la fuente de abastecimiento se ponga en funcionamiento. De no hacerlo así,el Ayuntamiento de Zaragoza podrá dar de alta de oficio al titular,sin perjuicio de las sanciones y acciones legales a que hubiera lugar.
Requisitos
Si el consumo es alto y el volumen de agua vertido es manifiestamente menor al agua consumida,puede interesar la instalación de un caudalímetro de vertido en el punto de conexión a la red. En ese caso los trámites y gestiones son:
a) Los vertidos han de estar centralizados en un punto. De existir más puntos de vertido,debería instalarse en cada uno de ellos un caudalímetro,lo que podría hacer antieconómica su instalación. b) Requiere autorización previa municipal,mediante solicitud del interesado. c) Tras su instalación,el Instituto Municipal de Salud Pública supervisa la correcta instalación y calibrado. d) Ha de prepararse arqueta para la instalación de caudalímetro y toma de muestras. e) El solicitante deberá adquirir,instalar y mantener a su costa el caudalímetro. f) Una vez correctamente instalado y calibrado el caudalímetro,debe solicitarse el alta en el órgano gestor.
Si se desea instalar un contador convencional,los trámites y gestiones son:
a) Ha de prepararse la instalación para su colocación de acuerdo a la normativa municipal aplicable. b) Se ha de remitir al Ayuntamiento el "Certificado de instalación individual" emitido por instalador autorizado. c) El ayuntamiento inspecciona la instalación y comprueba su adecuación técnica a la normativa vigente. d) Se han de cumplir por parte del promotor e instalador las obligaciones técnicas,administrativas y fiscales exigidas en la normativa aplicable. e) Posteriormente ha de solicitarse el alta en el órgano gestor. En este caso,el contador de agua se coloca en los dos días laborables siguientes a la solicitud de alta,salvo que corresponda a un calibre no disponible en existencias,lo que retrasaría su instalación,en función de los plazos de suministro. f) Cita previa:Si es necesario acceder a instalaciones particulares para colocar el contador,el usuario debe facilitar la entrada. Para ello deberá concretar una fecha y hora en el momento de realizar el trámite. El plazo de espera máximo es de 2 horas g) Si la instalación del contador convencional requiere la paralización del proceso productivo,puede coordinarse la instalación en el momento que menor afección tenga para la dinámica habitual del abonado.
Normativas
- Ordenanza Fiscal nº 24.25:Tasa por la prestación de servicios vinculados al abastecimiento de agua
- Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad de la Gestión Integral del Agua
- Ordenanza Reguladora de la prestación patrimonial de Carácter Público no tributaria por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Agua
- Reglamento Municipal de Prestación del Servicio de Saneamiento y Depuración de Aguas de la Ciudad de Zaragoza
- Texto actualizado de las tarifas por la prestación de servicios vinculados al Saneamiento y Depuración de Aguas de la ciudad de Zaragoza,2024
Pago
El alta en el servicio lleva consigo la exigencia de las tasas por "establecimiento de puntos de suministro" y de "contratación". Se hará efectiva mediante cargo en la primera facturación que se efectúe. Consulte las Tarifas vigentes en la Ordenanza por la que se fijan las tarifas de saneamiento.
Formas de tramitación
Presencial Se exigirá la presentación de los documentos acreditativos de los datos solicitados.
Datos obligatorios:
- Nombre y apellidos o razón social del titular.
- N.I.F. o C.I.F. del titular.
- Dirección completa de la finca a dar de alta.
- Si el titular es propietario:Escritura propiedad o justificante del Notario si se encuentra en tramitación. Se exige la presentación del título de ocupación,que una vez comprobado se devuelve.
- Si el titular es inquilino:contrato de alquiler o autorización escrita del propietario. Se exige la presentación del título de ocupación,que una vez comprobado se devuelve.
- Uso a que se destina el abastecimiento.
- Fuente de abastecimiento y sus características técnicas.
- El código IBAN,si se van a domiciliar los recibos. Consulte las ventajas de la domiciliación.
- N.I.F. del solicitante o razón social a la que representa.
- Nombre y apellidos o razón social del solicitante.
- Teléfono de contacto.
- Declaración del procedimiento de envío de factura:on-line ("pdf" y "XML") o por correo.
- En su caso,dirección de correo electrónico.
- Domicilio para notificaciones. El solicitante deberá declarar expresamente cuál de las siguientes opciones elige:
- a)Si desea que la finca que da de alta sea su domicilio fiscal general,es decir,si quiere que todas las comunicaciones tributarias del Ayuntamiento para
- b)Si desea que las comunicaciones tributarias municipales se remitan a una dirección distinta de la anterior.
Otros datos necesarios:
- En usos comerciales o industriales,epígrafes de I.A.E.
- Dirección de correo electrónico
Por teléfono 976 200 800 - Lunes a viernes:de 08 a 16,30 h.
Los datos se dan por teléfono bajo la responsabilidad del solicitante.
Datos obligatorios:
- Nombre y apellidos o razón social del titular.
- N.I.F. o C.I.F. del titular.
- Dirección completa de la finca a dar de alta.
- Fecha del título de ocupación (escritura propiedad o contrato de alquiler).
- En caso de ser inquilino,nombre y apellidos del propietario
- Uso a que se destina el abastecimiento.
- Fuente de abastecimiento y sus características técnicas.
- El código IBAN de la cuenta de domiciliación.
- N.I.F. del solicitante o razón social a la que representa.
- Nombre y apellidos o razón social del solicitante.
- Teléfono de contacto.
- Declaración del procedimiento de envío de factura:on-line ("pdf" y "XML") o por correo).
- En su caso,dirección de correo electrónico
- Domicilio para notificaciones. El solicitante deberá declarar expresamente cuál de las siguientes opciones elige:
- a)Si desea que la finca que da de alta sea su domicilio fiscal general,es decir,si quiere que todas las comunicaciones tributarias del Ayuntamiento para con él se remitan a esa dirección.
- b)Si desea que las comunicaciones tributarias municipales se remitan a una dirección distinta de la anterior.
Otros datos necesarios:
- En usos comerciales o industriales,epígrafes de I.A.E
- Dirección de correo electrónico
Restricciones:La tramitación telefónica no puede utilizarse cuando se quiera instalar caudalímetro de vertido.
Envío de documentación: En un plazo máximo de 15 días se remitirá a la dirección que nos haya indicado la documentación de su solicitud de alta y de domiciliación bancaria. Por favor,compruebe que el nombre del titular de la póliza figura en el buzón para evitar devoluciones.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.