Agua » Alta

Actualizado el 18 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Gestionar el alta del servicio de agua en un inmueble.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios o inquilinos de viviendas o locales.

Requisitos principales

  • Acreditar la propiedad o el contrato de alquiler.
  • Disponer de la cédula de habitabilidad o licencia de apertura.

Duración del trámite

Variable,dependiendo del tipo de alta.

Preguntas frecuentes sobre el alta del servicio de agua

Agua » Alta

Mi empresa ha cambiado de denominación y de C.I.F.,aunque sigue desarrollando la misma actividad

Puede consultar los trámites relacionados debajo.

Trámites relacionados

Mi empresa ha sido absorbida por otra.

Puede consultar los trámites relacionados debajo.

Trámites relacionados

Ha fallecido un familiar y tenía una o varias pólizas de agua a su nombre de las que debo hacerme cargo

Tanto para la baja de la/las poliza/s como para el cambio de titular debe consultar los trámites relacionados debajo.

Trámites relacionados

Van a entregarse las llaves de unas viviendas nuevas y han de darse de alta las pólizas de servicios comunitarios,pero todavía no se ha constituido la Comunidad de Propietarios.

Puede consultar el trámite relacionado debajo

Trámites relacionados

Quiero solicitar el Alta en el Servicio del Agua.

Puede realizarlo a través del trámites relacionados debajo

Trámites relacionados

Mi empresa ha cambiado de denominación pero sigue teniendo el mismo C.I.F.

Puede consultar los trámites relacionados debajo.

Trámites relacionados

Quiero solicitar la Baja en el Servicio

Consulte la información de los trámites relacionados debajo.

Trámites relacionados

Paso a formar parte de una Sociedad Civil o Mercantil y aporto un local o vivienda con póliza de abastecimiento a mi nombre.

Puede consultar los trámites relacionados debajo

Trámites relacionados

He comprado o alquilado una Vivienda o Local y ya tiene agua. ¿Qué gestiones debo hacer?

Puede realizar las gestiones que se indican en los trámites relacionados debajo según el caso en el que se encuentre.

Trámites relacionados

¿Puedo domiciliar mis recibos sin tener que ir al Ayuntamiento?

  • Usted puede realizar la domiciliación de sus recibos a través del servicio teléfonico 010 y de la Web Municipal.
  • Además en horario de 8,30 a 14 horas,de lunes a viernes,en el teléfono 976 723773

RECUERDE:Las Personas Jurídicas deben hacer obligatoriamente la Domiciliación a través de la Carpeta Ciudadana,apartado "datos fiscales",subapartado "Tributos periódicos". Allí se encontrará con todos los recibos a domiciliar.

Trámites relacionados

He vendido una vivienda o local,y el comprador me ha pedido que no solicite la baja.

Puede consultar los trámites relacionados debajo.

Trámites relacionados


Preguntas frecuentes


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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.

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