Consultar facturas (digitales, en papel u otro formato), anular facturas cuya tramitación esté pendiente de inicio y/o dar de alta facturas digitales dirigidas al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz o a sus organismos autónomos por parte de las personas físicas o jurídicas.
Punto general de entrada (acceso con certificado digital)
Para realizar alta de facturas de forma masiva, contactar previamente con el Ayuntamiento en el correo registrodefacturas@vitoria-gasteiz.org, indicando las necesidades y el asunto "Solicitud de utilización del servicio web".
Esta opción es válida sólo para facturas en papel inferiores o iguales a 5.000 (IVA incluido) en las Oficinas de Atención Ciudadana conforme a Resolución de 14 de enero de 2015. Esta factura en papel deberá ir cumplimentada con datos del proveedor: razón social, D.N.I. o N.I.F., domicilio, nº de factura, concepto, importe, IVA, nº de cuenta bancaria para su ingreso y nombre del departamento o servicio municipal que motivó el origen.
El alta de facturas electrónicas se puede efectuar:
De forma individual. A modo orientativo se indican dos opciones para genera facturas electrónicas: facturae.gob (Ministerio de Industria. Energía y Turismo) y ef4ktur.com (Diputaciones Forales Vascas).
De forma masiva. Sistema dirigido especialmente a quienes emitan un gran número de facturas al Ayuntamiento, y dispongan de un sistema de gestión que posibilite el envío automático de facturas electrónicas.
En ambos casos, estos son los requisitos:
Preguntas frecuentes
El alta de la factura electrónica quedará registrada en el Registro general del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, poniéndose a disposición del presentador de la misma un justificante de dicho registro.
Cualquier aclaración sobre este trámite se proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
Presentar proyectos para la formación de una bolsa de proyectos para la realización de cursos de iniciación a la práctica artística, en cualquier especialidad (excluyendo los cursos de bailes de salón y caribeños). En las siguientes disciplinas:
Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación
Se presentará un sobre cerrado por cada disciplina, que incluirá:
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, en el departamento de servicios a la ciudadanía y deportes, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a las Oficinas de Atención Ciudadana.
Presentar proyectos para la formación de una bolsa de proyectos para la realización de cursos culturales.
Plazo | Documentación | Normativa | Tramitación
Se presentará un único sobre cerrado por cada entidad solicitante, que incluirá:
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, en el departamento de servicios a la ciudadanía y deportes, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
Obtención de fotocopias de la documentación del Archivo Municipal o de fondos de la Biblioteca del Ayuntamiento.
Requisitos | Normativa | FAQs | Tramitación
Personas interesadas mayores de 14 años.
Cumplimentar los impresos correspondientes que se facilitan en el propio Archivo.
Según vigente Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades (epígrafe 6.14).
Restricciones en cuanto al volumen de fotocopias, tipos de material y estado de conservación de los originales.
Cualquier aclaración sobre este trámite se proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
El Ayuntamiento podrá conceder o no, el aplazamiento (un plazo) o fraccionamiento (varios plazos) del pago de las deudas de los contribuyentes, previa solicitud de éstos cuando su situación económico-financiera les impida transitoriamente satisfacer sus obligaciones económicas.
Quién | Qué | Requisitos | Documentación | Normativa | Efectos | FAQs | Tramitación
Pueden solicitar aplazamientos o fraccionamientos las personas físicas y jurídicas que por dificultades temporales de liquidez no puedan hacer frente al pago de su deuda tributaria en ese momento.
Se pueden fraccionar o aplazar todas las deudas tributarias y demás de naturaleza pública, salvo las cuotas de urbanización, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo, teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
Las cantidades aplazadas o fraccionadas devengarán el interés determinado en la Ley en cada ejercicio económico. Se exigirán garantías conforme a los siguientes criterios:
La garantía cubrirá el importe principal y el interés antes citado, más de un 25% de la suma de ambas partidas, y en su caso el recargo correspondiente.
La garantía deberá presentarse en el plazo máximo de 20 días siguientes a la notificación de la Resolución Municipal de concesión del pago aplazado o fraccionado. Transcurrido dicho plazo sin haberse formalizado la garantía, quedará sin efecto el acuerdo de concesión sin necesidad de comunicárselo al solicitante y se iniciará o continuará el procedimiento de apremio de la deuda pendiente.
El fraccionamiento se concederá por un plazo máximo de 24 meses según los siguientes criterios:
Las cuotas fraccionadas no podrán ser inferiores a 30
El aplazamiento se concederá por un plazo máximo de 12 meses, para deudas comprendidas entre 350 y 10.000 euros según los siguientes criterios:
No son aplazables aquellas deudas inferiores a 350 o superiores a 10.000 .
Las solicitudes se podrán presentar en el caso de deudas en periodo voluntario de recaudación, en cualquier momento antes del fin del plazo de pago fijado para su ingreso, o en el mismo momento de presentar la autoliquidación por el obligado tributario.
En el caso de deudas en vía ejecutiva, en cualquier momento antes de la notificación al obligado tributario de la enajenación de los bienes embargados.
Documentación:
El órgano competente, el Servicio de Recaudación, podrá requerir al solicitante, cuantos documentos o justificantes estime oportunos.
Si se presenta en periodo voluntario impedirá el inicio del periodo ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora.
Si las solicitudes son presentadas en periodo ejecutivo, se podrá continuar con el procedimiento de apremio, mientras se tramita el aplazamiento o fraccionamiento. No obstante, no se realizarán actuaciones de enajenación de los bienes que se hubieran embargado, hasta la notificación de la resolución denegatoria de la concesión del aplazamiento o fraccionamiento.
Aceptación de la compensación de la deuda durante la vigencia del aplazamiento o fraccionamiento, con los créditos que puedan reconocerse a favor del solicitante, durante el mismo periodo de tiempo.
El incumplimiento de pago en el último año supondrá la denegación de la solicitud de otros fraccionamientos o aplazamientos.
Supuestos de deudas tributarias sin garantía:
Supuestos de deudas tributarias con garantía:
Iniciar tramitación online de los siguientes fraccionamientos de pagos:
Los cuatro fraccionamientos de pagos anteriores también se pueden tramitar a través del correo electrónico: hacienda@vitoria-gasteiz.org
Cualquier aclaración sobre este trámite se proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, en las oficinas municipales de San Martín, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
El Impuesto sobre Actividades Económicas viene constituido por el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz. Este impuesto grava el ejercicio de las actividades aunque éstas no se ejerzan en un local determinado y no estén especificadas en las tarifas del impuesto.
Identificar a la persona que ha cometido una infracción conduciendo un vehículo, con una tarjeta de identificación digital, o a partir de los datos contenidos en la denuncia.
Más información sobre el procedimiento de multas en la web municipal.
Para realizar la tramitación online es necesario identificarse con una tarjeta de identificación digital, o con datos contenidos en la denuncia (ver modelo).
Iniciar identificación online con tarjeta de identificación digital.
Iniciar identificación online con la denuncia.
· Oficinas de Atención Ciudadana.
· En las oficinas de San Martín.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
Modelo de denuncia
Plazo | Documentación | Normativa | FAQs | Tramitación
El sujeto pasivo que esté de alta o que cause baja en el Impuesto sobre actividades económicas en el grupo 833 Promoción Inmobiliaria.
El grupo 833 que corresponde a la Promoción Inmobiliaria, tiene dos epígrafes: El 833.100 Promoción de Terrenos y el 833.200 Promoción de Edificaciones.
Este grupo comprende la compra o venta de inmuebles, totales o parciales.
El sujeto pasivo que esté de alta en el Impuesto sobre actividades económicas en el grupo 833 Promoción Inmobiliaria, está obligado a presentar declaración de variación de los metros cuadrados edificados o a edificar, urbanizados o a urbanizar, cuyas enajenaciones hayan tenido lugar durante el año inmediato anterior, sin que sea necesario presentar declaraciones cuando no se hayan efectuado ventas.
En caso de cese de actividad, el impreso se presentará junto con la declaración de baja.
El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento Municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Teléfono 945 16 16 16, extensión 4064.(Servicio de Gestión Tributaria).
A través del servicio de Gestión online del IAE.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
Las personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad por cuenta propia tienen que presentar la correspondiente declaración de alta en el IAE.
Se deberá presentar una declaración de variación cuando se produzca una modificación tributaria (número de trabajadores, potencia instalada, nº de vehículos...), de la superficie del local o de domicilio fiscal (es el domicilio de notificaciones).
No se considera variación el cambio de domicilio de la actividad: hay que presentar declaración de alta y baja.
Plazo | Documentación | Normativa | FAQs | Tramitación
Gestión online del alta o variación de actividad.
Cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial, profesional o artística por cuenta propia.
Las personas físicas o jurídicas que realicen cualquier actividad empresarial, profesional o artística por cuenta propia, tienen la obligación de presentar la declaración de alta en el IAE, estén exentos o no de su pago.
Dentro de los 10 días anteriores al inicio de la nueva actividad o de la actividad que se ha modificado.
Los contribuyentes que vayan a formalizar una declaración de alta, baja o variación en el Impuesto sobre Actividades Económicas, deberán presentar, con carácter previo, ante la Hacienda Foral de Álava, y a través de los medios por ella establecidos el MODELO CENSAL correspondiente www.alava.net.
Los modelos a presentar en el Ayuntamiento serán los siguientes:
El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento Municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Deberán presentar, con carácter previo, ante la Hacienda Foral de Álava, y a través de los medios por ella establecidos el MODELO CENSAL correspondiente www.alava.net.
En las oficinas de San Martín.
Gestión online del alta o variación de actividad.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
Las personas físicas o jurídicas que se den de baja de cualquier actividad empresarial, profesional o artística tienen la obligación de presentar la declaración de baja en el IAE.
Plazo | Documentación | Normativa | FAQs | Tramitación
Gestión online de la baja de actividad.
Cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad empresarial, profesional o artística por cuenta propia.
Un mes a contar desde que se haya cesado la actividad.
Los contribuyentes que vayan a formalizar una declaración de alta, baja o variación en el Impuesto sobre Actividades Económicas, deberán presentar, con carácter previo, ante la Hacienda Foral de Álava, y a través de los medios por ella establecidos el MODELO CENSAL correspondiente www.alava.net.
Los modelos a presentar en el Ayuntamiento serán los siguientes:
El Servicio de Gestión Tributaria del Departamento Municipal de Hacienda le enviará por correo el recibo con el importe correspondiente, de acuerdo a la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Deberán presentar, con carácter previo, ante la Hacienda Foral de Álava, y a través de los medios por ella establecidos el MODELO CENSAL correspondiente www.alava.net.
En las oficinas de San Martín.
Fax: 945 16 16 00 (Servicio de Gestión Tributaria).
Correo electrónico hacienda@vitoria-gasteiz.org.
A través del servicio de Gestión online del IAE.
Se requerirán tramitaciones de baja y de alta de actividad cuando las variaciones consistan en una modificación del nombre, del domicilio de la actividad y de los epígrafes de la actividad.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las oficinas de atención ciudadana, en las oficinas de San Martín y en el teléfono de información 010 o en el 945 161100.
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.