Ayuntamiento de Vigo

  • Se considera venta ambulante:

    1. La realizada en ferias y mercados que se realicen en lugares establecidos con una periocidad determinada.

    2. La realizada en mercados ocasionales debidos a la celebración de fiestas o acontecimientos populares.

    3. El comercio en la calle, entendido este como el realizado en la vía o en el espacio público en un número de puestos, situación y períodos determinados.

    No tendrán la consideración de ambulante las ventas realizadas dentro de locales o recintos ocupados por un certamen ferial.

    Se exceptúa la venta de toda clase de productos alimenticios que queda prohibida conforme con las normas contenidas en las disposiciones vigentes.

    A quién está dirigido

    Podrán optar a las autorizaciones que se regulan en esta ordenanza, todas las personas españolas y extranjeras, mayores de edad, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar conforme con la legislación mercantil y con lo establecido en la Ley 13/2010, del 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    La solicitud presentada con DNI electrónico o a través de la Carpeta Ciudadana, tendrá la misma validez que la solicitud presencial en el Registro del Ayuntamiento, al equipararse la firma digital con la firma manuscrita.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar el impreso resultante en el Registro General del Ayuntamiento.

    Por correo

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y enviar el impreso resultante al Registro General del Ayuntamiento.


    Plazos

    Las solicitudes se presentarán entre treinta días (naturales) y cuarenta y cinco días (naturales) antes del día anterior a la celebración del evento.

    Documentación requerida

    • Seguro de responsabilidad civil
    • En el caso de la venta de alimentos:
      • Certificado acreditativo de haber recibido formación en materia de manipulación de alimentos

    Observaciones

    La solicitud presentada con DNI electrónico o a través de la carpeta ciudadana tendrá la misma validez que la solicitud presencial.

    - Las autorizaciones serán personales e intrasferibles.

    - Sus titulares serán exclusivamente personas físicas y serán concedidas por un plazo determinado que en ningún caso sobrepasará un año natural.

    - No será concedida más de una autorización a nombre de la misma persona.

    - Los titulares de cada puesto deberán instalarse en el lugar adjudicado por el Ayuntamiento y no podrán superar el espacio autorizado.

    - El puesto sólo podrá estar montado durante el horario de venta autorizado.

    - La venta se realizará sobre mesas desmontables y no se podrá exponer mercancía en el suelo.

    - Solamente podrán venderse los productos autorizados.

    - El espacio ocupado no dificultará el tráfico peonil ni el acceso a viviendas o locales.

    - En ningún caso se ocuparán zonas con vegetación.

    - El puesto sólo podrá estar montado durante el horario de venta autorizado.

    - Durante cada jornada, el titular deberá mantener la zona ocupada correctamente ordenada y al final de esta deberá recogerla, quedando el espacio totalmente limpio.

    - Para el uso del comercio ambulante cumplirá el uso de instalaciones desmontables y/o transportables. Queda prohibida la exposición de mercancías en el suelo.

    - La autorización municipal se exhibirá obligatoriamente en el respectivo puesto de venta. La administración municipal se reservará la facultad de ejercer, por medio de sus agentes, una inspección periódica y constante para comprobar el cumplimiento de esa exigencia y el acatamiento de las restantes prescripciones de esta ordenanza.

    Oficinas

    • Departamento de Comercio

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rei 1 - 2ª planta
      Teléfono: 986 810 253

      Horario: De 9 a 13:30 horas

    Normativa Municipal

    Legislación relacionada

  • Se considera venta ambulante:

    1. La realizada en ferias y mercados que se realicen en lugares establecidos con una periocidad determinada.

    2. La realizada en mercados ocasionales debidos a la celebración de fiestas o acontecimientos populares.

    3. El comercio en la calle, entendido este como el realizado en la vía o en el espacio público en un número de puestos, situación y períodos determinados.

    No tendrán la consideración de ambulante las ventas realizadas dentro de locales o recintos ocupados por un certamen ferial.

    Se exceptúa la venta de toda clase de productos alimenticios que queda prohibida conforme con las normas contenidas en las disposiciones vigentes.

    A quién está dirigido

    Podrán optar a las autorizaciones que se regulan en esta ordenanza, todas las personas españolas y extranjeras, mayores de edad, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar conforme con la legislación mercantil y con lo establecido en la Ley 13/2010, del 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    La solicitud presentada con DNI electrónico o a través de la Carpeta Ciudadana, tendrá la misma validez que la solicitud presencial en el Registro del Ayuntamiento, al equipararse la firma digital con la firma manuscrita.

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    Presencialmente

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar el impreso resultante en el Registro General del Ayuntamiento.

    Por correo

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y enviar el impreso resultante al Registro General del Ayuntamiento.


    Plazos

    Las solicitudes se presentarán entre treinta días (naturales) y cuarenta y cinco días (naturales) antes del día anterior a la celebración del evento.

    Documentación requerida

    • Memoria justificativa
      Donde se explique con detalle el evento a celebrar y sus objetivos. En la memoria deberá figurar:
      1. Relación de todos los vendedores que participarán en el evento, detallando los productos a vender. Asimismo, cada vendedor deberá acercar:
      a) Fotocopia de su DNI/CIF
      b) Declaración responsable firmada conforme está al tanto de todas deberes con la administración.
      c) Justificante de pago del último recibo de autónomos.
      d) Certificado actualizado de la situación en el censo de actividades económicas de la AEAT o el modelo 037 o 036 del año en curso.
      e) Último recibo de pago del seguro de responsabilidad civil que deberá especificar la fecha de la vigencia y el tipo de seguro contratado.
    • Plano de situación
      De la celebración del evento con los puestos numerados.

    Observaciones

    La solicitud presentada con DNI electrónico o a través de la carpeta ciudadana tendrá la misma validez que la solicitud presencial.

    - Las autorizacións serán personales e intrasferibles.

    - Sus titulares serán exclusivamente personas físicas y serán concedidas por un plazo determinado que en ningún caso sobrepasará un año natural.

    - No será concedida más de una autorización a nombre de la misma persona.

    - Los titulares de cada puesto deberán instalarse en el lugar adjudicado por el Ayuntamiento y no podrán superar el espacio autorizado.

    - El puesto sólo podrá estar montado durante el horario de venta autorizado.

    - La venta se realizará sobre mesas desmontables y no se podrá exponer mercancía en el suelo.

    - Solamente podrán venderse los productos autorizados.

    - El espacio ocupado no dificultará el tráfico peonil ni el acceso a viviendas o locales.

    - En ningún caso se ocuparán zonas con vegetación.

    - El puesto sólo podrá estar montado durante el horario de venta autorizado.

    - Durante cada jornada, el titular deberá mantener la zona ocupada correctamente ordenada y al final de esta deberá recogerla, quedando el espacio totalmente limpio.

    - Para el uso del comercio ambulante cumplirá el uso de instalaciones desmontables y/o transportables. Queda prohibida la exposición de mercancías en el suelo.

    - La autorización municipal se exhibirá obligatoriamente en el respectivo puesto de venta. La administración municipal se reservará la facultad de ejercer, por medio de sus agentes, una inspección periódica y constante para comprobar el cumplimiento de esa exigencia y el acatamiento de las restantes prescripciones de esta ordenanza.

    Oficinas

    • Departamento de Comercio

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rei 1 - 2ª planta
      Teléfono: 986 810 253

      Horario: De 9 a 13:30 horas

    Normativa Municipal

    Legislación relacionada

  • Se considera venta ambulante:

    1. La realizada en ferias y mercados que se realicen en lugares establecidos con una periocidad determinada.

    2. La realizada en mercados ocasionales debidos a la celebración de fiestas o acontecimientos populares.

    3. El comercio en la calle, entendido este como el realizado en la vía o en el espacio público en un número de puestos, situación y períodos determinados.

    No tendrán la consideración de ambulante las ventas realizadas dentro de locales o recintos ocupados por un certamen ferial.

    Clasificación de las autorizaciones:

    Autorización para la venta de artículos de temporada, con localización en zonas o lugares concretos y por tiempo determinado (venta de helados, castañas etc.).

    Autorización para la venta en la vía pública por un plazo determinado o en puntos o zonas señaladas previamente (barquillos, cacahuetes, etc.).

    Autorización para el ejercicio de servicios o actividades como fotógrafos, afiladoras, limpiabotas, pianos de manubrio, etc.

    Autorización para la venta de otros productos no previstos en los apartados anteriores. Se exceptúa la venta de toda clase de productos alimenticios que queda prohibida conforme con las normas contenidas en las disposiciones vigentes.

    A quién está dirigido

    Podrán optar a las autorizaciones de las licencias que se regulan en esta ordenanza, todas las personas españolas y extranjeras, mayores de edad, que tengan plena capacidad jurídica y de obrar conforme con la legislación mercantil y con lo establecido en la Ley 13/2010, del 17 de diciembre, del comercio interior de Galicia.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    La solicitud presentada con DNI electrónico o a través de la Carpeta Ciudadana, tendrá la misma validez que la solicitud presencial en el Registro del Ayuntamiento, al equipararse la firma digital con la firma manuscrita.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar el impreso resultante en el Registro General del Ayuntamiento.

    Por correo

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y enviar el impreso resultante al Registro General del Ayuntamiento.


    Plazos

    Las solicitudes se presentarán entre treinta días (naturales) y cuarenta y cinco días (naturales) antes del día anterior a la celebración del evento.

    Documentación requerida

    • Seguro de responsabilidad civil
    • En el caso de la venta de alimentos:
      • Certificado acreditativo de haber recibido formación en materia de manipulación de alimentos

    Observaciones

    La solicitud presentada con DNI electrónico o a través de la carpeta ciudadana tendrá la misma validez que la solicitud presencial.

    - Las autorizaciones serán personales e intrasferibles.

    - Sus titulares serán exclusivamente personas físicas y serán concedidas por un plazo determinado que en ningún caso sobrepasará un año natural.

    - No será concedida más de una autorización a nombre de la misma persona.

    - Los titulares de cada puesto deberán instalarse en el lugar adjudicado por el Ayuntamiento y no podrán superar el espacio autorizado.

    - El puesto sólo podrá estar montado durante el horario de venta autorizado.

    - La venta se realizará sobre mesas desmontables y no se podrá exponer mercancía en el suelo.

    - Solamente podrán venderse los productos autorizados.

    - El espacio ocupado no dificultará el tráfico peonil ni el acceso a viviendas o locales.

    - En ningún caso se ocuparán zonas con vegetación.

    - El puesto sólo podrá estar montado durante el horario de venta autorizado.

    - Durante cada jornada, el titular deberá mantener la zona ocupada correctamente ordenada y al final de esta deberá recogerla, quedando el espacio totalmente limpio.

    - Para el uso del comercio ambulante cumplirá el uso de instalaciones desmontables y/o transportables. Queda prohibida la exposición de mercancías en el suelo.

    - La autorización municipal se exhibirá obligatoriamente en el respectivo puesto de venta. La administración municipal se reservará la facultad de ejercer, por medio de sus agentes, una inspección periódica y constante para comprobar el cumplimiento de esa exigencia y el acatamiento de las restantes prescripciones de esta ordenanza.

    Oficinas

    • Departamento de Comercio

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rei 1 - 2ª planta
      Teléfono: 986 810 253

      Horario: De 9 a 13:30 horas

    Normativa Municipal

    Legislación relacionada

  • Las escuelas infantiles municipales (EIM) son centros de titularidad municipal, que escolarizan a niños y niñas de 0 a 3 años empadronados en el término municipal, y que promueve el Servicio Municipal de Educación del Ayuntamiento de Vigo.

    La convocatoria de solicitudes de plazas para el curso 2019-2020 se desenvuelve en el sitio web de la Red de Escuelas Infantiles del Ayuntamiento de Vigo.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Haga click en el botón "Tramitar por internet" y siga los pasos que se le indican.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    El Formulario de Solicitud junto con la documentación requerida se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Documentación requerida

    • Formulario de Solicitud de plaza en las Escuelas Infantiles Municipales

    Oficinas

    • Servicio de Educación del Ayuntamiento de Vigo

      Ayuntamiento de Vigo - Planta 11 36201 Vigo Teléfonos: 986 810 181

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

  • Utensilios, muebles, instrumentos de medio o gran volumen necesarios o convenientes en una casa.

    A quién está dirigido

    Cualquier persona.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por teléfono

    Deberá llamar al teléfono 986 485 682, de lunes a viernes de 9 a 14 horas, donde le indicarán la forma de dejar los enseres para su posterior recogida.

    Observaciones

    Los enseres se dejarán cerca de un contenedor de basura de 10 a 11 de la noche.

    Oficinas

    • Servicio Municipal de Limpieza

      Ayuntamiento de Vigo
      Praza del Rey 1 - Planta 2
      Teléfono: 986 810 223

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

  • Mediante este procedimiento puede solicitar el reembolso del coste de las garantías entregadas para:

    - Suspender la ejecución del acto impugnado anulado por sentencia o resolución administrativa firme.

    - Aplazar o fraccionar el pago de una deuda anulada por sentencia o resolución administrativa firme.

    A quién está dirigido

    A los depositantes de cualquier tipo de garantía que tenga por objeto la suspensión del procedimiento de recaudación siempre que la resolución del recurso interpuesto fuera favorable al depositante de la garantía.


    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe presentar en la oficina de Registro del Ayuntamiento de Vigo el impreso normalizado de solicitud junto con toda la documentación requerida.


    Documentación requerida

    • Copia de la resolución administrativa o sentencia judicial firme
      Por la que se declare improcedente total o parcialmente el acto administrativo o deuda cuya ejecución se suspendió.
    • Acreditación del importe al que ascendió el coste de las garantías
      Cuyo reembolso se solicita e indicación de la fecha efectiva de pago.

    Oficinas

    • Registro General

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1
      36202 - Vigo

      Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

    • Tesorería - Recaudación

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Trámites relacionados

  • Las salas de exposiciones de la Casa da Xuventude y del Punto Joven son espacios ideados para que el colectivo joven desarrolle sus inquietudes artísticas y culturales de cualquier modalidad: pintura, fotografía, escultura, proyecciones audiovisuales ... dando promoción a los nuevos valores artísticos.

    A quién está dirigido

    Para cualquier persona o colectivo interesado con edades comprendidas entre los 15 y los 35 años. Preferentemente del Municipio de Vigo.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Se cubrirá el formulario anexo y se remitirá a la dirección de correo electrónico donde se pretenda realizar la exposición, a la atención de Sala de Exposiciones.

    Se considerará la solicitud y se pedirá más información para luego, personalmente, concretar fechas y demás detalles con la/s personas interesadas.

    Presencialmente

    También puede hacer la solicitud presencialmente en las direcciones de los locales abajo indicadas.

    Por teléfono

    Enviando el formulario al fax correspondiente.

    Por correo

    Enviando o formulario onde se pretenda realizar a exposición.

    Plazos

    Se dará una respuesta en un máximo de 48 horas desde la recepción de la solicitud.

    Documentación requerida

    • Si existe
      • Documentación gráfica de la obra

    Observaciones

    Ambos espacios asumen la publicidad de las exposiciones y su difusión en los diferentes medios de comunicación.

    No se exige currículum artístico aunque se valorará.

    No se puede vender obra.

    En cualquier caso, el transporte y el montaje de la exposición deberá ser asumida por la persona interesada o colectivo.

    Más información en la siguiente página de la Concejalía de Juventud.

    Oficinas

    • Casa da Xuventude

      López Mora 31
      36211 Vigo
      Correo electrónico: xuventude@vigo.org
      Teléfono: 986 294 806
      Fax: 986 294 934

      Horario: De 9 a 14 horas por la mañana y de 16:30 a 20 horas por la tarde. Sábados de 10:30 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

  • 1. Vigilancia, protección, ordenación y regulación del tráfico, estacionamiento de vehículos y cualquier otros que sean motivados por la celebración de espectáculos, entretenimiento, y en general actos públicos que, por su naturaleza, por la aglomeración de público que los mismos provoquen o por las necesidades de ordenar el acceso y salida de público y vehículos así lo exijan.

    2. Cualquiera otros servicios especiales que sean motivados por otras actividades que exijan su prestación. A estos efectos, se entenderán prestados, a instancia de parte, los referidos servicios cuando estos fueran provocados por el particular o redunden en su beneficio, aunque no mediara solicitud expresa.

    A quién está dirigido

    1. Titulares, empresarios u organizadores, en su caso, de los espectáculos, entretenimiento o actos públicos que motiven u obliguen a este Ayuntamiento a prestar los servicios especiales mencionados anteriormente.

    2. Peticionarios de los demás servicios especiales y causantes y beneficiarios de los mismos, aunque no los soliciten.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Se realizará el ingreso de la correspondiente tasa, regulada en la ordenanza nº 12, en la Recaudación Municipal por el procedimiento de autoliquidación. Los interesados deberán proveerse del correspondiente impreso normalizado en las dependencias de la Policía Municipal, en el Registro General del Ayuntamiento o en esta misma página.

    El impreso cubierto se presentará en la Oficina de la Policia Local. El servicio de la Policía, visará en el margen las autoliquidaciones, previamente a que el solicitante realice el ingreso en la Recaudación.

    Para los servicios solicitados fuera del horario de la Caja Municipal, el Jefe de la Oficina de la Policía recaudará el importe de las autoliquidaciones que se produzcan, y será deber de dicha oficina el ingreso en la Recaudación Municipal de las cantidades percibidas junto con las hojas autocopiables que les correspondan en el inmediato día siguiente hábil.

    Documentación requerida

    Observaciones

    Se devenga la tasa y nace el deber de contribuir, cuando se inicie la prestación de los servicios, entendiendo a estos efectos que dicha iniciación se produce con la solicitud de los mismos.

    Oficinas

    • Oficina Policía Local

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 286

      Horario: De 7:30 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

  • 1. Conducción, vigilancia y acompañamiento de transportes pesados, grandes transportes y caravanas a través del casco urbano.

    2. Cualquiera otros servicios especiales que sean motivados por otras actividades que exijan su prestación. A estos efectos, se entenderán prestados, a instancia de parte, los referidos servicios cuando estos fueran provocados por el particular o redunden en su beneficio, aunque no mediara solicitud expresa.

    A quién está dirigido

    1. Titulares de la empresa de los servicios de transporte y, de no estar los vehículos afectos a una actividad empresarial, los propietarios de los mismos.

    2. Peticionarios de los demás servicios especiales y causantes y beneficiarios de los mismos, aunque no los soliciten.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    En cumplimiento del deber impuesto polo artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), se establece el empleo, de manera exclusiva, de medios electrónicos para presentar y tramitar la solicitud.

    Por Internet

    Clique en el botón "Tramitar por Internet" y siga los pasos que se le indican. Recuerde que en el paso "Documentación requerida" deberá seguir la opción "Entregar documentación por Internet".

    Tramitar por Internet >>


    Documentación requerida

    • Permisos de Circulación de los Vehículos
    • Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos

    Oficinas

    • Oficina Policía Local

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 286

      Horario: De 7:30 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

  • La regla general es que la interposición del recurso de reposición contra cualquier acto de gestión, liquidación o recaudación de los tributos o restantes ingresos de derecho público de las Entidades Locales, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, llegando incluso el embargo de las cuotas o derechos liquidados, recargos e intereses.

    No obstante, el procedimiento de apremio suspenderá la solicitud del interesado exclusivamente en los siguientes supuestos:

    a) Con motivo de la interposición de un recurso de reposición:

    1. Cuando el interesado lo solicite y aporte garantía bastante (deberá cubrir el importe del acto impugnado, los intereses de demora que genere la suspensión y los recargos que pudieran proceder en el momento de la solicitud de suspensión) consistente en alguna de las siguientes:

    - Depósito de dinero en efectivo en la entidad financiera que presta el Servicio de Caja de la Corporación.

    - Aval o fianza de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución.

    - Fianza personal y solidaria de dos contribuyentes de la localidad de reconocida solvencia, solamente para deudas de cuantía inferior a 1.500 euros.

    2. Tratándose de sanciones que sean objeto de recurso de reposición, su ejecución quedará automáticamente suspendida en período voluntario sin necesidad de aportar garantías hasta que sean firmes en vía administrativa.

    b) De forma automática, sin necesidad de acercar garantía: Cuando el interesado demuestre que se produjo en su perjuicio error aritmético, material o de hecho en la determinación de la deuda, que la misma fue ingresada, condonada, compensada, aplazada o suspendida o que prescribió el derecho a exigir el pago.

    c) Cuando el interesado interponga una tercería de dominio, en lo que se refiere a los bienes y derechos controvertidos.

    d) Cuando se presente una reclamación económico - administrativa, en la forma y con los requisitos previstos en la normativa reguladora correspondiente.

    A quién está dirigido

    Aquellos interesados que interpongan un recurso de reposición y desean que durante la sustanciación del mismo se suspenda el procedimiento de recaudación.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Presentando la solicitud, junto con la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo, simultáneamente o en un momento posterior a la interposición del recurso de reposición.

    Documentación requerida

    Observaciones

    Cuando la solicitud no se acompañe de la garantía no surtirá efectos suspensivos y se tendrá por no presentada a todos los efectos. En este supuesto se procederá al archivo de la solicitud y a su notificación al interesado.

    Oficinas

    • Tesorería - Recaudación

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    • Área de Seguridad y Mobilidad (Oficina de Recaudación Ejecutiva)

      Ayuntamiento de Vigo Plaza del Rey 1
      Planta Baja 36202 Vigo.
      Teléfono: 986 810 100 (ext. 1142 - 1144)

      Horario: De 9 a 13:30 horas e de 16 a 18 horas de luns a venres (excepto do 15 de xuño ao 31 de agosto que será de 9 a 13:30 horas).

    • Oficina de Recaudación Ejecutiva

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 258

      Horario: Horario: De 9:00 a 13:30 horas y de 16:00 a 18:00 horas de lunes a viernes (excepto del 15 de junio al 31 de agosto que será de 9:00 a 13:30 horas).

    Legislación relacionada

    Trámites relacionados

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