Ayuntamiento de Vigo

  • O punto limpo é unha instalación para recibir residuos especiais que non poden ser depositados nos colectores da cidade, de xeito gratuíto e voluntario para as e os cidadáns empadronados no Concello de Vigo.

    A quen está dirixido

    Os residuos que se poden depositar provirán exclusivamente do ámbito domiciliario ou de oficinas e comercios. Non está permitida a súa utilización para residuos procedentes de industrias, e de medianos ou grandes produtores. Estes deberán xestionar os seus residuos de conformidade coa normativa vixente, en especial a referida a residuos perigosos.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Presencialmente

    Levando os residuos ao punto limpo localizado nas instalacións da Empresa TOYSAL, sita no camino do Caramuxo nº 65, e ten a referencia SC-U-NP-XA-00079 da Xunta de Galicia.

    Residuos admisibles no punto limpo.

    Observacións

    Condicións para a entrega:

    - O traslado correrá a cargo do produtor ou posuidor, que poderá levar o automóbil ata o colector de depósito.

    - Os residuos non deberán estar mesturados entre si, nin con residuos ordinarios.

    - A empresa xestora do punto limpo poderá, por razóns xustificadas e debidamente documentadas no libro de incidencias da instalación, non permitir o depósito de residuos.

    - O depósito dos residuos será realizado polo propio usuario das instalacións; segregará as fraccións nos colectores situados e identificados para o efecto.

    - A reiteración na utilización do punto limpo levará consigo unha análise por parte da Inspección Ambiental Municipal, co fin de determinar unha utilización inadecuada.

  • Recollida e doazón ao Concello de prantas e árbores, ou calquera outro elemento que poida ser de utilidade nas zonas verdes ou parques infantís da cidade.

    A quen está dirixido

    Calquera cidadán.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Por Internet

    Presentando a solicitude a través da carpeta cidadá.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Presentación da solicitude de doazón ou recollida no Rexistro Xeral do Concello.

    Por teléfono

    Notificación a través do teléfono de Participación Cidadá: 010

    Máis información no teléfono: 986 810 306

    Documentación requirida

    Oficinas

    • Oficina de Montes, Parques e Xardíns

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Planta 2
      Teléfono: 986 810 306

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

  • Los Ayuntamientos deben establecer un registro para la inscripción de las asociaciones que actúen en su territorio, en los términos y con los efectos previstos en el artículo 236 de la Legislación de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales.

    El Registro Municipal de Asociaciones, tiene por objetivo permitir al Ayuntamiento conocer el número de entidades existentes en su territorio, facilitar las relaciones entre éstas y el Ayuntamiento y conocer sus fines y su representatividad, cara a posibilitar el fomento del asociacionismo y participación ciudadana, bajo los criterios de objectividad, imparcialidad e igualdad.

    A quién está dirigido

    Asociaciones sin ánimo de lucro, previamente inscritas en el Registro provincial, autonómico o estatal correspondiente.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    En cumplimiento de la obligación impuesta por el artículo 14.2 de la LPAC los obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas deberán presentar y tramitar por medios electrónicos la solicitud de inscripción a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Vigo, por cualquiera de los mecanismos de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    Tramitar por Internet >>


    Documentación requerida

    • Estatutos de la entidad (Copia digitalizada)
    • Inscripción de la asociación en el Registro provincial, autonómico o estatal correspondiente (Copia digitalizada.)
    • Presupuesto del presente año (ingresos / gastos)
    • Programa de las actividades para desarrollar en la ciudad de Vigo en el presente año
    • Certificado del presidente/a o tesorero/a de la entidad, de los ingresos por cuota de asociado y del número de asociados
    • Número de célula de identificación fiscal (CIF) de la entidad (Copia dixitalizada.)
    • Certificado bancario del número de cuenta de la asociación (Copia dixitalizada.)

    Observaciones

    Actualización de los Datos y Documentación Registral:

    - TODA VEZ CADA AÑO, las asociaciones inscritas están obligadas a actualizar sus datos del registro, notificando cuantas modificaciones se produzcan; a excepción de los datos relativos a la variación del número de socios, lo cual deberá notificarse en el plazo de un mes.

    - EN EL ÚLTIMO TRIMESTRE DEL AÑO, las asociaciones presentarán una memoria donde constará como mínimo la relación de actividades realizadas y el balance económico del ejercicio y de su aplicación, así como el programa de actividades y presupuesto para el siguiente año.

    El incumprimento de los deberes contemplados anteriormente, supondrá la apertura del correspondiente expediente que podrá dar lugar a la baja en el registro de la asociación incumplidora, con la pérdida de los derechos que de su inscripción se derivan.

    Oficinas

    • Oficina del Servicio de Participación Ciudadana

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta 2ª
      Teléfonos: 986 810 157 / 986 810 290
      Fax: 986 810 263
      Correo electrónico: ofi.pcidada@vigo.org // ofi.acidada@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Legislación relacionada

    Trámites relacionados

  • Registro de solicitudes y documentos en el Registro Oficial del Ayuntamiento de Vigo.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Para poder registrar documentos en el Registro General a través de Internet con la misma validez que presencialmente hay que estar registrado previamente en la Carpeta de el Ciudadano.

    En la Carpeta del Ciudadano en la sección de Expedientes y Documentos encontrará el formulario de registro online donde podrá adxuntar documentos de texto, imagen o planos junto con la solicitud.

    En el caso de querer adjuntar documentación firmada, debe tener en cuenta que, para la presentación telemática, sólo tendrá validez la documentación firmada electrónicamente y no la documentación escaneada firmada a mano.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe entregar el impreso de solicitud general en la oficina de Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Documentación requerida

    Oficinas

    • Registro General

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1
      36202 - Vigo

      Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

    Trámites relacionados

  • Registro solicitudes y documentos en el Registro Oficial de la Gerencia de Urbanismo.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Para poder registrar documentos en el Registro de la Gerencia de Urbansimo a través de Internet con la misma validez que presencialmente hay que estar registrado previamente en la Carpeta de el Ciudadano .

    En la Carpeta del Ciudadano en la sección de Expedientes y Documentos encontrará el formulario de registro online donde podrá adxuntar documentos de texto, imagen o planos junto con la solicitud.

    En el caso de querer adjuntar documentación firmada, debe tener en cuenta que, para la presentación telemática, sólo tendrá validez la documentación firmada electrónicamente y no la documentación escaneada firmada a mano.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe entregar el impreso de solicitud general en la oficina de Registro General de la Gerencia de Urbanismo en el horario de visita (9h a 13:30h) de lunes a viernes.

    Documentación requerida

    Trámites relacionados

  • La Tasa por ocupación del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales por empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general está regulada en la Ordenanza Fiscal nº30.

    Las empresas explotadoras de servicios de suministros ingresarán, por el procedimiento de autoliquidación, en el primer mes de cada semestre, el importe de la tasa a que alude el apartado 5 del artículo 4 de la ordenanza 30, correspondiente al semestre anterior. Las autoliquidaciones practicadas tendrán carácter de "a cuenta" de la autoliquidación de regularización que se presentará antes del 30 de julio del ejercicio siguiente. La autoliquidación de regularización practicada en julio deberá ir acompañada de Balance de Situación y Cuenta de Explotación de la entidad, relativos al ejercicio precedente, certificados por el Presidente del Consejo de Administración, así como informe de la auditoría donde conste expresamente la facturación correspondiente al término municipal de Vigo en el citado período.

    El importe de la tasa consistirá, en todo caso y sin excepción ninguna, en el 1,5 % de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en este término municipal las referidas empresas.

    A quién está dirigido

    Empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario que hagan utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales.

    Cuando el aprovechamiento afecte al resto del dominio público municipal, se aplicará, según la clase del mismo, la tarifa de las establecidas en la Ordenanza Fiscal nº30, con carácter general, que corresponda.

    A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

    No se incluirán en este régimen especial de cuantificación de la tasa los servicios de telefonía móvil.

    Este régimen especial de cuantificación se aplicará a las empresas referidas, tanto si son titulares de las correspondientes redes a través de las que se efectúan los suministros como si, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión a las mismas. No obstante lo anterior, las empresas del sector de telecomunicaciones sólo tributarán mediante este régimen de cuantificación si son titulares de las redes.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    Si lo que desea es hacer una simulación de la cuota a pagar, pulse en el botón "Acceso Simulación" una vez pulsado "Tramitar por Internet".

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.

    Una vez hecho el pago presente el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Por correo

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.

    Una vez hecho el pago envíe el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, al Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Documentación requerida

    • Impreso de autoliquidación de la tasa por ocupación del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales por empresas de servicios de suministros de interés general
    • Balance de situación y cuenta de explotación de la entidad
      Relativos al ejercicio que se regulariza, certificados por el Presidente del Consejo de Administración.
    • En caso de autoliquidación en el mes de julio
      • Informe de la auditoría
        Donde conste expresamente la facturación correspondiente al término municipal de Vigo en el citado período.

    Observaciones

    Cálculo de los ingresos brutos:

    A efectos del cálculo de la tasa, se entenderá por ingresos brutos procedentes de la facturación aquellos que, siendo imputables a cada entidad, hayan sido obtenidos por la misma cómo contraprestación por los servicios prestados en cada término municipal.

    No se incluirán entre los ingresos brutos, a estos efectos, los impuestos indirectos que graben los servicios prestados ni las partidas o cantidades cobradas por cuenta de terceros que no constituyan un ingreso propio de la entidad a la que se aplique este régimen especial de cuantificación de la tasa.

    Las empresas que empleen redes ajenas para efectuar los suministros deducirán de sus ingresos brutos de facturación las cantidades satisfechas a otras empresas en concepto de acceso o interconexión a las redes de las mismas. Las empresas titulares de tales redes deberán computar las cantidades percibidas por tal concepto entre sus ingresos brutos de facturación.

    El importe derivado de la aplicación de este régimen especial no podrá ser repercutido a los usuarios de los servicios de suministro referidos.

    Oficinas

    • Administración de Tributos

      Ayuntamiento de Vigo Plaza del Rey 1 - Planta Baja 36202 Vigo
      Teléfono: 010
      Teléfono: 986 810 100

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • La Tasa por ocupación del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales por empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general está regulada en la Ordenanza Fiscal nº30.

    Las empresas explotadoras de servicios de suministros ingresarán, por el procedimiento de autoliquidación, en el primer mes de cada semestre, el importe de la tasa a que alude el apartado 5 del artículo 4 de la ordenanza 30, correspondiente al semestre anterior. Las autoliquidaciones practicadas tendrán carácter de "a cuenta" de la autoliquidación de regularización que se presentará antes del 30 de julio del ejercicio siguiente. La autoliquidación de regularización practicada en julio deberá ir acompañada de Balance de Situación y Cuenta de Explotación de la entidad, relativos al ejercicio precedente, certificados por el Presidente del Consejo de Administración, así como informe de la auditoría donde conste expresamente la facturación correspondiente al término municipal de Vigo en el citado período.

    El importe de la tasa consistirá, en todo caso y sin excepción ninguna, en el 1,5 % de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en este término municipal las referidas empresas.

    A quién está dirigido

    Empresas explotadoras de servicios de suministros que resulten de interés general o afecten a la generalidad o a una parte importante del vecindario que hagan utilización privativa o aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales.

    Cuando el aprovechamiento afecte al resto del dominio público municipal, se aplicará, según la clase del mismo, la tarifa de las establecidas en la Ordenanza Fiscal nº30, con carácter general, que corresponda.

    A estos efectos, se incluirán entre las empresas explotadoras de dichos servicios las empresas distribuidoras y comercializadoras de los mismos.

    No se incluirán en este régimen especial de cuantificación de la tasa los servicios de telefonía móvil.

    Este régimen especial de cuantificación se aplicará a las empresas referidas, tanto si son titulares de las correspondientes redes a través de las que se efectúan los suministros como si, no siendo titulares de dichas redes, lo son de derechos de uso, acceso o interconexión a las mismas. No obstante lo anterior, las empresas del sector de telecomunicaciones sólo tributarán mediante este régimen de cuantificación si son titulares de las redes.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    Si lo que desea es hacer una simulación de la cuota a pagar, pulse en el botón "Acceso Simulación" una vez pulsado "Tramitar por Internet".

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.

    Una vez hecho el pago presente el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Por correo

    Debe cubrir el formulario web, en esta página, y presentar la solicitud/autoliquidación resultante en las entidades bancarias colaboradoras para hacer el pago de la tasa.

    Una vez hecho el pago envíe el impreso correspondiente al Ayuntamiento, junto con la documentación necesaria, al Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Documentación requerida

    • Impreso de autoliquidación de la tasa por ocupación del suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales por empresas de servicios de suministros de interés general
    • Balance de situación y cuenta de explotación de la entidad
      Relativos al ejercicio que se regulariza, certificados por el Presidente del Consejo de Administración.
    • En caso de autoliquidación en el mes de julio
      • Informe de la auditoría
        Donde conste expresamente la facturación correspondiente al término municipal de Vigo en el citado período.

    Observaciones

    Cálculo de los ingresos brutos:

    A efectos del cálculo de la tasa, se entenderá por ingresos brutos procedentes de la facturación aquellos que, siendo imputables a cada entidad, hayan sido obtenidos por la misma cómo contraprestación por los servicios prestados en cada término municipal.

    No se incluirán entre los ingresos brutos, a estos efectos, los impuestos indirectos que graben los servicios prestados ni las partidas o cantidades cobradas por cuenta de terceros que no constituyan un ingreso propio de la entidad a la que se aplique este régimen especial de cuantificación de la tasa.

    Las empresas que empleen redes ajenas para efectuar los suministros deducirán de sus ingresos brutos de facturación las cantidades satisfechas a otras empresas en concepto de acceso o interconexión a las redes de las mismas. Las empresas titulares de tales redes deberán computar las cantidades percibidas por tal concepto entre sus ingresos brutos de facturación.

    El importe derivado de la aplicación de este régimen especial no podrá ser repercutido a los usuarios de los servicios de suministro referidos.

    Oficinas

    • Administración de Tributos

      Ayuntamiento de Vigo Plaza del Rey 1 - Planta Baja 36202 Vigo
      Teléfono: 010
      Teléfono: 986 810 100

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Una vez terminado el tiempo de concesión de un cenicero por 6 años, se podrá solicitar una prórroga por 4 años más.

    A quién está dirigido

    Cualquier persona mayor de edad.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Directamente en la Oficina de Cementerios. Deberá presentar el recibo de concesión de cenicero por 6 años y abonar la tasa correspondiente según a Ordenanza.

    Plazos

    El plazo de resolución es inmediato.

    Documentación requerida

    • Recibo de Concesión de Cenicero por 6 años

    Observaciones

    Se entiende caducada la concesión en la que la renovación no se solicite en los 15 días siguientes a la fecha de caducidad de la licencia.

    Oficinas

    • Oficina de Cementerios

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Sótano 2 (Entrada por calle granada)
      Teléfono: 986 810 112
      Fax: 986 437 085
      Email: ofi.cemiterios@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Unha vez rematado o tempo de concesión dun cinceiro por 6 anos, poderase solicitar unha prórroga por 4 anos máis.

    A quen está dirixido

    Calquera persoa maior de idade.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Presencialmente

    Directamente na Oficina de Cemiterios. Deberá presentar o recibo de concesión de cinceiro por 6 anos e abonar a taxa correspondente según a Ordenanza.

    Prazos

    O prazo de resolución é inmediato.

    Documentación requirida

    • Recibo de Concesión de Cinceiro por 6 anos

    Observacións

    Enténdese caducada a concesión na que a renovación non se solicite nos 15 días seguintes á data de caducidade da licenza.

    Oficinas

    • Oficina de Cemiterios

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Sótano 2 (Entrada por rúa granada)
      Teléfono: 986 810 112
      Fax: 986 437 085
      Email: ofi.cemiterios@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Una vez terminado el tiempo de concesión de un nicho por 6 años, se podrá solicitar una única prórroga por 4 años más.

    A quién está dirigido

    Cualquier persona mayor de edad.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Directamente en la Oficina de Cementerios. Deberá presentar el recibo de concesión de nicho por 6 años y abonar la tasa correspondiente según a Ordenanza.

    Plazos

    El plazo de resolución es inmediato.

    Documentación requerida

    • Recibo de Concesión de Nicho por 6 años

    Observaciones

    Se entiende caducada la concesión en la que la renovación no se solicite en los 15 días siguientes a la fecha de caducidad de la licencia.

    Oficinas

    • Oficina de Cementerios

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Sótano 2 (Entrada por calle granada)
      Teléfono: 986 810 112
      Fax: 986 437 085
      Email: ofi.cemiterios@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

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