Ayuntamiento de Vigo

  • Licenza necesaria para o traslado de cadáveres ou restos cadavéricos dun cemiterio municipal a outro cemiterio.

    A quen está dirixido

    Calquera persoa interesada.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Presencialmente

    Persoalmente na oficina de cemiterios, presentando a documentación requirida e pagando a taxa correspondente á licenza de exhumación do punto D.2 do artigo 5 da ordenanza nº 14 reguladora dos dereitos ou taxas pola prestación de servizos dos cemiterios municipais.

    Documentación requirida

    • Licenza de traslado de restos
      Esta licenza solicitarase na Consellería de Sanidade da Xunta de Galicia.
      Para solicitala é necesario presentar o Certificado de Defunción Literal, este certificado é unha copia literal da inscrición de defunción, contendo todos os datos relativos á identidade do falecido e ao feito do falecemento. Expídeo o Rexistro Civil do lugar onde faleceu.

    Observacións

    - As exhumacións e traslados verificados antes dos cinco anos satisfarán dobres dereitos.

    - As licenzas para inhumacións, exhumacións e traslado de cadáveres, expedición de títulos, autorizacións para transmisións de titularidade, concesións e renovacións, serán expedidas polo Negociado de Cemiterios, por rigorosa orde de presentación de solicitudes.

    Oficinas

    • Oficina de Cemiterios

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Sótano 2 (Entrada por rúa granada)
      Teléfono: 986 810 112
      Fax: 986 437 085
      Email: ofi.cemiterios@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    • Delegación da Consellería de Sanidade da Xunta de Galicia en Pontevedra

      Avd. Vigo, 16
      36003 Pontevedra
      Tel.: 986 805 860
      Fax: 986 805 802

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • El DNI es el documento público que acredita la auténtica personalidad de su titular, siendo el justificante completo de la identidad de la persona, justifica por sí mismo la personalidad de su titular y acredita la nacionalidad española de su titular y los datos que en él se consignan.

    El DNI es personal e intransferible.

    La fotocopia del DNI no tiene valor si no va acompañada del original.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Información de cómo solicitarlo

    Puede solicitar cita previa para la expedición del dni electrónico en www.citapreviadnie.es

    Por teléfono

    Solicitud de cita previa llamando al teléfono 060, disponible las 24 horas. En este mismo teléfono también puede anular la cita, confirmarla o consultar la documentación necesaria para el trámite.

    Observaciones

    Consulte las oficinas de expedición de Pontevedra del DNI electrónico.

    Trámites relacionados

  • El DNI es el documento público que acredita la auténtica personalidad de su titular, siendo el justificante completo de la identidad de la persona, justifica por sí mismo la personalidad de su titular y acredita la nacionalidad española de su titular y los datos que en él se consignan.

    El DNI es personal e intransferible.

    La fotocopia del DNI no tiene valor si no va acompañada del original.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Información de cómo solicitarlo

    Puede solicitar cita previa para la expedición del dni electrónico en www.citapreviadnie.es

    Por teléfono

    Solicitud de cita previa llamando al teléfono 060, disponible las 24 horas. En este mismo teléfono también puede anular la cita, confirmarla o consultar la documentación necesaria para el trámite.

    Observaciones

    Consulte las oficinas de expedición de Pontevedra del DNI electrónico.

    Trámites relacionados

  • Todo acto de reconocimiento y liquidación de obligación se basará en documento o documentos que acrediten el derecho del tercero-acreedor al correspondiente pago, deberá estar unido aquel o aquellos al expediente que se tramite para el efecto, considerándose como justificativos, entre otros, las facturas de proveedores.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Las facturas, a presentar en el Ayuntamiento de Vigo, deberán contener los siguientes datos:

    a) Identificación del expedidor, y particularmente el NIF o CIF.

    b) Servicio o dependencia municipal que efectuó el encargo.

    c) Número de factura.

    d) Fecha de su expedición.

    e) Trabajos o suministros que se facturan.

    f) Precio unitario o total, en todo caso, con la descomposición de los servicios y precios.

    g) Impuestos que procedan, con indicación del tipo de gravamen y la cuota resultante.

    h) En caso de conocerlo, número de expediente.

    Por Internet


    Además del contenido obligatorio, arriba mencionado, la factura deberá ir firmada electrónicamente. Las facturas electrónicas remitidas al Ayuntamiento de Vigo deberán ser enviadas a través de la plataforma del estado FACE.


    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    En este caso la factura a presentar debe ser original.

    Oficinas

    • Registro General

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1
      36202 - Vigo

      Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30 horas.

    Trámites relacionados

  • Solicitude para fraccionar o pago do imposto que grava a realización en todo o termo municipal de calquera construción, obra ou instalación para a que se esixa licenza urbanística.

    Poderá ingresar as cotas provisionais nos seguintes períodos:

    - 50% da liquidación provisional no prazo dun mes dende a notificación da licenza.

    - O resto no prazo de 7 meses dende a notificación daquela.

    Esta autoliquidación ten carácter provisional debendo o/a contribuinte, ao rematar as obras, presentar certificación do custo real das mesmas co fin de esixir ou reintegrar, no seu caso, a cantidade que corresponda da liquidación definitiva.

    A quen está dirixido

    As persoas físicas ou xurídicas e as Entidades a que se refire o artigo 35.4 da Lei Xeral Tributaria, que sexan donos das construcións, instalacións ou obras, sexan ou non propietarios dos inmobles sobre os que se realicen aquelas.

    A estes efectos, terá a consideración de dono da construción, instalación ou obra quen soporte os gastos ou custos que supoña a súa realización.

    No suposto de que a construción, instalación ou obra non sexa realizada polo suxeito pasivo contribuínte, terán a consideración de suxeitos pasivos substitutos do mesmo os que soliciten as correspondentes licenzas ou realicen as construcións, instalacións ou obras.

    O substituto poderá esixir do contribuínte o importe da obriga tributaria satisfeita.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Presencialmente

    Cumprimentar o impreso normativo con todos os datos, pagalo en calquera das entidades colaboradoras na Recadación Municipal e presentalo no Rexistro Xeral do Concello.

    Prazos

    1º pagamento: 1 mes dende a notificación da licenza de obra.

    2º pagamento: dentro dos 7 meses dende notificación da licenza de obra.

    Documentación requirida

    • Autoliquidación 1º Fraccionamento do Imposto sobre Construcións, Instalacións e Obras
    • Autoliquidación 2º Fraccionamento do Imposto sobre Construcións, Instalacións e Obras

    Observacións

    Gozarán dunha bonificación na cota do Imposto as construcións, instalacións e obras que sexan declaradas “especial interese ou utilidade municipal”:

    - Cunha bonificación do 95% as realizadas:

    1. Sobre edificacións existentes por iren destinadas ou implicar a eliminación de barreiras arquitectónicas.

    2. Pola Consellería de Educación e Ordenación Universitaria en ou para establecementos educativos que figuren ou vaian a figurar no inventario de Bens do Concello.

    3. Por iren destinadas ao desenvolvemento das actividades que tributan no Imposto de Actividades Económicas nos epígrafes 416.1 e 416.2: Fábrica de Conservas de Pescado e outros produtos mariños, 612.8: Comercio Maior de Pescados, Crustáceos, Moluscos e outros e 643.1: Comercio Menor de Pescado e outros Produtos da Pesca.

    - Cunha bonificación do 75% as realizadas:

    1. Por estaren incluidas nos “Plans Especiais de reforma interior de Bouzas e Casco Vello, así como nos edificios catalogados do PEEC”, ou nos instrumentos de planeamento que os substitúan no futuro.

    Gozarán dunha bonificación do 50% na cota do Imposto as obras, construcións e instalacións:

    1. Para a posta en funcionamento dun proxecto empresarial de interese municipal (PEIM). Entenderase de especial interese por concorrer a circunstancia de fomento de emprego.

    2. As vivendas de protección oficial.

    E cunha bonificación do 30% as consistentes na instalación de sistemas para o aproveitamento térmico ou eléctrico da enerxía solar para autoconsumo. Non obstante para o caso de construción de uso residencial, a porcentaxe de bonificación ascenderá ao 95%. Non se concederá esta bonificación cando a implantación destes sistemas sexa obrigatoria a tenor da normativa específica na materia.

    Oficinas

    • Administración de Tributos: Taxas Vía Pública

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Planta Baixa
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 115

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Solicitud para fraccionar el pago del impuesto que graba la realización en todo el término municipal de cualquier construcción, obra o instalación para la que se exija licencia urbanística.

    Podrá ingresar las cuotas provisionales en los siguientes períodos:

    - 50% de la liquidación provisional en el plazo de un mes desde la notificación de la licencia.

    - El resto en el plazo de 7 meses desde la notificación de aquella.

    Esta autoliquidación tiene carácter provisional debiendo el/la contribuyente, al concluir las obras, presentar certificación del coste real de las mismas con el fin de exigir o reintegrar, en su caso, la cantidad que corresponda de la liquidación definitiva.

    A quién está dirigido

    Las personas físicas o jurídicas y las Entidades a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que sean dueños de las construcciones, instalaciones u obras, sean o no propietarios de los inmuebles sobre los que se realicen aquellas.

    A estos efectos, tendrá la consideración de dueño de la construcción, instalación u obra quien soporte los gastos o costes que suponga su realización.

    En el supuesto de que la construcción, instalación u obra no sea realizada por el sujeto pasivo contribuyente, tendrán la consideración de sujetos pasivos sustitutos del mismo los que soliciten las correspondientes licencias o realicen las construcciones, instalaciones u obras.

    El sustituto podrá exigir del contribuyente el importe de la obligación tributaria satisfecha.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Presencialmente

    Cumplimentar el impreso normativo con todos los datos, pagarlo en cualquiera de las entidades colaboradoras con la Recaudación Municipal y presentarlo en el Registro General del Ayuntamiento.

    Plazos

    1er pago: 1 mes desde la notificación de la licencia de obra.

    2º pago: dentro de los 7 meses desde la notificación de la licencia de obra.

    Documentación requerida

    • Autoliquidación 1er Fraccionamiento del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
    • Autoliquidación 2º Fraccionamiento del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras

    Observaciones

    Disfrutarán de una bonificación en la cuota del Impuesto las Construcciones, instalaciones y obras que sean declaradas “especial interés o utilidad municipal”:

    - Con una bonificación del 95% las realizadas:

    1. Sobre edificaciones existentes por ir destinadas o implicar la eliminación de barreras arquitectónicas.

    2. Por la Consejería de Educación y Ordenación Universitaria en o para establecimientos educativos que figuren o vayan a figurar en el inventario de Bienes del Ayuntamiento.

    3. Por ir destinadas al desarrollo de las actividades que tributan en el Impuesto de Actividades Económicas en los epígrafes 416.1 y 416.2: Fábrica de Conservas de Pescado y otros productos marinos, 612.8: Comercio Mayor de Pescados, Crustáceos, Moluscos y otros y 643.1: Comercio Menor de Pescado y otros Productos de la Pesca.

    - Con una bonificación del 75% las realizadas:

    1. Por estar incluidas en los “ Planes Especiales de reforma interior de Bouzas y Casco Viejo, así como en los edificios catalogados del PEEC ”, o en los instrumentos de planeamiento que los sustituyan en el futuro.

    Disfrutarán de una bonificación del 50% en la cuota del Impuesto las obras, construcciones e instalaciones:

    1. Para la puesta en funcionamiento de un proyecto empresarial de interés municipal (PEIM). Se entenderá de especial interés por concurrir la circunstancia de fomento de empleo.

    2. Las viviendas de protección oficial.

    Y con una bonificación del 30% las consistentes en la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. No obstante para el caso de construcción de uso residencial, el porcentaje de bonificación ascenderá al 95%. No se concederá esta bonificación cuando la implantación de estos sistemas sea obligatoria a tenor de la normativa específica en la materia.

    Oficinas

    • Administración de Tributos: Tasas Vía Pública

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rei 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 115

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Puede imprimir la carta de pago de las infraccións de tráfico. Tanto estén en el perido de bonificación como si no.

    Cómo hacerlo

    Por Internet

    Para poder hacer esta consulta tiene que tener usuario en la Carpeta de el Ciudadano. Desde la Carpeta del Ciudadano podrá acceder al apartado Multas y consultar las que estan pagadas o están pendientes así como imprimir la carta de pago para hacer el ingreso en la entidad bancaria.

    Tramitar por Internet >>


    Oficinas

    • Seguridad y Mobilidad

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Sótano 1
      Teléfono: 986 810 291 ; 986 810 121

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Trámites relacionados

  • Usted puede imprimir en su propia casa los recibos de las tasas e impuestos municipales que se encuentren en periodo de pago, sin esperar a que se los envíe el Ayuntamiento y sin tener que venir a sus oficinas de la plaza del Rey.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Debe introducir el código tributario y su DNI/CIF. El código tributario es un número único que identifica el bien tributario. Puede obtenerlo del recibo del año anterior.

    Al apretar en Seguir creará un documento en formato PDF con su recibo, que podrá imprimir en su casa.

    A través de la Carpeta del Ciudadano puede imprimir el recibo sin necesidad de tener que identificarlo con el código tributario ya que tiene acceso directo a sus datos.

    Tramitar por Internet >>


    Plazos

    Puede imprimir el recibo siempre que este se encuentre en periodo de pago.

    Oficinas

    • Oficina I.A.E.-E.U.I.

      Administración de Tributos - Departamento de I.A.E.-E.U.I.
      Planta Baja
      Plaza del Rey 1, 36202 Vigo.
      Teléfono: 986 810 313
      E-mail: ofi.iae@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Usted puede imprimir en su propia casa los recibos de las tasas e impuestos municipales que se encuentren en periodo de pago, sin esperar a que se los envíe el Ayuntamiento y sin tener que venir a sus oficinas de la plaza del Rey.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Debe introducir el código tributario y su DNI/CIF. El código tributario es un número único que identifica el bien tributario. Puede obtenerlo del recibo del año anterior.

    Al apretar en Seguir creará un documento en formato PDF con su recibo, que podrá imprimir en su casa.

    A través de la Carpeta del Ciudadano puede imprimir el recibo sin necesidad de tener que identificarlo con el código tributario ya que tiene acceso directo a sus datos.

    Tramitar por Internet >>


    Plazos

    Puede imprimir el recibo siempre que este se encuentre en periodo de pago.

    Oficinas

    • Administración de Tributos: Basura-Viviendas

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 173 - 986 810 198

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Usted puede imprimir en su propia casa los recibos de las tasas e impuestos municipales que se encuentren en periodo de pago, sin esperar a que se los envíe el Ayuntamiento y sin tener que venir a sus oficinas de la plaza del Rey.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Debe introducir el código tributario y su DNI/CIF. El código tributario es un número único que identifica el bien tributario. Puede obtenerlo del recibo del año anterior.

    Al apretar en Seguir creará un documento en formato PDF con su recibo, que podrá imprimir en su casa.

    A través de la Carpeta del Ciudadano puede imprimir el recibo sin necesidad de tener que identificarlo con el código tributario ya que tiene acceso directo a sus datos.

    Tramitar por Internet >>


    Plazos

    Puede imprimir el recibo siempre que este se encuentre en periodo de pago.

    Oficinas

    • Oficina I.A.E.-E.U.I.

      Administración de Tributos - Departamento de I.A.E.-E.U.I.
      Planta Baja
      Plaza del Rey 1, 36202 Vigo.
      Teléfono: 986 810 313
      E-mail: ofi.iae@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Trámites relacionados

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