Solicitud de cancelación o modificación de la inscripción catastral efectuada en favor del solicitante
Cancelación o modificación de la inscripción efectuada en favor del solicitante como consecuencia de la realización de un hecho, acto o negocio por el que se extinga la titularidad del derecho en virtud del cual fue inscrito y, cuando proceda, la inscripción de un nuevo titular catastral. Esta solicitud exime la obligación de declarar en caso de adquisición de la propiedad cuando se presente en el plazo de dos meses desde dicha adquisición.
A quién está dirigido
Titulares catastrales que hayan cesado en el derecho que originó dicha titularidad.
Cómo hacerlo
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Por Internet
En caso de disponer de medios de identificación y firma electrónicos se puede realizar la solicitud a través de la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro en el apartado: Solicitud de baja del titular catastral.
En caso de carecer de dichos medios de identificación y firma electrónica, dicha solicitud podrá imprimirse y presentarse en los lugares establecidos para la presentación presencial.
La presentación electrónica será obligatoria cuando las formulen:
Las Administraciones, entidades y organismos públicos que se relacionan en el artículo 17.2.d) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario.
Las personas jurídicas.
Las comunidades de bienes, herencias yacentes o entidades sin personalidad jurídica que estén constituidas e identificadas electrónicamente conforme a la normativa tributaria.
Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, en el ejercicio de dicha actividad.
Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Presencialmente
Cumplimentando el modelo de solicitud y seleccionando la opción correspondiente en el apartado OBJETO DE LA SOLICITUD.
Podrá presentarse en las Gerencias o Unidades locales del Catastro, en las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran o en los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazos
Puede iniciarse en cualquier momento.
Documentación requerida
- Documento que acredite la alteración
Ya sea escritura pública, contrato privado, sentencia judicial, certificación del Registro de la Propiedad u otros.
- En caso de que el declarante actúe como representante del obligado a declarar:
- Documento Acreditativo de la Representación
A tales efectos, se podrá aportar el Modelo catastral de representación, sen perjuicio de la facultad de los interesados de otorgar su representación en términos diferentes, acreditándola por cualquier otro medio válido en derecho.
- Documento Acreditativo de la Representación
Oficinas
- Gerencia Territorial del Catastro de Pontevedra. Oficina en Vigo
C/ Lalín n.º 2 1º - 36209 Vigo.
gerencia.pontevedra@catastro.minhafp.es
Teléfono: 986 86 83 11Horario: Horario: 9 a 14 horas
- Gerencia Territorial del Catastro de Pontevedra
C/ Andrés Muruais n.º 4 - 36001 Pontevedra
gerencia.pontevedra@catastro.minhafp.es
Teléfono: 986 86 83 11Horario: Horario: De 9 a 17:30 de lunes a jueves. De 9 a 14 viernes.
Horario de verano (de 16 de junio a 15 de septiembre de 9 a 14).
Legislación relacionada
Oficinas de la administración
Escola Municipal de Artes e Oficios
Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo