PO-001 Licencia de Primera Ocupación

Actualizado el 28 de abril de 2020
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Terminadas las obras o instalaciones, autorizadas en las correspondientes licencias previas, la persona titular de la licencia, en el plazo máximo de quince días, lo pondrá en conocimiento del Ayuntamiento de Vigo, mediante el oportuno escrito de solicitud de licencia de primera ocupación.

La licencia de primera ocupación acredita que las nuevas edificaciones cumplen los requisitos exigidos para ser destinado al uso para el cuál se autorizó la licencia de obras, nomeadamente que la obra está completamente ejecutada y se ajusta a la licencia urbanística otorgada.


A quién está dirigido

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo hacerlo

NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

Presencialmente

Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.

Documentación requerida

  • Datos identificativos de la persona solicitante
    • Personas físicas
      DNI (o documento que haga sus veces) del solicitante y del representante. Las personas que comparezcan o firmen en representación de otra, acompañarán además un documento que acredite debidamente dicha representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable).
    • Personas jurídicas
      1. DNI (o documento que haga sus veces) de la persona representante y documentación acreditativa de la representación.
      2. Escritura o documento de constitución y/o Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, segundo el tipo de persona jurídica de que se trate.
  • Certificado final de obra original
    Expedido por lo/s técnico/s director/es de la obra y visado por el colegio profesional correspondente.
  • En el caso de variaciones de detalle en la obra ejecutada
    • Memoria y planos de la situación final de la obra
      En los que queden perfectamente recogidas, descritas e identificadas las variaciones introducidas.
  • En el caso de edificaciones de uso residencial
    • Acta de Recepción
      De la obra ejecutada, si se otorgase expresamente, o la acreditación de recepción tácita.
  • Documento acreditativo de que la obra o instalación se dio de alta para los efectos del impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana
  • Certificado de homologación que acredite la resistencia al fuego de las puertas RF
    Expedido por un laboratorio homologado (excepto viviendas unifamiliares).
  • Certificado acreditativo del cumplimiento de las prescripciones establecidas en el capitulo I del Titulo III de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio contra la Contaminación Acústica
    Expedido por la empresa o entidad homologada para estos fines. En la certificación deberá constar expresamente el cumplimiento de los requisitos acústicos exigidos.
  • Boletín de Instalación de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicacions
    En su caso. En edificios de más de 20 viviendas o uso no residencial, certificado final de obra (expedido por el Ingeniero o Ingeniero técnico de Telecomunicaciones), sellados por la Jefatura de Inspección de Telecomunicaciones.
  • Si la edificación tiene por objeto el desarrollo de una actividad. En el caso de proyectos presentados a través de la PLATAFORMA DE EDICIÓN DE PROYECTOS o del acceso telemático al Colegio Profesional, únicamente deberá aportar el
    • Certificación de fin de obra de las instalaciones
      Conforme estas se ejecutaron de acuerdo con el proyecto y licencias que se autorizan, firmada por el técnico director y visada por el correspondiente colegio profesional.
    • Mediciones sonométricas acreditativas del aislamiento acústico conseguido en el local
      Si es el caso y de acuerdo con lo dispuesto al respeto en el manual de procedimientos de la vigente Ordenanza municipal de ruidos. Todo ello en cumplimiento del apartado 2 del artículo 15 de la Ordenanza Municipal de Ruidos y punto 2 del apartado: Valores de Referencia y tabla 4 de su Manual de Procedimientos. Las mediciones deberán ser realizadas por empresa homologada por la Xunta de Galicia, firmadas por técnico competente de la empresa homologada.

Oficinas

  • Gerencia Municipal de Urbanismo

    Plaza del Rey s/n
    Teléfono: 986 810 349

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

Normativa Municipal


Oficinas de la administración

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Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo

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