OB-009S Licenza de Obras para Demolición de Edificaciones (Procedemento Simplificado)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Mediante este trámite podrá solicitar licencia por el procedimiento simplificado para las obras de demolición de edificaciones.

De conformidad con el artículo 2.6.3 de las Normas urbanísticas del plan general, son obras de demolición o derrumbe aquellas que se realizan para hacer desaparecer un edificio o parte de este.


A quién está dirigido

Cualquier persona física o jurídica.

Cómo hacerlo

Presencialmente

Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.

Documentación requerida

  • Datos identificativos de la persona solicitante
    • Personas fí­sicas
      DNI (o documento que haga sus veces) del solicitante y del representante. Las personas que comparezcan o firmen en representación de otra, acompañarán además un documento que acredite debidamente dicha representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable).
    • Personas jurí­dicas
      1. DNI (o documento que haga sus veces) de la persona representante y documentación acreditativa de la representación.
      2. Escritura o documento de constitución y/o Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, segundo el tipo de persona jurí­dica de que se trate.
  • Proxecto técnico completo
    Redactado por técnico competente (incluí­do estudio de seguridad y salud), visado por el correspondiente colegio profesional.
  • Oficio de las dirección de obras
    Dirección de la obra y dirección de la ejecución de la obra.
  • Reportaje fotográfico
  • Copia de la resolución de declaración de ruí­na (En su caso.)
  • Autorizaciones sectoriais previas preceptivas

Observaciones

La presentación de la solicitud, con la documentación completa, de licencias sujetas al procedimiento simplificado, permite a la persona titular de la misma el inicio de la actividad o de las obras solicitadas transcurrido el plazo de un mes sin recibir notificación en sentido contrario por parte de la Gerencia de Urbanismo, de acuerdo con el dispuesto en el artículo 24 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas.

En los casos en los que sea necesaria a emendar deficiencias en la solicitud de una actuación sometida al procedimiento simplificado, este hecho supondrá el cambio al procedimiento común, no operando los efectos del silencio administrativo una vez transcurrido el plazo de un mes. En este caso no se podrá iniciar las obras en tanto no se resuelva la preceptiva licencia municipal

No se tramitarán por el procedimiento simplificado licencias de obras en el ámbito del PEPRI CASCO VIEJO, del PEPRI DE BOUZAS y del Plan Especial de Edificios a Conservar (PEEC) , ni en edificios catalogados y sus ámbitos de protección.

Oficinas

  • Gerencia Municipal de Urbanismo

    Plaza del Rey s/n
    Teléfono: 986 810 349

    Horario: De 9:00 a 13:30 horas.


Oficinas de la administración

Escola Municipal de Artes e Oficios

Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.