Domiciliación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Este trámite permite domiciliar en la cuenta bancaria el pago de los recibos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
La domiciliación bancaria supone el cargo, el último día del período voluntario, en la cuenta indicada por el contribuyente, del importe del recibo emitido anualmente.
A quién está dirigido
Aquellos obligados al pago de un tributo de cobro periódico por recibo.
Cómo hacerlo
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Por Internet
Desde la Carpeta de el Ciudadano tiene acceso a todos los sus recibos y puede hacer la domiciliación de forma sencilla indicando el número de cuenta y titular donde quiere hacer la domiciliación.
Debe hacer la domiciliación antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año; si no quedará operativo en el siguiente año y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Presencialmente
Cubriendo el impreso de orden de domiciliación de pago y entregándolo, junto con la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo. Cuando la cuenta designada para el cargo de los recibos no sea de titularidad del obligado al pago, el titular de la cuenta debe autorizar expresamente la domiciliación.
Este impreso deberá presentarse antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año. Con posterioridad la este plazo la domiciliación tendrá efectos para el año siguiente y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y de domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Documentación requerida
- Orden de domiciliaciones de pago Firmado por el obligado al pago (titular del recibo) o por el titular de la cuenta si es distinto del obligado al pago.
- Fotocopia de la cuenta en la que figure como titular
Sólo en el caso de hacer el trámite presencialmente.
Observaciones
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas (modificación del titular del recibo,...).
Oficinas
- Tesorería - Recaudación
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta Baja
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Normativa Municipal
- Ordenanza Nº 01: Ordenanza Fiscal General
- Ordenanza Nº 02: Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles
Legislación relacionada
- Real Decreto 939/2005, del 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación artículo 38
Trámites relacionados
- Domiciliación del Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
- Domiciliación de la Tasa por la Recogida de Basuras Viviendas
- Domiciliación del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
- Impresión del Recibo para el Pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
- Modificación de los datos bancarios para la domiciliación de los tributos municipales de cobro periódico
- Domiciliación de la Tasa de Exacciones Unificadas Industriales (EUI)
- Certificado de Tener Pagado el Recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
- Pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI)
- Impresión del Recibo para el Pago de la Tasa de Exacciones Unificadas Industriales (EUI)
- Bonificación del 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para Viviendas de Protección Oficial
- Bonificación del 90% o 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) y Exención de la Tasa de Basura Viviendas por Familia Numerosa
- Bonificación del 90% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para Empresas de Urbanización, Construcción y Promoción Inmobiliaria
- Baja de la domiciliación de impuestos y tasas
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Escola Municipal de Artes e Oficios
Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo