AC-002 Licencia de Actividad + Obra Nueva
De conformidad con el artículo 41 de la Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia en atención a la concurrencia de razones de interés general derivadas de la necesaria protección de la seguridad y salud pública, de los derechos de las personas consumidoras y usuarias, del mantenimiento del orden público, así como de la adecuada conservación del ambiente y del patrimonio histórico artístico, será precisa la obtención de licencia o autorización para:
- La apertura de establecimientos y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas que se desarrollen en establecimientos públicos con una capacidad superior a 500 personas, o que presenten una especial situación de riesgo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa técnica en vigor.
- La instalación de terrazas al aire libre o en la vía pública, anexas al establecimiento.
- La celebración de espectáculos y actividades extraordinarias y, en todo caso, los que requieran la instalación de escenarios y estructuras móviles.
- La celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas o deportivas que se desarrollen en más de un término municipal.
- La celebración de los espectáculos y festejos taurinos.
- La apertura de establecimientos y la celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas cuya normativa específica exija la concesión de autorización.
El contenido de este anexo se aplicará a las siguientes actividades:
- Espectáculos públicos o actividades recreativas que se desarrollen en establecimientos públicos con una capacidad superior a 500 personas, o que presenten una especial situación de riesgo, de conformidad con lo dispuesto en la normativa técnica en vigor.
- Espectáculos públicos o actividades recreativas cuya normativa específica exija la concesión de autorización.
A quién está dirigido
Cualquier persona física o jurídica.
Cómo hacerlo
Presencialmente
Deberá entregar el impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, junto con el justificante del pago de la tasa correspondiente así como la documentación requerida en el registro de la gerencia de urbanismo.
Documentación requerida
- Datos identificativos de la persona solicitante
- Personas físicas
DNI (o documento que haga sus veces) del solicitante y del representante. Las personas que comparezcan o firmen en representación de otra, acompañarán además un documento que acredite debidamente dicha representación (autorización expresa, poder notarial o declaración responsable). - Personas jurídicas
1. DNI (o documento que haga sus veces) de la persona representante y documentación acreditativa de la representación.
2. Escritura o documento de constitución y/o Estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, segundo el tipo de persona jurídica de que se trate.
- Personas físicas
- Escritura pública de propiedad del terreno
Dicha escritura se entregará inscrita en el Registro de la Propiedad cuando haya cesiones u otras condiciones sujetas a inscripción en el registro. Cuando proceda, documentación acreditativa de la mancomunidad de patios o
garajes o compromisos con los limítrofes en el caso de edificaciones pegadas.
- Reportaje fotográfico del solar o de la edificación
Suscrita por el solicitante y por el técnico redactor del proyecto. En los casos de nueva edificación en edificaciones entre medianerias, se acompañará también de fotografías de las fachadas de los edificios limítrofes.
- Oficio de las dirección de obras
En el que deberá constar el nombre, dirección y la titulación y habilitación profesional.
- Cuestionario estadístico de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento
- Autorizaciones sectoriais previas preceptivas
- En el caso de proyectos u oficios de dirección sin visado colegial
- Declaración responsable (o certificado colegial) del técnico redactor en el que figuren sus datos personales y profesionales de forma que permitan su identificación y en la que se acredite no estar inhabilitado ni incurso en causa de incompatibilidad.
- En edificaciones incluidas en las zonas de ordenanza 2 y en los casos particulares de la ordenanza 1
- Resultado de la consulta previa ante la comisión de seguimento del PEEC
Hasta que sea aprobado definitivamente el Plan Especial del Ensanche.
- Resultado de la consulta previa ante la comisión de seguimento del PEEC
- Se entrega proyecto básico
- Proyecto técnico de la edificación
Redactado por técnico competente con el contenido establecido en el Anexo I de la Parte I del Código Técnico de la Edificación y en el anexo 3 de la Ordenanza de tramitación de licenzas (2 copias) (3 copias en edificios catalogados) (1 copia presentación telemática). - Proyecto técnico de la actividad y de las instalaciones
O Memoria en el caso de instalaciones de pequeña entidad, redactado por técnico/a competente, con el contenido establecido en el anexo 3 de la Ordenanza de tramitación de licenzas. - Plan de emergencia, plan de autoprotección, memoria de mobilidad o estudio de evaluación de la mobilidad generada, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia sanitaria
- Documentación requerida por la normativa sobre ruídos y vibraciones, vertidos, emisiones y, en todo caso, la que determine la normativa sobre prevención y control ambiental según corresponda en función a las características del establecimiento y de las ac
- Justificación del cumplimiento de la ordenanza municipal sobre captación y aprovechamiento de energía solar para usos térmicos en edificacións e instalaciones en el término municipal de Vigo
- Proyecto técnico de la edificación
- Se entrega proyecto básico y ejecución (además de la documentación anterior)
- Proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicaciones de acuerdo con el R.d. ley 1/1998
En caso de edificios con división horizontal.(1 copia) - Estudio de Seguridad y Salud
Según R.d. 1627/1997 redactado por el técnico competente y visado por el correspondiente colegio profesional. - Proyecto técnico
Redactado por técnico competente de la instalación de energía solar térmica para agua caliente sanitaria. - Oficio de la dirección de la ejecución de la obra
- Estudio de gestión de residuos
- Nombramiento del contratista y justificación de alta para los efectos del impuesto de actividades económicas
- Proyecto de infraestructuras comunes de telecomunicaciones de acuerdo con el R.d. ley 1/1998
Oficinas
- Gerencia Municipal de Urbanismo
Plaza del Rey s/n
Teléfono: 986 810 349Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Normativa Municipal
- Ordenanza municipal reguladora de la tramitación de las licencias urbanísticas y otras formas de intervención administrativa aprobada el día 28.10.2013 (BOP de Pontevedra número 235, del 9 de diciembre de 2013), y adaptación de los anexos y de los modelos normalizad
- Ordenanza Nº 50: Ordenanza Fiscal Reguladora de los Derechos y Tasas por Concesión de Licencias para Construcciones, Obras y Instalaciones y otros Servicios Urbanísticos
- Ordenanza Nº 51: Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas por Licencias de Actividades e Instalaciones
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Oficinas de la administración
Escola Municipal de Artes e Oficios
Calle Garcia Barbon 1, 36200, Vigo