Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz

  • Descripción

    Es el trámite en virtud del cual cualquier persona inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes comunica la variación de alguno de los siguientes datos: nombre, apellidos, sexo, documento de identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento, municipio o provincia de nacimiento, número de permiso de residencia, fecha de caducidad del permiso de residencia, estudios...

    Quién lo puede solicitar

    Toda persona mayor de edad, inscrita en el Padrón Municipal de Habitantes, cuyos datos personales hayan sufrido alguna variación, respecto de sí mismo o de un menor de edad o mayor incapacitado a su cargo.

    Cómo lo puede tramitar

    Documentación a presentar

    1. Formulario de ?Modificación de datos personales en el Padrón Municipal de Habitantes?.
    2. Original y fotocopia del documento que acredite la modificación o corrección de los datos del Padrón solicitada.

    Unidad tramitadora

    Departamento de Estadística
    SAIC

    Impresos

    Sugerencias

    Se recomienda que la modificación de datos se comunique a:

    • Gestión Tributaria del Ayuntamiento.
    • Jefatura de Tráfico. Este trámite también se puede realizar en el Ayuntamiento
    • Comisaría de Policía Nacional.
    • Centro de Salud
    • Agencia Tributaria

  • Descripción

    Es el trámite en virtud del cual una persona solicita su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes o comunica que ha cambiado su residencia dentro del municipio.

    Quién lo puede solicitar

    Las personas mayores de edad para sí mismas y para los menores a su cargo.

    Cómo lo puede tramitar

    Documentación a presentar

    1. Formulario de ?Alta / Cambio de domicilio en Padrón Municipal de Habitantes?

    Dicha solicitud debe estar firmada por todas las personas mayores de edad que se inscriben, quienes deben comparecer personalmente. En caso de menores de edad debe ser firmada por ambos padres o representantes legales.

    2. Con la solicitud adjuntar la siguiente documentación, según corresponda:

    Documentación acreditativa de la identidad de las personas: deberán presentar original y fotocopia de los documentos.

    Mayores de edad o emancipados:

    • Españoles: DNI
    • Extranjeros comunitarios: Permiso de residencia o, en su defecto, pasaporte, ambos en vigor. Si no tiene pasaporte, documento de identidad del país junto con el certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros, si se dispone del mismo.
    • Extranjeros no comunitarios: Permiso de Residencia o, en su defecto, pasaporte, ambos en vigor.

    Menores de edad y mayores de edad incapacitados

    • Autorización (sólo original) de los progenitores o representante legal de la persona menor o incapacitada.
    • DNI, permiso de residencia o pasaporte de progenitores o representante legal.
    • Libro de familia o certificado de nacimiento del menor, traducido al español por intérprete jurado, en caso de ser necesario.

    En caso de inscripción de menores adoptados o en guarda y custodia y de incapacitados, se deberá acompañar la resolución correspondiente.

    En caso de que los padres vivan separados, la solicitud de alta o cambio de domicilio será firmada por aquél que tenga asignada su guarda y custodia, lo que acreditará con documento suficiente.

    En defecto de los progenitores, actuarán sus representantes legales con poder suficiente.

    En las altas por nacimiento o adopción, el menor será empadronado en el domicilio de ambos progenitores, en cuyo caso será suficiente la firma de uno de ellos, o de quien ostente la guarda y custodia del mismo.

    Documentación acreditativa de su residencia habitual en la vivienda:

    a) Si la persona que solicita el alta ES EL TITULAR de la escritura de propiedad de vivienda o del contrato de alquiler:

    • Escritura de propiedad o contrato de arrendamiento y una factura o contrato de suministro, con una antigüedad no superior a tres meses, de telefonía fija, agua, electricidad o gas a su nombre, no sirviendo los justificantes de entidades bancarias (original)

    b) Si la persona que solicita el alta NO ES EL TITULAR de la escritura de propiedad de vivienda o del contrato de alquiler de la vivienda:

    • Autorización de la persona que figure como titular del contrato de arrendamiento o de la escritura de propiedad que se presenta (que figura en la parte inferior del impreso).
    • Escritura de propiedad o contrato alquiler junto con una factura o contrato de suministro, con una antigüedad no superior a tres meses, de telefonía fija, agua, electricidad o gas a su nombre, no sirviendo los justificantes de entidades bancarias (original)
    • Documento de identidad de la persona que autoriza (original y fotocopia).

    Unidad tramitadora

    Departamento de Estadística
    SAIC

    Impresos

    Portal de Comunicación de Cambio de Domicilio

    Según la legislación vigente, el ciudadano tiene la obligación de comunicar el nuevo domicilio a diferentes organismos de la Administración General del Estado. Concretamente hay que comunicarlo a:

    • AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y a Gestión Tributaria del propio Ayuntamiento, para el domicilio fiscal.
    • DGP (Dirección General de la Policía), para DNI y pasaporte
    • DGT (Dirección General de Tráfico), para permiso de circulación y permiso de conducción
    • TGSS (Tesorería de la Seguridad Social), para afiliados y pensionistas de la Seguridad Social
    • INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)
    • MUFACE (Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado), para comunicaciones y trámites varios.

    - Puede informarse con carácter general llamando al teléfono 060.
    - La AEAT dispone del teléfono de información 901200345.
    - El trámite de la DGT puede hacerlo en el mismo Ayuntamiento.

    El cambio de domicilio también puede comunicarlo de forma telemática, con su DNIe o certificado digital reconocido, si lo tiene, o a través de Clave, si no dispone de ellos, utilizando el Portal de Comunicación de Cambio de Domicilio, cuyo objetivo es unificar en un único trámite la comunicación del nuevo domicilio a todos estos Organismos, evitando el desplazamiento del ciudadano.

    Más información en la página web https://cambiodomicilio.redsara.es/pcd/

  • NORMATIVA DE REFERENCIA

    • Ley 4/2016, de 22 de julio, de protección de animales de compañía de la Comunidad de Madrid
    • Decreto 44/1991, de 30 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de la Ley de protección de Animales Domésticos de 1 de febrero de 1990, en todo lo que no se oponga a lo previsto en la Ley 4/2016
    • Orden 11/1993, de 12 de enero, de la Consejería de Economía, que regula la identificación animal de la Comunidad de Madrid, en todo lo que no se oponga a lo previsto en la Ley 4/2016
    • Orden, de 14 de junio de 1976, por la que se dictan normas sobre medidas higiénico sanitarias en perros y gatos de convivencia humana
    • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
    • Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, d 23 de diciembre, sobre régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos
    • Decreto 30/2003, de 13 de marzo, por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos
    • Ordenanza Reguladora de la tenencia y protección de los animales domésticos de Torrejón de Ardoz. Diciembre 1994.

  • PUEDES DESCARGARTE EL PLANO DE TRANSPORTES DE TORREJÓN PULSANDO AQUI

  • Puede consultar la información sobre las siguientes convocatorias:

    Concejalía de Educación:

    Concejalía de Bienestar:

    Concejalía de Juventud:

    Concejalía de Mujer:

    Concejalía de Festejos:

    Concejalía de Deportes:

  • Beneficios:

    • Acceso a todos los Centros de Mayores.
    • Participación en actividades de la Concejalía.
    • Precios especiales en los servicios de peluquería y podología de los Centros de Mayores
    • Descuentos y Tarifas especiales en las entradas del Teatro José María Rodero
    • Tarifas reducidas en los Talleres de Mayores de los Centros Culturales del Municipio

    Requisitos para la obtención del carné de socio:

    Tener 60 años y ser pensionista o jubilado.

    Documentación a presentar:

    • 1. Fotografía tamaño carné.
    • 2. Presentación del D.N.I.
    • 3. Fotocopia de la Tarjeta de la SS en régimen pensionista o Resolución de la SS de la Condición de Pensionista.
    • Podrán ser beneficiarios del mismo, los cónyuges del pensionista debiendo presentar FOTOCOPIA del libro de familia.

    Dónde se solicita:

    Concejalía de Mayores (Avda. Virgen de Loreto, 2).
    La firma del carnet es un acto presencial.

    Modelo de solicitud pinchando aquí

    Para solicitar un duplicado del carné utilizar el impreso pinchando aqui. En caso de robo presentar la denuncia junto con el impreso.

  • Las Corporaciones Locales carecen de competencias para la instrucción del expediente previo de matrimonio civil Éste ha de ser tramitado ante el Juzgado encargado del Registro Civil correspondiente al domicilio de cualquiera de los contrayentes (art. 238 del Reglamento del Registro Civil)

    En el caso de Torrejón de Ardoz deberán dirigirse al Juzgado de Primera Instancia, Avda. Fronteras, donde le indicarán la documentación exigida, o bien solicitar la cita previa a través de esta dirección de correo electrónico cita.previa.torrejon@madrid.org.

  • Cada vez es mayor y más diverso el número de residuos que generamos. Por ello, es imprescindible establecer unos sistemas eficaces de selección, depósito, recogida y tratamiento posterior con el fin de conseguir reciclar la mayor cantidad posible de estos residuos. Torrejón de Ardoz cuenta con un amplio dispositivo para facilitar que se reciclen todo tipo de residuos.

  • Toda la información sobre requisitos, plazos y objetivos de cada curso en la página de la Concejalía de Empleo y Universidad.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.