Sistema de concesión de obra urbanizadora

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

La aplicación de este sistema podrá ser acordada de oficio o por iniciativa de cualquier persona sin ser preciso que sea propietaria del suelo en ámbito de la unidade de actuación, una vez que tengan transcurrido dos años, contados desde la aprobación definitiva del planeamiento detallado que ordene el polígono.

Cuando la iniciativa sea pública, el municipio aprobará las bases que regirán el concurso para la selección de ofertas, que incluirán como mínimo:

  • Proposición jurídico-económica que deberá incluir los compromisos adquiridos voluntariamente por el promotor de la iniciativa.
  • Garantías financieras y reales.
  • Plazos de inicio y conclusión de las obras de urbanización y, de ser el caso, de edificación.
  • Cláusulas penais previstas para el supuesto de incumplimiento.
  • Condiciones económicas dirigidas a los propietarios del suelo, que incluirán la oferta de compra de terrenos, por prezo determinado, y la oferta de incorporación al proceso urbanizador, especificando la retribución que corresponda al urbanizador en terrenos edificables o en metálico a través de las cuotas de urbanización.
  • Anteproyecto de urbanización detallado, que permita evaluar correctamente las calidades y las ofertas económicas presentadas, así como las cesiones y compensaciones que considere oportunas superiores a las previstas en la Ley.

Presentada la iniciativa, el Ayuntamiento en el plazo de dos meses, podrá desestimarla por causas justificadas, incluidas las referidas al ejercicio de la potestad de planeamiento.

Cuando la iniciativa sea privada, se procederá a tramitar un procedimiento de concurrencia, con las siguientes particularidades:

  • Durante el período de información pública, que no podrá ser inferior a un mes, podrán ser presentadas mejoras o alternativas a la iniciativa formulada.
  • El Pleno de la Corporación eligirá entre las proposiciones presentadas, la que considere más adecuada a los intereses públicos, concediendo el título concesional en el que figurarán las cláusulas, obligaciones y derechos del concesionario.
  • Los propietarios que rechacen la oferta de compra y de incorporación al proceso urbanizador serán expropiados y los terreos, objeto de urgente ocupación.

Procedimiento para la aprobación de proyectos de urbanización

  • Aprobación inicial por el órgano municipal competente (Junta de Gobierno Local)
  • Información pública por un período mínimo de 20 días mediante anuncios que se insertarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en uno de los periódicos de mayor circulación en la provincia.
  • Aprobación definitiva por e órgano municipal competente (Junta de Gobierno Local)
  • Publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se tramita

Servicios urbanísticos: planeamiento urbanístico
Dirección: Praza do Obradoiro, 1-2º andar
Tel.: 981 542 426
Fax: 981 542 427
Correo: Contactar con Ayuntamiento
Horario: El personal técnico atiende al público previa cita (teléfono: 981 542 420).
Cinco Días
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