Procedimiento de aprobación de los planes especiales de protección, rehabilitación y mejora del medio rural

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

La formulación le corresponde al Ayuntamiento o al Conselleiro competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio.

En el caso de que se formule por la Comunidad Autónoma, será preceptiva la audiencia a los ayuntamientos afectados, por el prazo de un mes. La información pública será por un plazo mínimo de un mes mediante la inserción de anuncios en el Diario Oficial de Galicia y en dos periódicos de mayor circulación en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

En el caso de que la formulación la haga el Ayuntamiento, la competencia para la aprobación inicial de plan le corresonde a la Junta de Gobierno Local.
  • La información pública será por un prazo mínimo de un mes mediante la inserción de anuncios en el Diario Oficial de Galicia y en dos de los períodicos de mayor circulación en la provincia.
  • Se solicitará de los organismos competentes, los informes que sean preceptivos, así como aquellos otros que se juzguen necesarios para resolver.
  • Notificación individual a los propietarios de terrenos afectados.
  • Informe de los servizos técnicos y jurídicos municipais, antes de la aprobación provisional.
  • Informe de la Consellaría competente en materia de medio ambiente, en el caso de planes especiales de protección, rehabilitación y mejora del medio rural que afecten a terrenos clasificados como suelo rústico.
  • Acabado el trámite de información pública, l a aprobación provisional le corresponde al Pleno del Ayuntamiento.
  • Aprobado provisionalmente el plan, se remitirá el expediente completo y debidamente diligenciado a la Consellaría competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio y se solicitará informe preceptivo de la Comisión Superior de Urbanismo de Galicia, que deberá ser emitido en el plazo de 3 meses. Transcurrido este plazo poderán proseguirse las actuacións y el Conselleiro competente dispondrá de dos meses para la aprobación definitiva del plan.
  • Transcurridos cinco meses desde la entrada del expediente en la Consellaría sin que se notificase resolución expresa, se entenderá denegada la aprobación del expediente por aplicación del silencio administrativo.
  • Los ayuntamientos podrán solicitar del Consello da Xunta la delegación de la competencia de aprobación definitiva de los plans especiales de protección, rehabilitación y mejora del medio rural, formulados por el Ayuntamiento, siempre y cuando estos contienen con planeamiento general aprobado, servicios técnicos, jurídicos y administrativos adecuados y ejerciesen competencias urbanísticas de acuerdo con los principios de colaboración, coordinación, asistencia activa e información entre la administración municipal y la autonómica.

  • Se puede consultar el cuadro con las clases de plan y competencias del Ayuntamiento y Comunidad Autónoma

Publicación y entrada en vigor de los planes

La eficacia del acto de aprobación definitiva y la entrada en vigor de los planes urbanísticos queda supeditada a los siguientes requisitos:
  • Cuando la aprobación definitiva le corresponda al Ayuntamiento, éste deberá comunicar el acuerdo de aprobación definitiva a la Consellaría competente en materia de urbanismo y ordenación del territorio, así como remitir una copia autentificada de dos ejemplares del instrumento aprobado definitivamente.
  • Publicación del acto de aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia.
  • Publicación de la normativa y ordenanzas en el Boletín Oficial de la Provincia.

Se presenta

Registro General
Dirección: Rúa Presidente Salvador Allende, n. 4 baixo
Tel.: 981 543 122
Fax: 981 543 133
Correo: Contactar con Ayuntamiento
Horario: De lunes a viernes (excepto festivos), de 9:00 a 14:00 horas.
Horario especial de verano del 15 de junio al 15 de septiembre: De luns a venres (excepto festivos), de 9:00 a 13:00 h.

Registro Auxiliar del Ensanche

Dirección: Frei Rosendo Salvado 14-16, bajo.
Tel.: 981 543 001
Horario: De luns a venres (agás festivos), de 9:00 a 14:00 horas.
Horario especial de verano del 15 de junio al 15 de septiembre: De luns a venres (excepto festivos), de 9:00 a 13:00 h.

El Registro Auxiliar del Ensanche permanecerá cerrado el día 22 de octubre de 2019 y los días 28, 29, 30 y 31 de octubre de 2019.
Los días 24 y 31 de diciembre, aunque son hábiles a efectos de cómputo de plazos, no abrirán las oficinas municipales, excepto la oficina del Registro General sita en Galeras, 4-bajo.

También podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Oficinas generales de información y registro de la Xunta de Galicia en Santiago de Compostela

Si necesita copia sellada del documento que se presente, tiene que aportarla el interesado.

Se tramita

Servicios urbanísticos: planeamiento urbanístico
Dirección: Praza do Obradoiro, 1-2º andar
Tel.: 981 542 426
Fax: 981 542 427
Correo: Contactar con Ayuntamiento
Horario: El personal técnico atiende al público previa cita (teléfono: 981 542 420).
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
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