Expropiaciones. Procedimiento de tasación conjunta

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Este procedimiento permite a la administración la ocupación de los bienes y derechos, objeto de la expropiación, después de la resolución aprobatoria del órgano competente.

Requisitos

Requiere la formulación de un proyecto de expropiación que, cuando menos, contendrá los siguientes documentos:
  • Delimitación del ámbito territorial.
  • Descripción de bienes e derechos afectados.
  • Relación de titulares.
  • Fijación de precios con valoración razonada do suelo, según su calificación urbanística.
  • Hojas de justiprecio individualizado de cada predio, en el que se contedrá el valor del suelo, edificaciones, obras, instalaciones e plantaciones.
  • Hojas de justiprecio que correspondan a otras indemnizaciones.

Notas para el ciudadano

La tramitación será la siguiente:
  • Aprobación del proyecto por la Junta de Gobierno Local.
  • Información pública por el plazo de un mes, mediante anuncios que se insertarán en el Diario Oficial de Galicia y en un periódico de mayor circulación en la provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
  • Notificación de las tasaciones individuales a los que aparezcan como titulares de bienes y derechos en el expediente. Traslado literal a la hoja de aprecio e propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que puedan formular alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación.
  • Resueltas las alegaciones la aprobación le corresponderá a la Junta de Gobierno Local
  • Notificación de la resolución aprobatoria a los titulares de bienes e derechos que figuren en el expediente, para que en el plazo de 20 días manifesten por escrito a su desconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado. En este caso se trasladará el expediente y la hoja de aprecio impugnada al Jurado de Expropiación de Galicia para los efectos de fijar el justiprecio.
  • En el caso de que no formulen oposición a la valoración, en el plazo de 20 días, se entenderá aceptada la establecida en el acto aprobatorio del expediente entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente e de conformidad.
  • El acuerdo de aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados. El pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los números 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin prejuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación de justiprecio.
  • Notificación a los interesados de la fecha para la realización del acta de pago e ocupación.
  • Realización de las actas de pago y ocupación. El importe del justiprecio se consignará en la Caja General de Depósitos en los siguientes supuestos:
    • Cuando no asista al acto de pago el propietario o titular interesado, por si mismo o persona que acredite fehacientemente su representación, o cuando se rechazase el precio.
    • Se fuesen varios interesados y no se pusiesen de acuerdo sobre la cantidad que le corresponde a cada uno, ou exista litigio.
    • Cuando comparezca el Ministerio Fiscal e demás casos previstos por las leyes.
  • Inscripción en el Registro de la Propiedad y en el Catastro.
  • Envío del expediente al Jurado de Expropiación de Galicia. La resolución del jurado se le comunicará al interesado y a la administración, y se procederá al pago de lo estipulado en la resolución.
Los titulares de bienes e derechos afectados podrán solicitar de la administración expropiante su exclusión, siempre que esto no dificulte los objetivos de la actuación y el propietario se comprometa a participar en el proceso de ejecución del plan.

El órgano expropiante podrá, previa audiencia del propietario e información pública por plazo de veinte días mediante la inserción de anuncio en Diario Oficial de Galicia, acordar de oficio la exclusión siempre que se trate de terrenos edificados destinados al uso establecido por el plan que se ejecuta, debiendo fijar las condiciones, términos y proporción en que el propietario habrá de vincularse a la gestión urbanística.

En el suposto de que la Administración considerase justificada la petición de exclusión y que es posible acceder a ella, se señalará al propietario de los bienes afectados las las condiciones, términos y proporción en los que deberá vincularse a la gestión urbanística. Se fixarán así mismo, las garantías para el supuesto de incumplimiento.

Aceptadas por el propietario las condicións fijadas, el órgano expropiante, después de la apertura de un período de información pública de 20 días, dictará la correspondiente resolución que se publicará en el Diario Oficial de Galicia.

Cuando en terrenos excluidos de una expropiación sea necesario hacer posible el reparto de cargas y beneficios, se utilizará el procedimiento de la reparcelación voluntaria en el que en ningún caso podrán incluirse bienes o derechos no excluidos de la expropiación.

En ningún caso se podrá acordar la exclusión si la expropiación viene motivada por el incumplimiento de deberes urbanísticos.

El incumplimiento de los deberes establecidos por los propietarios de bienes y derechos excluidos determinará la expropiación por incumplimiento de la función social de la propiedad o, de ser el caso, el ejercicio de la vía de constriñimiento.

Se presenta

Registro General
Dirección: Rúa Presidente Salvador Allende, n. 4 baixo
Tel.: 981 543 122
Fax: 981 543 133
Correo: Contactar con Ayuntamiento
Horario: De lunes a viernes (excepto festivos), de 9:00 a 14:00 horas.
Horario especial de verano del 15 de junio al 15 de septiembre: De luns a venres (excepto festivos), de 9:00 a 13:00 h.

Registro Auxiliar del Ensanche

Dirección: Frei Rosendo Salvado 14-16, bajo.
Tel.: 981 543 001
Horario: De luns a venres (agás festivos), de 9:00 a 14:00 horas.
Horario especial de verano del 15 de junio al 15 de septiembre: De luns a venres (excepto festivos), de 9:00 a 13:00 h.

El Registro Auxiliar del Ensanche permanecerá cerrado el día 22 de octubre de 2019 y los días 28, 29, 30 y 31 de octubre de 2019.
Los días 24 y 31 de diciembre, aunque son hábiles a efectos de cómputo de plazos, no abrirán las oficinas municipales, excepto la oficina del Registro General sita en Galeras, 4-bajo.

También podrán presentarse en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Oficinas generales de información y registro de la Xunta de Galicia en Santiago de Compostela

Si necesita copia sellada del documento que se presente, tiene que aportarla el interesado.

Se tramita

Expropiaciones
Dirección: Praza do Obradoiro, 1-2º andar
Tel.: 981 542 425
Fax: 981 542 427
Correo: Contactar con Ayuntamiento
Horario: El personal técnico atiende al público previa cita (teléfono: 981 542 420).
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