Declaración del Impuesto sobre incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (Plusvalías)
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción
Declaración de la realización del hecho imponible del impuesto sobre el incremento de los terrenos de naturaleza urbana.Los donantes, adquirientes, las personas que constituyan o transmitan un derecho real y las personas a cuyo favor se constituya ou transmita un derecho real sobre un inmueble que se transmite. También son declarantes los que tengan la obligación legal de declarar a efectos del cumplimiento del artículo 110 del Texto refundido de a ley de haciendas locales.
Dirigido a
El obligado al pago será:- En as transmisiones inter vivos a título oneroso, el sujeto pasivo será siempre el transmitente, con independencia de cualquier pacto estipulado en la escritura pública.
- En las transmisiones inter vivos a título gratuíto, el sujeto pasivo será siempre el adquiriente, con independencia de cualquier pacto estipulado en la escritura pública.
- En las transmisiones mortis causa, el sujeto pasivo es el heredero, legatario o la comunidade de herdeiros.
- Sustituto del contribuyente: en las transmisiones a título oneroso, si el transmitente es una persona física no residente en España, el adquirente es el sustituto del contribuyente.
Requisitos
El plazo para presentar la declaración será:- Cuando se trate de actos inter vivos, treinta días desde la fecha de transmisión de la propiedad del terreno o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo del dominio sobre el terreno.
- Cuando se trate de actos mortis causa, seis meses prorrogables a un año a solicitud del sujeto pasivo, desde la fecha de transmisión de la propiedad del terreno o de la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce limitativo do dominio sobre o terreno.
Documentación necesaria
Transmisión inter vivos- Escritura de la transmisión.
- Documento en el que conste la fecha de la transmisión anterior, solo en caso de que no figure en la escritura pública
- Recibo del IBI, solo en caso de no cubrir el apartado de referencia catastral
- Anexo 2.- Relación de bienes inmuebles, solo en caso de transmisión de más de un inmueble
Transmisión mortis causa
- Certificado de defunción.
- Testamento o declaración de herederos
- Certificado de la última voluntad del causante.
- Documento en el que conste la fecha de la transmisión anterior, solo en caso de que no figure en el testamento o declaración de herederos.
- Recibo del IBI, solo en caso de no cubrir el apartado de referencia catastral
- Anexo 1 .- Listado de sucesores
- Anexo 2.- Relación de bieens inmuebles, solo en caso de transmisión de más de un inmueble.
Notas para el ciudadano
Normativa reguladora:Se solicita
Oficina de Atención ao Contribuínte Enderezo: Rúa Presidente Salvador Allende, 4 baixo.
Tel.: 881 599 977 (de (8 a 20 h. en horario ininterrompido) / 981 542 384 (de 9 a 14 h.)
Fax.: 981 542 381
Correo: Contactar co Concello Horario: De luns a venres (agás festivos), de 9:00 a 14:00 h. Este trámite pode requerir cita previa, neste caso, débese empregar o sistema de cita previa chamando ao teléfono 881 599 977 / 981 542 384 ou na web do Concello de Santiago, no sitio Cita previa
Horario especial de atención ao público do 20 de xuño ao 10 de setembro:de 9:00 a 13:30 h.Se presenta
Se tramita
Atención ao ContribuínteFormularios. Es necesario imprimirlos y cubrirlos por duplicado.