Beneficios fiscales: en las tasas de agua, saneamiento y basura

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

Solicitud de declaración de exención o bonificación en las tasas de agua, saneamiento y basura en los supuestos legalmente establecidos de beneficios fiscales a instancia del interesado.
Los supuestos de beneficios fiscales de oficio con aporte de documentación justificativa se encuentran en el apartado así denominado.

Documentación necesaria

BONIFICACIONES

- BASURA

Viviendas que realicen compost de materia orgánica con composteros
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Documentación acreditativa de la utilización de composteros.
Empresas o establecimientos comerciales con sistema de gestión medioambiental
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Certificado del auditor autorizado de la implantación de un sistema de gestión medioambiental, bien a través de una ISO 14000 o de un sistema comunitario de gestión y auditoria medioambientales.
Empresas con una contribución destacada a las políticas ambientales en materia de residuos
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Documentación acreditativa de la contribución por parte del solicitante a las políticas ambientales en materia de residuos.

EXENCIONES
1.-
- AGUA
- SANEAMIENTO
- BASURA

Contribuyentes con ingresos anuales de la unidad familiar no superiores al IPREM
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Documentación acreditativa de todos os ingresos da unidade familiar.
Mujeres embarazadas solas o integradas en familias con riesgo de exclusión social o especiales dificultades para responsabilidades parentales
  • Fotocopia del documento de identidad.
  • Documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos.

  • Contribuyentes beneficiarios de la RISGA
    2.-
    - BASURA

    • Fotocopia del documento de identidad.
    • Resolución de la administración correspondiente acreditativa de que el solicitante es beneficiario de la Renta de Inserción Social de Galicia.

    Notas para el ciudadano

    Normativa reguladora:
    • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.
    • Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, que aprueba el reglamento general de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
    • Texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
    Normativa municipal reguladora:

    Se solicita

    Oficina de Atención ao Contribuínte
    Enderezo: Rúa Presidente Salvador Allende, 4 baixo.
    Tel.: 881 599 977 (de (8 a 20 h. en horario ininterrompido) / 981 542 384 (de 9 a 14 h.)
    Fax.: 981 542 381
    Correo: Contactar co Concello
    Horario: De luns a venres (agás festivos), de 9:00 a 14:00 h. Este trámite pode requerir cita previa, neste caso, débese empregar o sistema de cita previa chamando ao teléfono 881 599 977 / 981 542 384 ou na web do Concello de Santiago, no sitio Cita previa
    Horario especial de atención ao público do 20 de xuño ao 10 de setembro:de 9:00 a 13:30 h.

    Se presenta

    Se tramita

    Atención ao Contribuínte

    Formularios. Es necesario imprimirlos y cubrirlos por duplicado.

    Cinco Días
    Expansión
    EFE Emprende
    CuatroCasas Telefonica

    Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.