Transmisión de puestos en los mercados municipales
Los puestos de los mercados de abastos municipales son concesiones administrativas otorgadas para el ejercicio de actividades de comercio minorista de articulos de consumo alimentario para asegurar el abastecimiento de la población.
El titular de una concesión para la ocupación y uso de un puesto podra transmitir su derecho por actos intervivos a otras personas fisicas o juridícas o mortis causa. Para la tramitación sera necesaria la previa autorización del organo competente del Ayuntamiento y el pago de los derechos de traspaso ( 20 % del importe declarado como precio de traspaso , sin que sea inferior a 1.500 ), de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza de Mercados de Abastos Municipales.
Teléfonos de Contacto
942203114 ó 942203087
¿A quién va dirigido?
A todos aquellos concesionarios de los puestos de los mercados de abastos municipales de Santander, (Mercado de la Esperanza, Mercado de México y Mercado de Puertochico), A todas aquellas personas interesadas en adquirir una concesión administrativa para la prestación de un servicio comercio minorista de artículos de consumo alimentario.
¿Cómo se realiza / solicita?
Pueden solicitar información en la Administración de los Mercados de Abastos Municipales situada en el Mercado de la Esperanza, teléfono 942 203114 o en la Oficina Municipal de Apoyo al Comercio situada junto al Mercado de Puertochico, teléfono 942 203087. Es necesario presentar una solicitud de transmisión del puesto firmada por las partes interesadas indicando el precio de traspaso fijado. El transmitente deberá adjuntar copia del contrato de concesión, y certificados de encontrarse al corriente de pago de sus obligaciones económicas con el mercado y con el Ayuntamiento. El adquiriente deberá acreditar no estar incursos en alguna de las prohibiciones de contratar establecidas en las normas aplicables a la contratación en el sector público.
¿Existe normativa / procedimientos que regulen este servicio?
ORDENANZA DE LOS MERCADOS DE ABASTOS MUNICIPALES
Preguntas frecuentes
¿A quien corresponde el abono de los derechos de traspaso? Al transmitente. ¿Debe abonarse derechos de traspaso cundo se realiza entre familiares? No deberá abonarse derechos de traspaso cuando la transmisión se produzca a favor del cónyuge, ascendiente o descendiente de primer grado. ¿Cuándo se abona el derecho de traspaso y donde? Deberá hacerse efectivo con anterioridad a la resolución administrativa que autorice la transmisión, en el Servicio de Rentas y Exacciones que extenderá la correspondiente Carta de Pago.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Caja Pagadora Central Mcu
C/ Vargas, 53 , Santander , 39005
Tel. 942372162
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Diputacion Regional De Cantabria
C/ Gutierrez Solana , Santander , 39011
Tel. 942207809
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Exmo Ayuntamiento Santander
Pza. Generalisimo, 1 , Santander , 39002
Tel. 942200610
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor
Cardenal Cisneros, 2, Santander , 39001
Tel. 942200742
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado