Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

  • Denominación

    Solicitud de vinculación a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil

    Descripción

    Solicitud de vinculación a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil en calidad de voluntario o colaborador

    Destinatarios

    Cualquier persona interesada, residente o no en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, que reúna los requisitos siguientes:

    • Ser mayor de 18 años y no tener más de 60
    • Tener disponibilidad horaria

    Medios de Presentación

    Presencial:

    Telemática:

    Telefónica:

    • Vía fax: 922 606 318 (previa confirmación telefónica)

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud
    • Fotocopia del DNI
    • 2 fotografías tamaño carnet
    • Fotocopia del carnet de conducir, si lo tuviera
    • Certificado de reconocimiento médico
    • Currículum Vitae (adjuntando copia de certificados de cursos, jornadas, etc. en materia de emergencia y socorro, si los hubiera)

    Tasas

    No procede

    Información

    Centro de Coordinación Operativa de la Administración Local (CECOPAL)

    Teléfono 922 606 060
    Servicio 24 horas

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Protección Civil

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Estimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Para ingresar en la Agrupación de Voluntarios es necesario que el interesado supere las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se determinen, así como las de formación básica y de especialización que proceda.
    La vinculación con la Agrupación de Voluntarios también podrá realizarse como colaborador.
    Los colaboradores de la Agrupación de Voluntarios se definen como aquellas personas que, poseedoras de una determinada cualificación profesional, participan eventualmente en la Agrupación, realizando informes, asesoramiento técnico o contribuyendo a la formación de los voluntarios.
    Funciones a desempeñar por los voluntarios:

    • Labores de protección civil
    • Labores de prevención en situaciones de riesgo
    • Colaboración con todos aquellos servicios o cuerpos del sector que requieran sus servicios (tales como la Policía Local, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Servicios Sanitarios y todos aquellos servicios de emergencias implicados)
    • Asesoramiento e información a la población
    • Actuación en caso de emergencia

    Unidad Tramitadora

    Sección de Protección Civil en la Agrupación de Voluntarios

    Tema

    Seguridad ciudadana y emergencias

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Solicitud para la adjudicación de las licencias en el Rastro

    Requisitos

    Los/as solicitantes deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza, estar en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la actividad y mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Documentación

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Control y Gestión de Servicios Públicos

    Tema

    Comercio y consumo

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2019): Justificación

    Descripción

    Subvenciones a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento de las entidades ciudadanas de Santa Cruz de Tenerife que cumplan con los requisitos exigidos en las Bases reguladoras de la Convocatoria de 2019

    Destinatarios

    Entidades Ciudadanas del municipio de Santa Cruz de Tenerife, inscritas en el correspondiente Registro Municipal que cumplan con los demás requisitos que se fijen en las Bases reguladoras de esta Convocatoria de Subvenciones

    Medios de Presentación

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Convocatoria 2019 (BOP nº 84/2019, de 12 de julio de 2019)

    Documentación

    Ver detalle de la documentación a aportar en la Bases reguladoras de esta Convocatoria de Subvenciones

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tfno 922 606 620
    Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Junta de Gobierno de la Ciudad

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Subvenciones

  • Denominación

    Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2019): Solicitud

    Descripción

    Subvenciones a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento

    Destinatarios

    Entidades Ciudadanas del municipio de Santa Cruz de Tenerife, inscritas en el correspondiente Registro Municipal que cumplan con los demás requisitos que se fijen en las Bases reguladoras de esta Convocatoria de Subvenciones

    Medios de Presentación

    Telemático

    Plazo de Presentación

    El plazo para la presentación de las solicitudes, será de veinte (20) días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la Convocatoria

    Convocatoria 2019 (BOP nº 88/2019, de 22 de julio de 2019)

    Documentación

    • Solicitud
    • Contrato de alquiler o de compraventa del local de la sede social de la entidad o del inmueble en el que se realicen las actividades habituales, ambos dentro del término municipal de santa Cruz de Tenerife. Este último documento podrá ser sustituido por una nota simple de inscripción en el Registro de la Propiedad
    • Certificado y/o acuerdo acreditativo de que la entidad solicitante ha sido declarada de utilidad pública por la Comunidad Autónoma de Canarias y/o el Estado
    • Acta fundacional de la entidad, salvo en el supuesto de que este documento haya sido presentado con motivo de la inscripción o actualización en el Registro municipal
    • Solicitud alegaciones

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tfno 922 606 620
    Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Junta de Gobierno de la Ciudad

    Plazo de Resolución

    Seis meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Propuesta de resolución provisional. [Anuncio] - [Orden publicación] (Plazo para presentar alegaciones finaliza el día 25 de octubre)

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Subvenciones

  • Denominación

    Sugerencias y Reclamaciones

    Descripción

    Mediante este trámite cualquier persona puede dirigirse a la Comisión especial de sugerencias y reclamaciones (CESR) para presentar sus sugerencias y reclamaciones por retrasos, desatenciones o deficiencias en el funcionamiento de los Servicios

    Municipales tanto del propio Ayuntamiento, como de sus Organismos Autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles

    Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas interesadas

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemática

    Teléfono

    • 922 606 666

    Documentación

    • Solicitud de Sugerencias y Reclamaciones
    • Carné de identidad
    • Cualquier otra documentación relacionada con los hechos expuestos que se quiera aportar.

    Tasas

    No procede

    Información

    Oficina de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
    C/ Afilarmónica Nifú-Nifá, 48
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    Teléfono: 922 606 666
    De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
    Julio, agosto y septiembre de 8.30 a 13.00 horas

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    • Las sugerencias y reclamaciones recibidas por la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones serán valoradas en cuanto a su admisibilidad por la Presidencia. No serán admitidas a trámite cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:
      • Se trate de sugerencias y reclamaciones anónimas
      • Se advierta mala fe o uso abusivo del procedimiento, con el interés de perturbar o paralizar a la Administración
      • Aquellas cuya tramitación irrogue perjuicio al legítimo derecho de terceras personas
      • Las que estén desprovistas, manifiestamente, de fundamentación
      • Las que versen sobre cuestiones que estén siendo conocidas por los Juzgados o Tribunales de Justicia
    • Toda sugerencia o reclamación admitida a trámite, motivará la apertura de un expediente informativo en el que se incluirán cuantas actuaciones sean practicadas en relación con ella, así como los documentos que sobre la misma se generen. De las sugerencias y reclamaciones admitidas se acusará recibo dentro del plazo de diez días, a contar desde la fecha en que ésta hubiese tenido entrada en la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
    • En el plazo de diez días a contar desde la comunicación de la admisibilidad de la sugerencia por parte de la Presidencia de la Comisión, la unidad administrativa de apoyo a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones recabará la información precisa y realizará las investigaciones pertinentes en las dependencias de los Servicios y Organismos del Ayuntamiento para un adecuado conocimiento del problema y, en su caso, impulsará la actividad de aquéllos a efectos de la verificación de los informes y adopción de las soluciones relativos a la materia objeto de la sugerencia o reclamación
    • Los Servicios y Organismos responsables deberán dar respuesta en el plazo máximo de quince días, a contar desde la primera comunicación recibida desde la unidad administrativa de apoyo a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, comunicando la solución adoptada o informando de cuantos extremos resulten procedentes
    • Durante la comprobación e investigación de una reclamación, todos los órganos de gobierno y de la Administración municipal, así como su personal tiene la obligación de colaborar con carácter preferente y urgente con la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones. La Presidencia de la Comisión, para verificar o comprobar cuantos datos no hayan quedado clarificados suficientemente con la documentación o informes recabados, solicitará a las personas responsable de departamento u organismo que corresponda del Ayuntamiento la autorización para la personación en dicha dependencia, con el objeto de proceder al estudio de los expedientes y documentación necesaria que estén relacionados con la actividad o servicio objeto de la investigación
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, en un plazo máximo de tres meses contados a partir del registro de la reclamación o sugerencia en la unidad tramitadora, informará a la persona interesada o a su representante de las medidas adoptadas para la atención de la misma, así como aquéllas que se prevean adoptar en el futuro o la justificación de la imposibilidad, en su caso, de su aplicación inmediata. Así mismo, comunicará el resultado de sus investigaciones a las autoridades o personal afectado. Si se acordara por parte del órgano competente no tomar en consideración, en todo o en parte, la reclamación o sugerencia, se contestará en el mismo plazo de tres meses mediante escrito motivado
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones adoptará las decisiones que procedan en relación con todos los expedientes de sugerencias y reclamaciones, formulando las recomendaciones que estime pertinentes sin que, en ningún caso, anulen actos o resoluciones de la Administración. También podrá proponer a los Organismos y Autoridades afectadas, en el marco de la legislación vigente, fórmulas de conciliación o de acuerdo que faciliten una resolución positiva y rápida de las sugerencias y reclamaciones
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones mantendrá una estrecha colaboración con el Diputado del Común y con el Defensor del Pueblo
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones dará cuenta al Pleno de la gestión realizada en una sesión anual extraordinaria convocada al efecto. A través de la Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, se presentará el informe o memoria anual ante el Pleno municipal, quien expondrá, de forma verbal y de manera resumida su contenido. En relación con las reclamaciones, en el informe o memoria anual se hará constar el número y tipo de reclamaciones presentadas; aquéllas que hubieran sido rechazadas y sus causas, así como de las que fueren objeto de investigación y el resultado de la misma; por lo que respecta a las sugerencias, el informe especificará aquellas que hubieren sido admitidas. Así mismo se harán constar las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales. En el informe anual se podrá hacer público el nombre de las personas y de los departamentos, Organismos o Entidades dependientes del Ayuntamiento que obstaculicen el ejercicio de sus funciones. El Ayuntamiento hará público el informe o memoria anual a través de los medios que permitan su conocimiento por parte de la ciudadanía del municipio y, en todo caso, a través de la web municipal

    Unidad Tramitadora

    Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones (CESR)

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Propuestas, sugerencias y reclamaciones

  • Denominación

    Sugerencias y Reclamaciones

    Descripción

    Mediante este trámite cualquier persona puede dirigirse a la Comisión especial de sugerencias y reclamaciones (CESR) para presentar sus sugerencias y reclamaciones por retrasos, desatenciones o deficiencias en el funcionamiento de los Servicios

    Municipales tanto del propio Ayuntamiento, como de sus Organismos Autónomos, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles

    Destinatarios

    Las personas físicas o jurídicas interesadas

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemática

    Teléfono

    • 922 606 666

    Documentación

    • Solicitud de Sugerencias y Reclamaciones
    • Carné de identidad
    • Cualquier otra documentación relacionada con los hechos expuestos que se quiera aportar.

    Tasas

    No procede

    Información

    Oficina de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
    C/ Afilarmónica Nifú-Nifá, 48
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    Teléfono: 922 606 666
    De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
    Julio, agosto y septiembre de 8.30 a 13.00 horas

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    • Las sugerencias y reclamaciones recibidas por la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones serán valoradas en cuanto a su admisibilidad por la Presidencia. No serán admitidas a trámite cuando se de alguna de las siguientes circunstancias:
      • Se trate de sugerencias y reclamaciones anónimas
      • Se advierta mala fe o uso abusivo del procedimiento, con el interés de perturbar o paralizar a la Administración
      • Aquellas cuya tramitación irrogue perjuicio al legítimo derecho de terceras personas
      • Las que estén desprovistas, manifiestamente, de fundamentación
      • Las que versen sobre cuestiones que estén siendo conocidas por los Juzgados o Tribunales de Justicia
    • Toda sugerencia o reclamación admitida a trámite, motivará la apertura de un expediente informativo en el que se incluirán cuantas actuaciones sean practicadas en relación con ella, así como los documentos que sobre la misma se generen. De las sugerencias y reclamaciones admitidas se acusará recibo dentro del plazo de diez días, a contar desde la fecha en que ésta hubiese tenido entrada en la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones
    • En el plazo de diez días a contar desde la comunicación de la admisibilidad de la sugerencia por parte de la Presidencia de la Comisión, la unidad administrativa de apoyo a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones recabará la información precisa y realizará las investigaciones pertinentes en las dependencias de los Servicios y Organismos del Ayuntamiento para un adecuado conocimiento del problema y, en su caso, impulsará la actividad de aquéllos a efectos de la verificación de los informes y adopción de las soluciones relativos a la materia objeto de la sugerencia o reclamación
    • Los Servicios y Organismos responsables deberán dar respuesta en el plazo máximo de quince días, a contar desde la primera comunicación recibida desde la unidad administrativa de apoyo a la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, comunicando la solución adoptada o informando de cuantos extremos resulten procedentes
    • Durante la comprobación e investigación de una reclamación, todos los órganos de gobierno y de la Administración municipal, así como su personal tiene la obligación de colaborar con carácter preferente y urgente con la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones. La Presidencia de la Comisión, para verificar o comprobar cuantos datos no hayan quedado clarificados suficientemente con la documentación o informes recabados, solicitará a las personas responsable de departamento u organismo que corresponda del Ayuntamiento la autorización para la personación en dicha dependencia, con el objeto de proceder al estudio de los expedientes y documentación necesaria que estén relacionados con la actividad o servicio objeto de la investigación
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, en un plazo máximo de tres meses contados a partir del registro de la reclamación o sugerencia en la unidad tramitadora, informará a la persona interesada o a su representante de las medidas adoptadas para la atención de la misma, así como aquéllas que se prevean adoptar en el futuro o la justificación de la imposibilidad, en su caso, de su aplicación inmediata. Así mismo, comunicará el resultado de sus investigaciones a las autoridades o personal afectado. Si se acordara por parte del órgano competente no tomar en consideración, en todo o en parte, la reclamación o sugerencia, se contestará en el mismo plazo de tres meses mediante escrito motivado
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones adoptará las decisiones que procedan en relación con todos los expedientes de sugerencias y reclamaciones, formulando las recomendaciones que estime pertinentes sin que, en ningún caso, anulen actos o resoluciones de la Administración. También podrá proponer a los Organismos y Autoridades afectadas, en el marco de la legislación vigente, fórmulas de conciliación o de acuerdo que faciliten una resolución positiva y rápida de las sugerencias y reclamaciones
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones mantendrá una estrecha colaboración con el Diputado del Común y con el Defensor del Pueblo
    • La Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones dará cuenta al Pleno de la gestión realizada en una sesión anual extraordinaria convocada al efecto. A través de la Presidencia de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones, se presentará el informe o memoria anual ante el Pleno municipal, quien expondrá, de forma verbal y de manera resumida su contenido. En relación con las reclamaciones, en el informe o memoria anual se hará constar el número y tipo de reclamaciones presentadas; aquéllas que hubieran sido rechazadas y sus causas, así como de las que fueren objeto de investigación y el resultado de la misma; por lo que respecta a las sugerencias, el informe especificará aquellas que hubieren sido admitidas. Así mismo se harán constar las deficiencias observadas en el funcionamiento de los servicios municipales. En el informe anual se podrá hacer público el nombre de las personas y de los departamentos, Organismos o Entidades dependientes del Ayuntamiento que obstaculicen el ejercicio de sus funciones. El Ayuntamiento hará público el informe o memoria anual a través de los medios que permitan su conocimiento por parte de la ciudadanía del municipio y, en todo caso, a través de la web municipal

    Unidad Tramitadora

    Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones (CESR)

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Propuestas, sugerencias y reclamaciones

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