Solicitud de salas expositivas municipales
Solicitar los espacios expositivos (salas de arte) gestionados por el Organismo Autónomo de Cultura:
Centro de Arte La Recova (Sala Central y Anexa)
Sala de Arte Los Lavaderos
Salas de Exposiciones Temporales del Museo Municipal de Bellas Artes
Sala de Exposición del Parque García Sanabria
Con la presente convocatoria se seleccionarán de forma objetiva las obras a exponer en las Salas de Arte gestionadas por el Organismo y que formarán parte de la programación cultural del Organismo. De esta forma, se apoya la formación de los artistas plásticos y la divulgación de su obra.
Se excluyen de la presente convocatoria las solicitudes de utilización de las Salas de Exposiciones conforme a la Ordenanza Reguladora de la Tasa por la Utilización Privativa o el Aprovechamiento Especial del Dominio Público de las Instalaciones del Organismo Autónomo de Cultura.
Organismo Autónomo de Cultura
Teléfono 922 609 430
De lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Presidencia del Organismo Autónomo de Cultura
Tres meses
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
Características de las obras
La técnica y el formato de las obras objeto de selección serán libres: pintura, escultura, fotografía, instalaciones, video-arte, etc.
El número de obras o montajes y sus dimensiones estarán en función de las características del espacio expositivo solicitado.
Procedimiento de selección
Se evaluarán las solicitudes considerando la excelencia artística, la idoneidad del espacio expositivo para la actividad propuesta, disponibilidad de tiempo y espacio.
Las solicitudes presentadas serán evaluadas por los técnicos del Organismo Autónomo de Cultura que tengan profesionalmente relación con el objeto de las presentes bases.
En su caso, se podrá contar con asesores técnicos especialistas en el objeto de las presentes bases.
El informe técnico se elevará a la Presidencia del Organismo Autónomo de Cultura que emitirá la oportuna Resolución.
La Resolución se notificará a los interesados y se le dará la publicidad que se estime conveniente.
Normas de gestión
Normas finales
La presentación y selección de los interesados en la presente convocatoria supone la aceptación global y sin ningún tipo de reservas de las presentes bases.
Las presentes bases no suponen la modificación de los compromisos expositivos ya adquiridos por el Organismo Autónomo de Cultura.
El Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en caso de duda, se reserva la facultad de interpretar las presentes bases así como modificarlas por razones de interés público.
Solicitud de vinculación a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
Solicitud de vinculación a la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil en calidad de voluntario o colaborador
Cualquier persona interesada, residente o no en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, que reúna los requisitos siguientes:
Todo el año
No procede
Centro de Coordinación Operativa de la Administración Local (CECOPAL)
Teléfono 922 606 060
Servicio 24 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Concejalía Delegada en materia de Protección Civil
Tres meses
Estimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
Para ingresar en la Agrupación de Voluntarios es necesario que el interesado supere las pruebas de aptitud psicofísica y de conocimientos que se determinen, así como las de formación básica y de especialización que proceda.
La vinculación con la Agrupación de Voluntarios también podrá realizarse como colaborador.
Los colaboradores de la Agrupación de Voluntarios se definen como aquellas personas que, poseedoras de una determinada cualificación profesional, participan eventualmente en la Agrupación, realizando informes, asesoramiento técnico o contribuyendo a la formación de los voluntarios.
Funciones a desempeñar por los voluntarios:
Sección de Protección Civil en la Agrupación de Voluntarios
Seguridad ciudadana y emergencias
Solicitud del carné de lector de las Bibliotecas Públicas Municipales
Solicitar el carné de lector de bibliotecas públicas municipales para tener acceso al servicio de préstamo de libros, de carácter público y gratuito
Cualquier persona interesada
Biblioteca Municipal Central
Avenida San Sebastián, nº 10
Teléfono 922 849 060
De lunes a viernes de 9.00 a 19.30 horas
Biblioteca Pública Federico García Lorca
Avda. Príncipes de España, 14
Teléfono 922 649 710
De lunes a viernes de 9.00 a 19.30 horas
Biblioteca Pública José Saramago de Añaza
Rambla principal de Añaza, parcela I-16
Teléfono 922 687 260/61
De lunes a viernes de 15.00 a 20.00 horas (Consultar en período de vacaciones)
Todo el año
No procede
Biblioteca Municipal Central
922 849 060
Biblioteca Pública Federico García Lorca
922 649 710
Biblioteca Pública José Saramago de Añaza
922 687 260/61
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Biblioteca Municipal Central
Inmediato
Nivel 1. Información
En cada visita el usuario puede retirar un máximo de tres obras por un período de 21 días
Biblioteca Municipal Central; Biblioteca Pública Federico García Lorca; Biblioteca Pública José Saramago de Añaza
Solicitud del carné de lector del Biblioguagua
Solicitar el carné de lector de la Biblioguagua para tener acceso a la lectura sin necesidad de acudir a las bibliotecas públicas municipales o en complemento de este servicio.
La Biblioguagua es un servicio municipal de préstamo de libros de carácter público y gratuito
Cualquier persona interesada
Biblioguagua
Teléfono 922 849 060
Todo el año
No procede
Biblioteca Municipal Central
Teléfono 922 849 060
De lunes a viernes de 9.00 a 20.45 horas
Organismo Autónomo de Cultura
Teléfono 922 609 430
De lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Nivel 1. Información
En cada préstamo el usuario puede retirar un máximo de tres obras, que reintegrará en la siguiente visita que se haga a su zona; para ello se le facilita la fecha de devolución junto a un número de teléfono que le servirá para cualquier información que necesite y para realizar las reservas de libros que crea oportuno.
Biblioteca Municipal Central. Biblioguagua.
Solicitud general
Mediante esta solicitud se puede presentar ante este Ayuntamiento cualquier escrito o documentación que no sea susceptible de presentarse a través de cualquiera de los trámites ya definidos en el catálogo de procedimientos y servicios de esta Sede electrónica.
De esta forma, antes de utilizar la solicitud general comprueba que no existe una ficha de trámite específica, con su correspondiente formulario, para la gestión que necesita realizar.
Cualquier persona física o jurídica
Presencial
Todo el año
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Nivel 3. Presentación telemática
Para la presentación de solicitudes en materia de planeamiento y gestión urbanística, acceda a la Sede Electrónica de la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife
La competente en razón de la materia
Solicitud para la adjudicación de las licencias en el Rastro
Los/as solicitantes deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 8 de la Ordenanza, estar en posesión de la documentación que así lo acredite a partir del inicio de la actividad y mantener su cumplimiento durante el plazo de vigencia de la autorización.
Nivel 3. Presentación telemática
Servicio de Control y Gestión de Servicios Públicos
Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2019): Justificación
Subvenciones a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento de las entidades ciudadanas de Santa Cruz de Tenerife que cumplan con los requisitos exigidos en las Bases reguladoras de la Convocatoria de 2019
Entidades Ciudadanas del municipio de Santa Cruz de Tenerife, inscritas en el correspondiente Registro Municipal que cumplan con los demás requisitos que se fijen en las Bases reguladoras de esta Convocatoria de Subvenciones
Telemático
Convocatoria 2019 (BOP nº 84/2019, de 12 de julio de 2019)
Ver detalle de la documentación a aportar en la Bases reguladoras de esta Convocatoria de Subvenciones
No procede
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Tfno 922 606 620
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Junta de Gobierno de la Ciudad
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Subvenciones a Entidades Ciudadanas (2019): Solicitud
Subvenciones a entidades ciudadanas para colaborar en la financiación de gastos de funcionamiento
Entidades Ciudadanas del municipio de Santa Cruz de Tenerife, inscritas en el correspondiente Registro Municipal que cumplan con los demás requisitos que se fijen en las Bases reguladoras de esta Convocatoria de Subvenciones
Telemático
El plazo para la presentación de las solicitudes, será de veinte (20) días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de la Convocatoria
Convocatoria 2019 (BOP nº 88/2019, de 22 de julio de 2019)
No procede
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Tfno 922 606 620
Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Junta de Gobierno de la Ciudad
Seis meses
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
Propuesta de resolución provisional. [Anuncio] - [Orden publicación] (Plazo para presentar alegaciones finaliza el día 25 de octubre)
Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos
Subvenciones de Cooperación Social 2018
Fomentar y apoyar programas y proyectos socioeducativos, asistenciales y de inserción socioeconómica, promovidos y ejecutados por entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito territorial y en relación a las funciones que tienen encomendadas los servicios sociales de este municipio, con la finalidad de su progresiva integración en la red de servicios sociales municipales y siempre que no existan otras líneas específicas de financiación municipal
Los destinatarios de las subvenciones, serán las entidades, instituciones y organizaciones sin ánimo de lucro del ámbito de los servicios sociales municipales, entendiéndose como tales aquellas que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras en la prestación de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias y reúnan los requisitos exigidos en la Base 6.
Límite presentación de solicitudes y documentación: desde el 19 de julio al 16 de agosto de 2018 (ambos inclusive).
Para solicitar:
a) Solicitud conforme al modelo oficial (Anexo I), suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad (una por proyecto), haciendo constar:
b) Documento Nacional de Identidad del representante u otra documentación acreditativa de su personalidad
c) Documento acreditativo de la representación[.pdf]
d) Memoria de la Entidad explicativa de las actividades que desarrolla, en modelo oficial (Anexo II)
e) Estatutos o documento constitutivo equivalente debidamente legalizado
f) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
g) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de entidades colaboradoras en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
h) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o, en su caso, en el Registro Municipal Complementario de otras Entidades Ciudadanas, regulados en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
i) Alta a terceros[.pdf] para procedimientos de pago en el IMAS, correspondiente a la cuenta bancaria de la entidad, debidamente diligenciada
j) Certificados en vigor expedidos por los órganos competentes acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de exención, se ha de presentar el correspondiente certificado. Los certificados indicados en el presente apartado podrán ser aportados de oficio por este Ayuntamiento de existir convenio con las Administraciones competentes, que permitan emitir las correspondientes certificaciones previo consentimiento del interesado
k) Documento acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, que previo consentimiento del interesado será aportada de oficio por el IMAS y/o Ayuntamiento
l) Memoria del Proyecto objeto de subvención en modelo oficial (Anexo III)
m) Presupuesto y Plan de Financiación del Proyecto, en modelo oficial (Anexo IV)
Las entidades solicitantes quedarán exceptuadas de presentar los documentos exigidos en los apartados b), c), e), f), g), h) e i) del punto anterior, cuando aquellos ya obren en poder de este Ayuntamiento y/o IMAS, por haber sido presentados en convocatorias de subvención de cooperación social de ejercicios anteriores y no hayan sufrido modificaciones. Este último extremo deberá hacerse constar en el momento de presentar la solicitud indicando la fecha y órgano o dependencia en la que se hayan presentado, y siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, todo ello sin prejuicio de lo establecido en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento se requerirá al solicitante su presentación
Se podrá admitir la sustitución de la presentación de los documentos exigidos en los apartados j) y k) del punto 1, por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se requerirá la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince (15) días, o bien, previo consentimiento del interesado y de existir convenio con las Administraciones competentes, será aportado de oficio por esta Administración, en los términos señalados en dichos apartados.
Autorización recabar datos de la Agencia Tributaria[.pdf]
Para justificar:
Impresos:
Anexos en formato .docx [.zip]
Anexos en formato .pdf [.zip]
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Presidencia del Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)
Seis meses
Desestimatorio
Nivel 3. Presentación telemática
La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayan sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazo de diez (10) días siguientes a su notificación comuniquen su aceptación. En el caso de que no se otorgue dentro del referido plazo quedará sin efecto la subvención concedida
Servicio de Atención Social (IMAS)
Subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales 2019
Fomentar y promover proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales en materia de atención social, según las prioridades incluidas en los correspondientes Planes municipales de servicios sociales. Los proyectos deberán desarrollarse en el ámbito territorial del municipio de Santa Cruz de Tenerife o tener como beneficiarios a personas que residan en el mismo y se encuentren en una situación de vulnerabilidad, exclusión social o riesgo de padecerla
Los destinatarios de las subvenciones, serán las entidades, instituciones y organizaciones sin ánimo de lucro del ámbito de los servicios sociales municipales, entendiéndose como tales aquellas que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras en la prestación de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias y reúnan los requisitos exigidos en la Base 6.
Del 14 de marzo al 10 de abril de 2019 (ambos inclusive)
PARA SOLICITAR:
a) Solicitud conforme al modelo oficial (Anexo I), suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad (una por proyecto), haciendo constar: - Que la entidad y el proyecto para el que solicita subvención cumplen con todos los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la convocatoria. - Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por esta Corporación. - Que se compromete a aportar la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención solicitada, bien por sus propios medios o bien por financiación de terceros. - Que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
b) Documento Nacional de Identidad del representante u otra documentación acreditativa de su personalidad.
c) Documentación acreditativa de poder actuar en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.
d) Memoria de la entidad explicativa de las actividades que desarrolla, en modelo oficial (Anexo II).
e) Copia simple de los estatutos o documento constitutivo equivalente debidamente legalizado.
f) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad.
g) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de entidades colaboradoras en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias.
h) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o, en su caso, en el Registro Municipal Complementario de otras Entidades Ciudadanas, regulados en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.
i) Alta a terceros para procedimientos de pago en el IMAS o, en su caso, Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, correspondiente a la cuenta bancaria de la entidad, debidamente diligenciada.
j) Certificados en vigor expedidos por los órganos competentes acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de exención, se ha de presentar el correspondiente certificado. Los certificados indicados en el presente apartado podrán ser aportados de oficio por este Ayuntamiento de existir convenio con las Administraciones competentes, que permitan emitir las correspondientes certificaciones previo consentimiento del interesado.
k) Documento acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, que previo consentimiento del interesado será aportada de oficio por el IMAS y/o Ayuntamiento.
l) Memoria del Proyecto objeto de subvención en modelo oficial (Anexo III).
m) Presupuesto y Plan de Financiación del Proyecto, en modelo oficial (Anexo IV). Las entidades solicitantes quedarán exceptuadas de presentar los documentos exigidos en los apartados b), c), e), f), g), h) e i), cuando aquellos ya obren en poder del Ayuntamiento y/o IMAS, por haber sido presentados en convocatorias de subvención de cooperación social de ejercicios anteriores y no hayan sufrido modificaciones. Este último extremo deberá hacerse constar en el momento de presentar la solicitud indicando la fecha y órgano o dependencia en la que se hayan presentado, y siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento se requerirá al solicitante su presentación. Se podrá admitir la sustitución de la presentación de los documentos exigidos en los apartados j) y k), por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se requerirá la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince (15) días, o bien, previo consentimiento del interesado y de existir convenio con las Administraciones competentes, será aportado de oficio por esta Administración, en los términos señalados en dichos apartados.
PARA JUSTIFICAR: Cuenta justificativa integrada por los siguientes documentos:
a) Una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas, los resultados obtenidos y medidas de difusión y publicidad efectuadas, todo ello según modelo Anexo V. En la memoria deberá constar expresamente que ha sido cumplida la finalidad para la cual se otorgó la subvención conforme al presupuesto y proyecto presentados y una evaluación de los resultados obtenidos respecto a los previstos.
b) Una memoria económica en la que se refleje con claridad y suficiente nivel de detalle los ingresos obtenidos y gastos de ejecución llevados a cabo, con inclusión de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. El documento, según modelo normalizado Anexo VI, deberá estar suscrito por quien ostente la representación legal de la entidad o esté facultado para ello. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto estimado, se indicarán las desviaciones acaecidas.
c) Relaciones clasificadas de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y, en su caso, fecha de pago. Por un lado se relacionarán los gastos corrientes, según modelo normalizado Anexo VII, y por otro los gastos de personal vinculados a la actividad, conforme al detalle reseñado en el modelo Anexo VIII. Los gastos de gestión, administración, personal administrativo y otros indirectos a los que se refiere la base 2 en sus apartados 3 y 4, se relacionarán conforme al modelo Anexo IX.
d) Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en los párrafos anteriores y, en su caso, la documentación acreditativa del pago.
e) Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
f) En el caso de que algún justificante supere el importe establecido en la legislación de contratos para el contrato menor, deberá aportar los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, deba de haber solicitado el beneficiario.
g) En su caso, la carta de pago de la devolución voluntaria en el supuesto de remanentes no aplicados, así como los intereses derivados de los mismos, calculados conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones.
IMPRESOS
No procede
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Servicio de Atención Social (Programa de Cooperación Social)
922 606 769
De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas
Seis meses
Desestimatorio
Nivel 4. Tramitación electrónica
Los proyectos a subvencionar vendrán necesariamente referidos a los siguientes ámbitos:
a) Personas en riesgo de exclusión social
b) Mayores
c) Discapacidad
d) Infancia y familia
e) Drogodependencia y otras adicciones
f) Inmigración y convivencia intercultural
Las respectivas convocatorias podrán dirigir las subvenciones a alguno o algunos de dichos ámbitos, así como desagregarlos en una o varias líneas, objetivos y/o actuaciones.