Alta por omisión en el Padrón Municipal de Habitantes
Alta por omisión en el Padrón Municipal de Habitantes
Inscripción de personas en el Padrón Municipal de Habitantes (registro administrativo donde constan las personas que residen en un municipio).
Destinatario/a
- Personas que se empadronen por primera vez en España procedentes del extranjero y quieran residir en el municipio de Salamanca y españoles que viviendo habitualmente en el municipio, no figuran inscritos en el mismo.(Alta por omisión).
- Personas procedentes de otro municipio que vayan a tener su residencia habitual en el municipio de Salamanca (ver ficha de trámite de Alta por cambio de residencia).
Requisitos
Tener como residencia habitual un domicilio en el municipio de Salamanca
Observaciones
Junto con el DOCUMENTO DE ALTA correspondiente y la HOJA PADRONAL debidamente firmadas se presentará fotocopia de los siguientes documentos:
- Documento que acredite la identidad de las personas a empadronar: DNI, NIE o pasaporte en vigor de las personas mayores de 16 años. Para menores de 16 años sin DNI, fotocopia del Libro de Familia.
- Documento que acredite la posesión efectiva de la vivienda, alguno de los siguientes: escritura de propiedad, Nota del Registro, contrato de compraventa o arrendamiento en vigor, acompañado del último recibo de alquiler, contrato o factura emitidos por alguna compañía suministradora de agua, gas, electricidad, telefonía fija, a nombre de alguna de las personas que se empadronan.
- En caso de no disponer de un documento de la vivienda a su nombre, autorización de quién lo tenga ( autorización disponible en la hoja padronal), acompañada de fotocopia de su DNI, NIE o pasaporte y documento que acredite la titularidad de la vivienda (alguno de los señalados anteriormente).
- Cuando se empadronen menores de edad con uno solo de sus progenitores, será necesaria la autorización del otro para el empadronamiento, (autorización disponible en la hoja padronal) o en su defecto, declaración responsable firmada por el que realiza la solicitud de tener la guardia y custodia del menor y capacidad legal suficiente para hacer la inscripción, según modelo disponible en descarga de formularios.
NOTA: El Ayuntamiento se reserva cuantas actuaciones se estimen necesarias, para comprobar la veracidad de los datos consignados en la solicitud de alta, art. 59.2 Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales
Forma de Contacto
SERVICIO DE ATENCIÓN CIUDADANA
Departamento de Padrón de Habitantes
Cl. Iscar Peyra nº 24 planta baja
Teléfono: 923 279 100 Ext 9568 / 9569
Correo electrónico: ayuntamiento@aytosalamanca.es
¿Cómo?
Tramitación presencial Tramitación electrónica
¿Dónde?
- Registro General (C/ Iscar Peyra 24-26 - 37002 Salamanca) y Centro Municipal Integrado Julián Sánchez El Charro (Pz de la Concordia s/n - 37005 Salamanca)
¿Cuándo?
- Horario de oficina: 8:30 a 14:00 h.
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