Seu electrònica Reus
Información Rápida
Objetivo
Inscribir a un recién nacido en el padrón municipal de habitantes de Reus.
¿Quién puede solicitarlo?
Padres o representantes legales del bebé.
Requisitos principales
- El bebé debe tener menos de un año.
- Los padres deben estar empadronados en Reus o solicitar el alta simultáneamente.
Duración del trámite
Aproximadamente 15 días desde la recepción de la solicitud, con un máximo de 3 meses.
Resumen
Este trámite permite inscribir a un recién nacido en el padrón municipal de Reus, donde residirá habitualmente. Solo se puede usar si el bebé tiene menos de un año. Si es mayor, se debe usar el trámite de alta o cambio de domicilio.
Importante: Antes de iniciar el trámite, se recomienda leer las preguntas frecuentes disponibles en este enlace.
Quién puede solicitarlo:
- Los padres o representantes legales del bebé.
Cuándo se puede solicitar:
- En cualquier momento.
Cómo hacerlo
El trámite se puede realizar de las siguientes maneras:
- Online: A través de la sede electrónica con identificación digital.
- Presencial: En la Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) (Pl. Mercadal, 1 - 43201 Reus). Solo para personas físicas.
- Telefónico: Llamando al 010 (desde fijo de Reus) o al 977.010.010 (fuera de Reus o móvil). Solo para personas físicas.
- Correo postal: Enviando la documentación al Registro general (Pl. Mercadal, 1 - 43201 Reus). Solo para personas físicas.
Información importante sobre los canales de tramitación:
- Telemático: El trámite se finalizará por correo postal, pero la fecha de solicitud será la fecha de empadronamiento, siempre que la documentación sea correcta.
- Presencial: Se resuelve en el momento si se cumplen los requisitos y se aporta la documentación necesaria.
- Correo postal: El trámite se finalizará por correo postal, y la fecha de solicitud será la fecha de empadronamiento, siempre que la solicitud esté completa y la documentación sea correcta.
Lo que necesitas
Documentación a aportar:
- Identificación del menor: libro de familia o certificado de nacimiento.
- Identificación de los padres o representantes legales del menor.
- Identificación de la representación, si aplica (para menores de edad o personas incapacitadas).
- Identificación del domicilio donde se empadronará al menor.
Ver información detallada sobre la documentación
Los documentos deben presentarse en catalán o castellano. Si están en otro idioma, se debe adjuntar la traducción jurada.
El Ayuntamiento puede solicitar documentación adicional para verificar la información.
Si se aporta documentación escaneada, los documentos deben ser legibles y completos (anverso y reverso en un solo PDF).
Se debe realizar una solicitud por cada persona mayor de edad que se deba empadronar.
Después de hacerlo
Plazo de resolución:
- Aproximadamente 15 días desde la recepción de la solicitud, siempre que la documentación esté completa y correcta.
- El plazo máximo legal es de tres meses desde la solicitud.
Nota: Si la inscripción no se puede realizar por falta de documentación o requisitos, se solicitará la subsanación. Si en tres meses no se subsanan las deficiencias, se archivará la solicitud.
Ayuda
- Departamento responsable: Población
- Requerimientos tecnológicos: Consultar página
- Especificaciones técnicas de los documentos enviados telemáticamente: Documento