Tasa por la expedición de documentos y la tramitación de expedientes administrativos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tasa por la expedición de documentos y la tramitación de expedientes administrativos

Objeto

Esta tasa se exigirán como contraprestación por la actividad municipal, técnica o administrativa desarrollada con motivo de la tramitación de los expedientes administrativos necesarios para la expedición de documentos.

Gestión

Las tasas por la tramitación, a instancia de parte, de los expedientes administrativos se exigirán en régimen de autoliquidación y en el supuesto de que el servicio municipal se preste de oficio, por liquidación practicada por la Administración municipal. En el caso de que la tasa se devengue de forma periódica, su gestión y recaudación podrá realizarse mediante lista cobratoria de recibos de acuerdo con un padrón o matrícula anual.
Cuando se hayan realizado todos los trámites para la obtención de la licencia, servicio o autorización y la resolución recaída sea denegatoria, se satisfará la cuota que resulte por aplicación de la tarifa correspondiente.
Cuando el interesado desista de la solicitud de licencia, servicio o autorización formulada antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida, se aplicará una reducción sobre la cuota que resulte por aplicación de la tarifa correspondiente del 75 %.
Se declarará la caducidad del expediente cuando el interesado no aporte en plazo la documentación que necesariamente deba acompañar a aquella, y que le ha sido requerida por la administración municipal, así como en todos aquellos casos en que tenga que ser archivado el expediente por causas imputables al interesado. En este caso existirá una reducción de la cuota que resulte por aplicación de la tarifa que corresponda del 75 %.


Tarifas

Certificaciones

  • Certificados de empadronamiento: 3 ?
  • Certificaciones de acuerdos: 36 ?
  • Certificados de la documentación del planeamiento urbanístico:
    • Por folio: 1,5 ?
    • Por plano de 50x40cm.: 2 ?
  • Certificaciones de Ordenanzas Fiscales: 0,5 ?/folio
  • Certificaciones catastrales a personas físicas no empadronadas en Pozuelo de Alarcón o personas jurídicas cuyo domicilio social esté situado fuera de Pozuelo de Alarcón: literal de titularidad catastral (Punto de Información Catastral): 3 ? / documento + 3 ? / bien inmueble
  • Certificaciones catastrales a personas físicas no empadronadas en Pozuelo de Alarcón o personas jurídicas cuyo domicilio social esté situado fuera de Pozuelo de Alarcón: descriptivas y gráficas referidas a una unidad urbana o parcela rústica: 5 ? / documento

Tramitación de expedientes

  • Solicitud de autorización temporal para instalación de terrazas: 107 ?
  • Autorizaciones temporales no reguladas en otro apartado: 30 ?
  • Solicitud de licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, en los términos establecidos en la Ordenanza reguladora de la Tenencia, control y protección de los animales de Pozuelo de Alarcón: 60 ?
  • Transmisión de titularidad de licencias urbanísticas: 100?

Copias de documentos y planos

  • Fotocopias generales DIN A-4: 0,10 ?
  • Fotocopias generales DIN A-3: 0,20 ?
  • Reproducción de plano DIN A-4: 0,10 ?
  • Reproducción de plano DIN A-3: 0,20 ?
  • Reproducción de plano DIN A-2: 1 ?
  • Reproducción de plano DIN A-1: 1,40 ?
  • Reproducción de plano DIN A-0: 2,30 ?
  • Reproducción de plano Rollo de 60 cm. de ancho: 2 ?
  • Reproducción de plano Rollo de 60 cm. de ancho: 2,30 ?
  • Reproducción digital de documentos CD grabado/por unidad: 6 ?

Nota: cuando la cantidad resultante de esta tasa sea inferior a 2? no se cobrará cantidad alguna. No se aplicará este límite en las fotocopias realizadas en la máquina fotocopiadora de monedas a disposición del público.

Expedición de copias de atestados y de otras actuaciones policiales

  • Solicitud efectuada por particulares: 50 ?
  • Solicitud efectuada por Compañía de Seguros: 150 ?

Otros

  • Concesión de tarjeta de armas para la utilización de carabinas y pistolas accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas a que se refiere el art. 105 del Real Decreto 137/1993, de 29 de Enero: 21 ?
  • Bastanteo de poderes por los servicios jurídicos: 70 ?
  • Compulsa de documentos:
    • Primera hoja: 0,70 ?
    • Resto hojas: 0,30 ?
    • Libro de Ordenanzas fiscales: 35 ?
    • Ejemplar de Ordenanzas Urbanísticas: 35,80 ?

Tramitación de expedientes y expedición de documentos urbanísticos

  • Epígrafe 1: Consultas previas, informes, cédulas urbanísticas y certificados urbanísticos: 40 ?
  • Epígrafe 2: Programas de Actuación Urbanística, Planes Parciales o Especial de Ordenación, Estudio de Detalle y Proyecto de urbanización:
    Por cada Plan Parcial o Especial de Ordenación, Estudio de Detalle y Proyecto de urbanización que se presenta a aprobación y se tramite según la legislación vigente en la materia, se satisfará la cuota que resulte de multiplicar el tipo de euros por los metros cuadrados de la superficie del suelo comprendida en el respectivo Programa, Plan, Estudio de Detalle o Proyecto, de conformidad con la siguiente escala:
    • Hasta 50.000 m2: 0,055 ?/m2
    • Exceso de 50.000 hasta 100.000 m2: 0,045 ?/m2
    • Exceso de 100.000 hasta 250.000 m2: 0,034 ?/m2
    • Exceso de 250.000 hasta 500.000 m2: 0,022 ?/m2
    • Exceso de 500.000 hasta 1.000.000 m2: 0,012 ?/m2
    • Exceso de 1.000.000 de m2: 0,034 ?/10 m2
    Se satisfará una cuota mínima de 330 ? en el caso de que la liquidación practicada en aplicación de lo establecido en el apartado anterior sea inferior a la citada cantidad.
    Se consideran incluidos dentro de este mismo epígrafe y sujetos a idéntica normativa las modificaciones de las figuras de planeamiento indicadas en el mismo, siendo la cuantía de los derechos correspondientes a la tramitación de estos expedientes del 50% de la tarifa anterior.
  • Epígrafe 3: Proyectos de delimitación de ámbito de actuación, de áreas de reparto y de unidades de ejecución:
    Por cada proyecto de delimitación de ámbitos de actuación cuya solicitud se presente y trámite se satisfará la misma cuota que resulte de la aplicación de las tarifas establecidas en el Epígrafe 2 de la Ordenanza con una reducción del 50 %.
    Se satisfará una cuota mínima de 165 ? en el caso de que la liquidación practicada en aplicación de lo establecido en el apartado anterior sea inferior a la citada cantidad.
  • Epígrafe 4: Proyectos de reparcelación o de compensación:
    Por cada proyecto de reparcelación o de compensación que se presente a aprobación y trámite se satisfará la cuota que resulte de la aplicación de las tarifas del Epígrafe 2 de la Ordenanza multiplicando dicho resultado por el factor 1,20.
    Se satisfará una cuota mínima de 400 ? en el caso de que la liquidación practicada en aplicación de lo establecido en el apartado anterior sea inferior a la citada cantidad.
  • Epígrafe 5: Proyectos de Bases y Estatutos de Juntas de Compensación, constitución de Entidades Urbanísticas de Conservación u otras entidades urbanísticas:
    Por la gestión de Proyectos de entidades urbanísticas colaboradoras se satisfará una cuota de 665 ?.
  • Epígrafe 6: Expropiación forzosa a favor de particulares:
    Por cada solicitud de expropiación de bienes y derechos a favor de particulares que se formule y tramite se satisfará la cuota que resulte de la aplicación de la tarifa del Epígrafe 2 de esta Ordenanza.
  • Epígrafe 7: Señalamiento de alineaciones, tira de cuerdas y rasantes:
    Por cada solicitud de Señalamiento de alineaciones y rasantes, tanto interiores como exteriores que se formule y tramite se satisfará una cuota fija en función de los metros lineales que será fijada a razón de 1,00 ? por metro o fracción con una cuota mínima de 13 ?.
  • Epígrafe 8: Estudios de proyectos básicos:
    Estudios de Proyectos Básicos (25% sobre la cuota que correspondería a la tasa por licencia de obra).
    En el caso de posterior solicitud de licencia de la misma obra, en la liquidación de la tasa correspondiente se deducirá el 50% del importe abonado por este epígrafe.

Servicios de autorización sanitaria y laboratorio

  • Tramitación de la autorización sanitaria de funcionamiento: Por la tramitación y resolución de la autorización sanitaria de funcionamiento en establecimientos de comida preparada, 66 ?.
  • Servicio de laboratorio: Por la tramitación y realización del servicio de análisis en laboratorio de aguas, a instancia del interesado:
    • Análisis de agua de grifo suministrada a través de una red de distribución pública o privada: 82 ?.
    • Análisis de agua de baño:
      Parámetros organolépticos físico-químicos: 32 ?
      Parámetros microbiológicos: 65 ?
      Análisis completo: 97 ?.
  • Reapertura de piscinas comunitarias: Por la tramitación y resolución del expediente de reapertura de piscinas comunitarias, en los términos exigidos en la legislación vigente:
    • Piscinas comunitarias con + de 30 viviendas: 115,00 ?.
    • Piscinas comunitarias con 30 o menos de 30 viviendas: 86 ?.

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