Documentos personales: Solicitud y renovación DNI

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Índice de contenidos

    Primera expedición

    Renovación y duplicados

Recuerda que la obtención y renovación del DNI y Pasaporte se realiza en las oficinas de expedición de la Policía Nacional.


Primera expedición

Para solicitar la expedición del Documento Nacional de Identidad será imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, el abono de la tasa legalmente establecida en cada momento y la presentación de los siguientes documentos:
  • Fotografía para DNI
    Fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme claro liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  • Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil
    Únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de tres meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad y con la mención expresa de que se expide a los solos efectos de obtener este documento.
  • Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
  • Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes.

Menores de 14 años / incapacitados

  • Los menores de 14 años deberán ser acompañados por la persona que lo represente.
  • Cuando el solicitante sea menor de 14 años o incapacitado, se hará entrega del documento en presencia de la persona que tenga encomendada la potestad o la tutela, o persona apoderada por estas últimas.

Ciudadanos españoles residentes en el extranjero

Los españoles que, residiendo en el extranjero, soliciten les sea expedido un Documento Nacional de Identidad deberán aportar, además de los mencionados, los siguientes documentos:

  • Partida de nacimiento expedida por el Consulado o Registro Civil donde esté inscrito, tal como se hace para todos los casos.
  • Certificado de acreditación de residencia, expedido a los solos efectos de obtener el DNI, por el Consulado español en donde figura inscrito, en el que se haga constar el número de inscripción Consular, país de residencia, localidad, calle y número en donde en dicho país esté domiciliado.

Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aún cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio.

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Renovación y duplicados

La renovación se llevará a cabo mediante la presencia física del titular del Documento, que deberá abonar la tasa correspondiente y aportar los siguientes documentos:

Renovación por caducidad:

  • Una fotografía reciente en color del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme claro liso, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
  • El DNI anterior.

Por extravío, sustracción o deterioro:

  • Dos fotografías
  • Impreso modelo 601 (modelo que se entrega en la propia oficina de expedición, en el acto de solicitud del DNI).

Por cambio de datos:

  • Una fotografía.
  • El DNI anterior.
  • Documentos justificativos que acrediten dicha variación.
  • En caso de variación de datos de filiación: Certificado del Registro Civil (expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad).

Por cambio de domicilio:

  • Una fotografía.
  • El DNI anterior.
  • Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad. Estos documentos no serán necesarios si el interesado autoriza al equipo de expedición a consultar los datos del domicilio mediante acceso al Sistema de Verificación de Datos de residencia.
  • Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante certificación de la Representación Diplomática o Consular donde estén inscritos como residentes.

Ciudadanos españoles residentes en el extranjero

Los españoles que, residiendo en el extranjero, soliciten les sea expedido un Documento Nacional de Identidad deberán aportar, además de los mencionados, los siguientes documentos:

  • El Certificado de acreditación de residencia anteriormente citado para demostrar que continúa siendo residente en el extranjero, con especificación del país, localidad, calle y número.

Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aún cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio.

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