Actividad-Personación Ratificación Baja o Desistimiento Actividad
Es una solicitud para ratificarse en la solicitud de baja o desistimiento de una licencia de apertura de una actividad solicitada. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente. |
- Esta solicitud de Ratificación de Baja de Actividad, por duplicado, cumplimentada la declaración y firmada, aportando la documentación que corresponda. |
Concejalía de Actividades. |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 7 Días |
- Ley del Suelo. - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Decreto 184/1998, Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones. - Ley 17/2009 sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio. - Ley 25/2009 modificación diversas leyes para su adaptación a la ley sobre libre acceso a las actividades y su libre ejercicio. |
Actividades |
A petición del interesado |
La baja se produce en el titular, en el tipo y la clase. Si otro ciudadano o empresa quiere ejercer la misma clase de actividad en ese local deberá realizar una nueva licencia, con lo que tendrá que presentar nueva documentación y nuevas tasas. En cambio, si esta ratificación no se realiza, el nuevo titular podrá seguir este expediente con una solicitud de cambio de titular, la presentación de una mínima documentación y una reducción de costes en tasas municipales. Generalmente, cuando se reciba la solicitud en la Concejalía de Actividades, se le dará la resolución oportuna. Si la propuesta es favorable, el expediente de esa actividad de dará de baja tanto el titular como la actividad de ese local y el expediente se archivará. En el momento de que tenga la resolución favorable, el plazo de vigencia no caduca, salvo declaración expresa del interesado. |
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Concejalía de Actividades |
Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
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