Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Solicitud de análisis químico y/o bacteriológico de una muestra de agua aportada por un particular, industria o establecimiento.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Descargar instancia

    Con esta opción descargará un formulario de solicitud, que podrá cumplimentar y entregar junto con la muestra recogida para su análisis.

    Descargar instancia>

    PRESENCIAL

    Importe

    SEGÃ?N DETERMINACIONES:
    Análisis químico para potabilidad del agua: 96,50 euros.
    Análisis microbiológico para potabilidad del agua: 90,70 euros.
    Otros análisis: consultar precios en el Laboratorio Municipal.

    Condiciones de solicitud

    De lunes a viernes de 08:30 h. a 11:00 h.
    La solicitud puede realizarse durante todo el año.
    CANALES DE PRESENTACIÃ?N:
    En el Laboratorio Municipal del Ayuntamiento de Pamplona
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.

    Requisitos

    La muestra de agua puede proceder tanto de Pamplona como de fuera de Pamplona.

    Documentación a presentar

    Para el análisis químico completo, muestra de 1,5 litros en envases limpios (bien enjuagados con agua, sin utilizar lejía ni otro producto de limpieza).
    Para análisis de parámetros aislados consultar en el laboratorio la cantidad de muestra necesaria.
    Para análisis microbiológicos de aguas de pozo, manantial, etc.: muestra de 1,5 litros en envase estéril (de venta en farmacias).
    Para análisis microbiológicos de aguas cloradas (de red): se necesita un envase estéril con tiosulfato, que se les suministrará en el Laboratorio Municipal.
    NORMAS PARA LA RECOGIDA DE LAS MUESTRAS:
    Si se trata de un pozo recién perforado, para tomar las muestras hay que esperar hasta que el agua deje de estar turbia debido a la perforación.
    Si se trata de agua corriente, hay que dejarla correr un poco después de abrir el grifo, antes de recoger las muestras.
    MANIPULACIÃ?N DEL ENVASE ESTÃ?RIL: no tocar la boca del envase ni el interior de la tapa. No dejar la tapa bocabajo en el suelo.
    Llevar las muestras recogidas. Si fuese imposible, conservarlas en el frigorífico (no en el congelador).
    En cualquier caso el análisis debe iniciarse antes de transcurridas 24 horas desde que se recoge la muestra.

    Más información

    El análisis químico es el relativo a la composición química del agua, que no suele variar con el tiempo.
    Si anteriormente se ha realizado ya un análisis químico, es habitual que sea suficiente con realizar un análisis bacteriológico.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Resoluciones Técnicas Sanitarias para el abastecimiento y control de calidad de las aguas potables de consumo público.
    Ordenanza Fiscal de 2019, Núm. 17 (Epígrafe I,I.1, I.2).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: en el momento de hacer la solicitud se acuerda cuándo se pueden recoger los resultados.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Laboratorio Municipal del Ayuntamiento de Pamplona

    Documentos asociados

  • Qué es

    Estas autorizaciones permiten utilizar (no poseer) armas para caza o competiciones deportivas en cuyos reglamentos este reconocida la categoría junior, acompañados y vigilados de mayores de edad con licencia de armas D, E o F.

    Quién puede realizar el trámite

    Mayores de 16 y menores de 18 años:
    Los españoles y extranjeros con residencia en España, mayores de 16 años y menores de 18 años, que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores (AEM) podrán utilizar exclusivamente para la caza o para competiciones deportivas (categoría de junior) las armas de fuego de las categorías 2ª. 2 y 3ª. 1.
    Estos menores no pueden poseer ni portar dichas armas dentro de las poblaciones.
    Para poder utilizar las armas, el menor deberá ir acompañado de una persona mayor de edad con licencia de armas D, E o F en vigor que previamente se hayan comprometido por escrito a acompañarlo y vigilarlo en la cacería o acto deportivo
    Mayores de 14 y menores de 18 años:
    Los españoles y extranjeros con residencia en España, mayores de 14 años y menores de 18 años, con residencia en España, que se encuentren en posesión legal de una autorización especial de uso de armas para menores (AEM) podrán utilizar exclusivamente para la caza o para competiciones deportivas las armas de fuego de las categorías 3ª. 2 y 3ª. 3.
    El menor para utilizar el arma deberá ir acompañado de una persona mayor de edad con licencia de armas D, E o F en vigor que previamente se hayan comprometido por escrito a acompañarlo y vigilarlo en la cacería o acto deportivo.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Condiciones de solicitud

    SOLICITUD:
    Presencialmente en la Guardia Civil.
    Tramitación electrónica (con firma digital) en la web de la Guardia Civil.

    Documentación a presentar

    Instancia solicitud.
    Certificado de antecedentes penales si se trata de mayores de 16 años.
    Certificado de antecedentes penales de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela del menor solicitante.
    Autorización para el uso de armas de las clases expresadas de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela, en la que se haga constar que se responsabiliza de la actuación del menor ante notario, autoridad gobernativa, alcaldía, Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, Comandancia de la Guardia Civil, Intervención de Armas o Puesto de la Guardia Civil, pulse aquí para descargarla.
    Informe de aptitudes psicofísicas del menor.
    Justificante del pago de las tasas establecidas para tomar parte en las pruebas de capacitación.
    No será necesaria la presentación de la autorización para uso de armas de la persona que ejerza la patria potestad o la tutela, si ésta se encuentra en posesión de cualquier tipo de licencia de armas en vigor.

    Más información

    VALIDEZ: hasta la mayoría de edad, sin necesidad de renovaciones.
    La vigencia de las autorizaciones estará condicionada a que el menor mantenga los requisitos exigibles para su otorgamiento. Los órganos competentes para su expedición pueden comprobar en cualquier momento tal mantenimiento y, en caso contrario, procederán a revocarlas.
    INFORMACIÃ?N ACTUALIZADA EL 25/04/19 POR LA WEB DE LA GUARDIA CIVIL.

    Dirección en internet

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Guardia Civil ( 9 Zona )

    NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.

  • Qué es

    AVISO PARA DESINSECTACIÃ?N, DE EXISTENCIA DE:
    Avispas o abejas: en viviendas particulares, locales o en la vía pública.
    Insectos (mosquitos, hormigas, cucarachas, pulgas...etc.): en vía pública y edificios municipales.
    Cucarachas y otros insectos: en zonas comunes de edificios que no sean domicilios particulares (sala de calderas, de contadores, garajes, portales, etc), restaurantes, bares, y otros establecimientos de hostelería.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Importe

    Tasa mínima por salida de 25,15 euros, más el coste del producto insecticida (sin disolución 25,15 euros por litro, diluido 6,55 euros por litro).
    Todos los servicios de desinsectación se realizan según la tarifa señalada anteriormente.
    Los precios se devengarán cuando se inicie la prestación del servicio, aunque se puede exigir un depósito.

    Condiciones de solicitud

    La solicitud puede realizarse durante todo el año.

    Requisitos

    AVISPAS O ABEJAS:
    El avispero o enjambre debe estar a una altura accesible o bien ser fácilmente accesible a través de una ventana o balcón. Si se encuentra a gran altura o en lugar de difícil acceso, como tejados, el aviso debe realizarse a empresas privadas de desinfección.
    Los bomberos actuarán en casos situados en Centros Públicos o lugares públicos de concurrencia como hospitales, colegios, piscinas u otros de similar naturaleza. En elementos de mobiliario urbano como fuentes, farolas, semáforos, señales de tráfico, árboles, etc.
    CUCARACHAS Y OTROS INSECTOS: cumplimiento plazo de seguridad según producto aplicado, para evitar intoxicaciones.

    Documentación a presentar

    El aviso puede hacerse personándose en la Unidad Tramitadora o llamando por teléfono.

    Más información

    Los trabajos de desinsectación de avispas y abejas se realizan siempre a primera hora de la mañana.
    Cuando se detectan enjambres de abejas el servicio de desinsectación se pone en contacto con apicultores interesados, para evitar su eliminación ya que se trata de animales protegidos.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ordenanza Fiscal de 2019, Norma Núm. 10 (Epígrafe I).
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: el aviso se atiende en el mismo día, o al día siguiente si éste se recibe a última hora de la mañana.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: No procede.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Parque de Desinfección y Desratización del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Comprobación de que la persona física firmante de un aval o fianza a presentar ante el Ayuntamiento de Pamplona tiene poder para ello otorgado por la entidad a la que representa.

    Quién puede realizar el trámite

    Cualquier persona física o jurídica.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.

    Requisitos

    La entidad que otorga el aval o la fianza ha de haber bastanteado los poderes otorgados a sus empleados ante el Ayuntamiento de Pamplona.

    Documentación a presentar

    Aval o fianza que se va a presentar ante el Ayuntamiento de Pamplona.

    Más información

    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015) y Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos de Navarra.
    Otras normas generales.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Solicitud para que el Ayuntamiento registre el poder que la entidad solicitante otorga a empleados concretos para que éstos firmen avales y fianzas en nombre de la misma ante el Ayuntamiento de Pamplona.

    Quién puede realizar el trámite

    Bancos, entidades aseguradoras u otras entidades que avalen a empresas o particulares.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Importe

    8,35 euros por bastanteo.

    Condiciones de solicitud

    No hay plazos de solicitud.

    Requisitos

    Ninguno.

    Documentación a presentar

    Documento original de otorgamiento de poder.

    Más información

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    NORMATIVA LEGAL:
    Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015) y Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos de Navarra.
    Ordenanza Fiscal de 2019, Núm. 8 (Epígrafe X).
    Otras normas generales.
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Pamplona

  • Qué es

    Comunicación al Ayuntamiento de un nuevo domicilio fiscal a efectos de notificaciones.

    Quién puede realizar el trámite

    Contribuyente o titular del recibo o de los bienes.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe firmarla electrónicamente y enviarla al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.

    Iniciar trámite>

    Tramitar sin certificado

    Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

    Iniciar trámite>

    Descargar instancia

    Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenarla y firmarla. Si tiene certificado digital puede presentarla en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando en la propia instancia los documentos que considere oportunos. En caso contrario, puede imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

    Descargar instancia>

    PRESENCIAL

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    La solicitud puede realizarse en cualquier momento.
    CANALES DE PRESENTACIÃ?N:
    Registros del Ayuntamiento de Pamplona.
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
    Oficina de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento de Pamplona.

    Requisitos

    Ninguno.

    Documentación a presentar

    IMPRESOS DE SOLICITUD:
    Impreso obtenido en la unidad tramitadora, enviado por el servicio 010 o descargado de la web municipal.
    Escrito indicando: nombre, apellidos y firma de la persona titular; domicilio antiguo y nuevo; número de DNI o CIF; tipo de recibo principal a cambiar (circulación, IAE, etc.).
    En caso de que los datos sean incompletos o erróneos no se procederá a la solicitud. Se intentará contactar con la persona interesada.
    ENTREGA DE LA SOLICITUD:
    Envío por correo postal.
    Envío por e-mail: domiciliaciones@pamplona.es
    En el caso de que la personal solicitante sea distinta de la persona titular, además de su DNI, deberá presentar fotocopia del DNI y autorización de la persona titular.

    Más información

    Si la solicitud se hace con menos de 10 días de antelación a la fecha de fin de pago en voluntario de un recibo, el cambio de domicilio fiscal no tiene efectos para el giro de ese recibo, sino a partir de los siguientes.
    PLAZO DE TRAMITACIÃ?N: inmediato.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÃ?N: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra ( Ley 2/1995, de 10 de marzo; BON núm. 36 de 20/3/95).
    Ley orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal (BOE 298 de 14 de diciembre de 1999).

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Departamento de Tributos Periódicos del Ayuntamiento de Pamplona (antiguo catastro)

  • Qué es

    Comunicación al Ayuntamiento de un nuevo domicilio fiscal a efectos de notificaciones.

    Quién puede realizar el trámite

    Contribuyente o titular del recibo o de los bienes.

    Cómo realizar el trámite

    ON LINE

    Tramitar con certificado

    Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe firmarla electrónicamente y enviarla al Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona.

    Iniciar trámite>

    Tramitar sin certificado

    Esta opción le ayudará a crear una instancia oficial mediante un asistente. Para que tenga efectos jurídicos debe imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

    Iniciar trámite>

    Descargar instancia

    Esta opción descargará una instancia oficial en blanco. Para que tenga efectos jurídicos debe rellenarla y firmarla. Si tiene certificado digital puede presentarla en el Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pamplona, adjuntando en la propia instancia los documentos que considere oportunos. En caso contrario, puede imprimirla y presentarla en cualquiera de las oficinas de Registro Presencial del Ayuntamiento de Pamplona junto al resto de documentación requerida.

    Descargar instancia>

    PRESENCIAL

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    La solicitud puede realizarse en cualquier momento.
    CANALES DE PRESENTACIÓN:
    Registros del Ayuntamiento de Pamplona.
    Sede electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
    Oficina de Atención al Contribuyente del Ayuntamiento de Pamplona.

    Requisitos

    Ninguno.

    Documentación a presentar

    IMPRESOS DE SOLICITUD:
    Impreso obtenido en la unidad tramitadora, enviado por el servicio 010 o descargado de la web municipal.
    Escrito indicando: nombre, apellidos y firma de la persona titular; domicilio antiguo y nuevo; número de DNI o CIF; tipo de recibo principal a cambiar (circulación, IAE, etc.).
    En caso de que los datos sean incompletos o erróneos no se procederá a la solicitud. Se intentará contactar con la persona interesada.
    ENTREGA DE LA SOLICITUD:
    Envío por correo postal.
    Envío por e-mail: domiciliaciones@pamplona.es
    En el caso de que la personal solicitante sea distinta de la persona titular, además de su DNI, deberá presentar fotocopia del DNI y autorización de la persona titular.

    Más información

    Si la solicitud se hace con menos de 10 días de antelación a la fecha de fin de pago en voluntario de un recibo, el cambio de domicilio fiscal no tiene efectos para el giro de ese recibo, sino a partir de los siguientes.
    PLAZO DE TRAMITACIÓN: inmediato.
    SILENCIO ADMINISTRATIVO: no procede.
    RESOLUCIÓN: no procede.
    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra ( Ley 2/1995, de 10 de marzo; BON núm. 36 de 20/3/95).
    Ley orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal (BOE 298 de 14 de diciembre de 1999).

    Información relacionada

    Órgano gestor

    Departamento de Tributos Periódicos del Ayuntamiento de Pamplona (antiguo catastro)

  • Qué es

    Obtención del carné internacional de profesor (International Teacher Identity Card - ITIC), que ofrece descuentos en transporte, alojamiento, cursos de idiomas, actividades culturales en todo el mundo, etc. (los beneficios de la International Student Travel Confederation).

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Importe

    Tasa correspondiente (ver enlace).

    Condiciones de solicitud

    La validez del Carné Internacional de Profesor es de un curso escolar y además de septiembre a diciembre del siguiente año.

    Requisitos

    1 año natural, a partir de la fecha de emisión.

    Documentación a presentar

    Formulario de solicitud (castellano) (euskera) cumplimentado, acompañado de la siguiente documentación:
    Fotocopia del DNI o pasaporte.
    Justificante de ingreso de 9 euros.
    1 fotografía de tamaño carné.
    Documento que acredite la condición de profesor.

    Dirección en internet

    • Catálogo de Servicios

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Instituto Navarro de Juventud

    NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.

  • Qué es

    Obtención del carné para las bibliotecas públicas de Navarra.

    Cómo realizar el trámite

    PRESENCIAL

    Importe

    Gratuito.

    Condiciones de solicitud

    En todas las bibliotecas públicas de Navarra y en la página web http://www.navarra.es

    Requisitos

    Ninguno.

    Documentación a presentar

    1 fotografías tamaño carné (optativa).
    DNI.
    Impreso de solicitud, que le facilitarán en la propia biblioteca.
    Los menores de 14 años entregarán, además, una autorización firmada por su padre, madre o tutor.
    La biblioteca avisará cuando se puede recoger el carné. En el momento de retirar el carné le será requerida su firma y la presentación del DNI o pasaporte.

    Más información

    Plazo de tramitación: entre 1 y 2 días.

    Dirección en internet

    Ã?rgano gestor

    Departamento de Cultura y Deporte (Gobierno de Navarra)

    NOTA: El Ayuntamiento de Pamplona no se responsabiliza de los datos referentes a otras entidades.

  • Qué es

    El expediente de matrimonio civil se inicia siempre en el Registro Civil (ver ficha relacionada) o Juzgado de Paz (en su caso) de la localidad de empadronamiento de uno de los contrayentes.
    La celebración del matrimonio civil (trámites de lectura de los artículos del Código Civil, consentimientos de los contrayentes, declaración de matrimonio celebrado y firma de actas) puede realizarse en el Juzgado, ante notario o en un ayuntamiento (a elección de los contrayentes y una vez finalizado el trámite del expediente iniciado en el Registro Civil o Juzgado de Paz).
    En caso de solicitar la celebración en el Ayuntamiento de Pamplona, ver ficha relacionada "Matrimonio civil en el Ayuntamiento de Pamplona - Solicitud".

    Condiciones de solicitud

    Información de enlaces civiles: 948-420123.

    Requisitos

    Cualquier persona, empadronada o no en el municipio, puede celebrar su boda en el Ayuntamiento de Pamplona.

    Más información

    LUGAR: en el recinto de la Ciudadela (Sala Lidia Biurrun).
    CUÁNDO: todos los viernes y sábados. Quedarán excluidos aquellos días en los que concurran actos o acontecimientos especiales, así como los festivos.
    En el año 2019, se exceptúan: 4 y 5 de enero; 19 de abril; 31 de mayo; 1 de junio (18:30 h., 19:00 h., 19:30 h. y 20:00 h.); 8 de junio (18:30 h., 19:00 h., 19:30 h. y 20:00 h.); 15 de junio; 5, 6, 12 y 13 de julio; 12 de octubre; 1 de noviembre; 29 de noviembre y 6 de diciembre.
    HORARIO:
    Viernes: 18:30 h.
    19:00 h.
    19:30 h.
    20:00 h.
    Sábados: 12:00 h.
    12:30 h.
    13:00 h.
    13:30 h.
    Sábados: 18:30 h.
    19:00 h.
    19:30 h.
    20:00 h. (de mayo a octubre, ambos incluidos).
    Se celebrarán un máximo de 4 ceremonias en cada uno de los tramos horarios habilitados.
    DURACIÃ?N máxima de la celebración: 25 minutos (incluidas las variantes que se introduzcan, fotos y desalojo de la zona de acceso).
    PRESIDENTE: cualquier concejal/a o grupo político de la Corporación a elección de los contrayentes, siempre que hubiera disponibilidad.
    OTROS ASPECTOS:
    IDIOMA: los contrayentes pueden optar por el idioma (castellano o euskera) y acordar con la Oficina de Enlaces Civiles otros aspectos de la ceremonia: anillos, lecturas complementarias, etc., según su criterio y tiempo disponible.
    FLORES: los contrayentes no pueden aportar adornos florales ya que los hay en el lugar de la ceremonia.
    MÃ?SICA: la Ciudadela cuenta con una música grabada establecida. Los contrayentes podrán aportar grupo musical o de danza que deseen, a su cargo. No podrán variar la música grabada.
    IMÁGENES de vídeo o fotografía: a cargo de los novios.
    COHETES Y OTROS: está prohibido lanzar, cohetes, petardos, tracas y similares, así como otro tipo de productos que no sean arroz o pétalos de flores.
    NÃ?MERO DE ASISTENTES: capacidad para 120 personas aprox. La sala cuenta con 60 sillas ya colocadas para uso de los asistentes. Si alguien quiere ver cómo se desarrolla una boda lo puede hacer, con la debida discreción y respeto.
    VESTIMENTA: no existe ninguna norma al respecto.
    ACCESO CON VEHÍCULOS: la Oficina de Enlaces Civiles comunica a Seguridad Ciudadana la fecha, hora de la boda y el número de matrícula de los vehículos para que la Policía Municipal permita acceder y estacionar hasta dos vehículos (contrayentes) y un tercero (personas con movilidad reducida). Acceso: por la Avenida del Ejército.
    DESARROLLO DE LA CEREMONIA:
    El presidente recibirá a los novios. La ceremonia dura aproximadamente 10 minutos (si no se añaden otros aspectos como música, lecturas u otros) y consta de:
    Palabras de bienvenida del Presidente.
    Lectura de los tres artículos del Código Civil relativos a los derechos y deberes de los cónyuges.
    Pregunta a los contrayentes sobre su consentimiento.
    Los declara unidos en matrimonio.
    Firma de las actas: contrayentes, testigos y Presidente.
    Palabras de felicitación del Presidente y conclusión de la ceremonia.
    NOTA INFORMACIÃ?N INTERNA: en caso de que el mismo día de la boda alguno de los testigos o ambos no puedan acudir a la ceremonia, deberán acudir los nuevos testigos a la Ciudadela poco antes de la ceremonia con una fotocopia de su DNI y presentarse al administrativo de guardia.
    Libro de Familia: Registro Civil.
    Separación de Bienes: Notario.

    Información relacionada

    Ã?rgano gestor

    Oficina de Enlaces Civiles del Ayuntamiento de Pamplona

    Documentos asociados

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