Presentación de Justificación Económica de Subvenciones de Creación y Fomento del Empleo
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Las entidades beneficiarias de una subvención obtenida en esta convocatoria deberán, una vez finalizado el período subvencionado, aportar la documentación pertinente con objeto de acreditar debidamente, en tiempo y forma, el mantenimiento del objeto subvencionado mediante los documentos y justificantes de pago pertinentes, cumpliéndose así la finalidad por la cual se otorgó la subvención.
Tramitación
- Online
- A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas, los 365 días del año, mediante acceso con certificado electrónico.
- Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online
Destinatarios
Serán destinatarios de este procedimiento las personas físicas y jurídicas que hayan obtenido una subvención en esta convocatoria.
Documentación relacionada
PARA LA PRESENTACIÓN DE LA JUSTIFICACIÓN ECONÓMICA DEBERÁ:
- Cumplimentar el formulario Instancia de presentación (se realizará con la propia tramitación de la presentación electrónica).
- Cumplimentar el formulario Cuenta justificativa simplificada (Desde este enlace podrán descargar el documento para, una vez cumplimentado y transformado a formato pdf, adjuntarlo a la solicitud).
- Aportar la documentación justificativa requerida mediante notificación.
El tamaño máximo por archivo es de 10 MB con la extensión pdf, pudiendo adjuntar hasta 3 archivos en este procedimiento.
Evite imprimir la documentación solicitada para posteriormente escanearla en un único archivo, si finalmente tuviera que hacerlo; utilice una resolución máxima para el escaneo de documentos de 200x200 ppp.
Si ya tiene varios archivos pdf electrónicos/digitales puede unirlos con el siguiente programa gratuito PDFsam Basic, disponible en el siguiente enlace https://pdfsam.org/es/
Modelos para descargar
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
Forma de inicio
De oficio, mediante requerimiento de la documentación a presentar.
Coste y forma de pago
Gratuito.
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de este procedimiento será de 3 meses a contar desde el día siguiente al de la presentación de la documentación justificativa.
Efecto del silencio administrativo
Negativo, de conformidad con el art. 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órganos Competentes
Unidad tramitadora: Servicio de Empleo.
Órgano de resolución: Teniente de Alcalde de Seguridad Ciudadana y Gestión Económica
Recursos
Tipo de alegación o recurso:
Potestativo de Reposición: (Art. 123 y 124, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Extraordinario de Revisión. (Cuando concurran los supuestos del art. 125, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Contra la resolución, expresa o presunta, del recurso en vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso Administrativo ante la Jurisdicción Contenciosa.
Órgano de interposición:
Vía administrativa: El mismo órgano que dicta la resolución
Vía contenciosa: Ante el órgano competente en el orden jurisdiccional Contencioso-Administrativo.
Plazo de presentación del recurso
Recurso potestativo de reposición: Un mes, si el acto fuera expreso.
Si el acto es presunto, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que hubiera debido dictarse resolución expresa.
Recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Fundamento legal
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Murcia, de 26 de febrero de 2004 (B.O.R.M. de 12-5-2004).
Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal vigente.
Convocatoria pública y bases para la concesión de subvenciones para la creación y fomento del empleo en el municipio de Murcia. Ejercicio 2018 aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 4 de mayo de 2018, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia BORM Nº 116, de 22 de mayo de 2018.
Convocatoria pública y bases para la concesión de subvenciones para la creación y fomento del empleo en el municipio de Murcia. Ejercicio 2019 aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 24 de mayo de 2019, publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia BORM Nº 141, de 21 de junio de 2019.
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Servicio de Empleo
Calle Azarbe del Papel, 22
30007 Murcia / 968 200 293
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www.murciaemplea.es