Pago de Cuotas a la Comunidad de Propietarios de Bienes Titularidad Municipal
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El Ayuntamiento. como titular de determinados bienes inmuebles, en régimen de propiedad horizontal o como miembro de la entidad urbanística, debe pagar y contribuir en las cantidades necesarias para el sostenimiento de los gastos generales que recaigan sobre estos.
Tramitación
- Online
Se podrá presentar la solicitud:
- En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
- A través de esta Sede Electrónica durante las 24 horas dentro del plazo de presentación de solicitudes, mediante acceso con certificado electrónico.
Puede consultar la Ayuda acerca de cómo presentar su solicitud online
Destinatarios
Entidades sin personalidad jurídica
Documentación relacionada
Todos los documentos que acrediten los gastos comunitarios generados y, en especial el Acta de la Junta que se deberá presentar en un formato legible, especialmente en documento word convertido en PDF.
Modelos para descargar
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
Forma de inicio
Solicitud de parte o de oficio.
Plazo de resolución
El plazo máximo en que debe notificarse la resolución expresa es de tres meses (art. 21 Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
Órganos Competentes
Unidad tramitadora
Servicio de Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Murcia.
Órgano de resolución
Junta de Gobierno Local.
Recursos
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes si el acto fuera expreso.
Si el acto no fuera expreso, el solicitante u otros posibles interesados podrán interponer recurso de reposición, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que de acuerdo con su normativa especifica. Art. 124 Ley 39/2015
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Fundamento legal
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Ley 33/2003 de noviembre, Ley del Patrimonio de las Administraciones Publicas.
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Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de bienes de las Entidades Locales.
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Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
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Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de régimen local.
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Ley 49/1960 , de 21 de julio de Propiedad Horizontal.
Observaciones
Objeto del procedimiento
Contribuir al pago de gastos que generan los bienes inmuebles siempre en proporción a total del inmueble. Todo ello, determina el importe de la cuota de comunidad para hacer frente a los gastos comunes, a los gastos extraordinarios o derramas.
Requisitos de solicitud
Se estará a lo previsto en Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.