Devolución Garantía para responder de Ejecución de Obras o Desperfectos en la Vía Pública

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

Los promotores de obras con título habilitante podrán solicitar la devolución de la garantía constituida para responder de la ejecución de obras de urbanización o de posibles desperfectos en la vía pública.

Tramitación

  • Presencial

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Destinatarios

Promotores de obras.

Documentación relacionada

  • Original de la carta de pago de la garantía.
  • Copia del título habilitante a que corresponda la garantía
  • En el supuesto de que la garantía haya sido depositada en metálico, número de cuenta bancaria, código IBAN, donde realizar la transferencia.

Modelos para descargar

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Forma de inicio

El procedimiento se iniciará por medio de una solicitud que será presentada por el interesado en el Registro del Ayuntamiento, adjuntando a la misma toda la documentación necesaria.
Una vez presentada la solicitud y la documentación por el interesado, se llevará a cabo un examen de la misma a efectos de determinar una posible necesidad de subsanación, bien por falta de aportación de determinados documentos o bien por existencia de defectos formales o materiales.

Coste y forma de pago

Gratuito.

Plazo de resolución

Tres meses (art. 21.3 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Efecto del silencio administrativo

Positivo (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

Órganos Competentes

Unidad tramitadora

Servicio Administrativo de Disciplina Urbanística. Sección de Licencias de Edificación.

Órgano de resolución

Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta.

Recursos

Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dicta la resolución, en el plazo de un mes a contar del día siguiente al de recepción de la notificación, o directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
  • Ordenanza Municipal de Edificación y Uso del Suelo.

Observaciones

Objeto del procedimiento

Devolución de la garantía constituida por los promotores de obras sujetas a título habilitante, para responder de la ejecución de obras de urbanización o de posibles desperfectos en la vía pública.

Requisitos de solicitud

La solicitud deberá contener los siguientes datos:

  • Número del expediente de obras objeto del título habilitante.
  • Nombre y apellidos del depositario de la fianza/aval.
  • Referencia catastral del inmueble objeto de licencia.



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