Denuncia por infracción de la Ordenanza del Servicio de Bicicletas Públicas del Municipio de Murcia

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

Sancionar Infracciones a lo dispuesto en la ORDENANZA DEL SERVICIO DE BICICLETAS PÚBLICAS DEL MUNICIPIO DE MURCIA.

Tramitación

  • Presencial

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro, en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y Registro Electrónico General.

Modelos para descargar

En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite

Forma de inicio

De oficio por acuerdo del órgano competente que actúa como consecuencia de denuncia.

Plazo de resolución

Seis meses (Art. 12 Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004) y Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Efecto del silencio administrativo

Caducidad (Art. 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Órganos Competentes

Unidad tramitadora

Negociado de Sanciones-Ordenanzas perteneciente al Servicio de Sanciones.

Órgano de resolución

Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Agua y Huerta. (Delegación Decreto 22-02-2018).

Recursos

El pago voluntario de la sanción en momento anterior a la resolución, preferiblemente dentro de los 15 días siguientes a la notificación de inicio del procedimiento, implicará una reducción del 20%. Si además el infractor reconoce su responsabilidad, la reducción será del 40%. La efectividad de las citadas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. (Art. 85.3 Ley 39/2015).

Alegaciones

Alegaciones al inicio del procedimiento: plazo 15 días desde notificación de inicio, ante el Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Agua y Huerta.

Alegaciones a propuesta de resolución: plazo 15 días desde notificación de propuesta, ante la Jefe de Servicio de Sanciones.

Tipo de alegación o recurso:

Recurso de Reposición 1 mes ante el Teniente de Alcalde Delegado de Urbanismo, Medio Ambiente, Agua y Huerta.

Recurso Económico-Administrativo 1 mes ante el Consejo Económico-Administrativo de Murcia.

Recurso Contencioso-Administrativo 2 meses ante Órgano Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
  • Ordenanza Reguladora del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004)
  • Ordenanza del Servicio de Bicicletas Públicas del Municipio de Murcia.

Observaciones

Objeto del procedimiento

Poner a disposición de los habitantes de Murcia y de las personas que visiten la Ciudad un sistema de alquiler y préstamo de bicicletas para desplazamientos urbanos con la intención de fomentar el uso de este vehículo sostenible y saludable.

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