Denuncia por Infracción de la Ordenanza de Limpieza Viaria
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Sancionar Infracciones a lo dispuesto en la Ordenanza de Limpieza Viaria.
Tramitación
- Presencial
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro, en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y Registro Electrónico General.
Destinatarios
Personas Físicas o Entidades Jurídicas.
Modelos para descargar
En esta sección podrá descargarse los modelos autorrellenables del trámite
Forma de inicio
De oficio por acuerdo del órgano competente que actúa como consecuencia de denuncia.
Coste y forma de pago
Gratuito.
Plazo de resolución
Seis meses (Art. 12 Ordenanza Reguladora del Procedimiento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004) y Art. 21.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Efecto del silencio administrativo
Caducidad (Art. 25 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Órganos Competentes
Unidad tramitadora
Negociado de Sanciones-Ordenanzas perteneciente al Servicio de Sanciones.
Órgano de resolución
Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos. (Delegación Decreto 22-02-2018).
Recursos
El pago voluntario de la sanción en momento anterior a la resolución, preferiblemente dentro de los 15 días siguientes a la notificación de inicio del procedimiento, implicará una reducción del 20%. Si además el infractor reconoce su responsabilidad, la reducción será del 40%. La efectividad de las citadas reducciones estará condicionada al desistimiento o renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. (Art. 85.3 Ley 39/2015).
Alegaciones
Alegaciones al inicio del procedimiento: plazo 15 días desde notificación de inicio, ante el Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos.
Alegaciones a propuesta de resolución: plazo 15 días desde notificación de propuesta, ante la Jefe de Servicio de Sanciones.
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de Reposición 1 mes ante el Teniente de Alcalde Delegado de Infraestructuras, Obras y Servicios Públicos.
Recurso Económico-Administrativo 1 mes ante el Consejo Consejo Económico Administrativo de Murcia.
Recurso Contencioso-Administrativo 2 meses ante Órgano Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Fundamento legal
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Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
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Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Ordenanza Reguladora del procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración Pública del Excmo. Ayuntamiento de Murcia (B.O.R.M. de 10 de junio de 2004).
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Ordenanza de Limpieza Viaria.
Observaciones
Objeto del procedimiento
Promover la minimización de la producción de residuos, así como la peligrosidad e impacto en el medio ambiente, así como la reutilización y la recogida diferenciada y selectiva en diferentes fracciones.