Control de Aguas de Aljibe

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

La tradición de la huerta murciana y la escasez de agua llevaron a la recogida de agua de lluvia para utilizarla para beber. El Ayuntamiento a través del Laboratorio Municipal desarrolla un programa de Control de aguas no conectadas a la red de abastecimiento consistente en el Control de Aljibes (receptáculo de recogida de aguas de lluvia) para conocer la potabilidad de las mismas atendiendo al RD 140/2003.

Tramitación

  • Presencial

Laboratorio Municipal de Murcia y a través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Destinatarios

Personas físicas y Entidades Jurídicas.

Forma de inicio

El procedimiento se iniciará con la presentación de la muestra en las dependencias del Laboratorio Municipal recogida según las normas especificadas en el apartado OBSERVACIONES y la firma de una “solicitud de análisis” proporcionada por el mismo.

Coste y forma de pago

Gratuito.

Plazo de resolución

3 meses (Art. 21 Ley 39/2015).

Efecto del silencio administrativo

Negativo (Art. 24 de Ley 39/2015 PAC)

Órganos Competentes

Unidad tramitadora

Servicios Municipales de Salud/Laboratorio Municipal.

Órgano de resolución

Concejal Delegado de Deportes y Salud.

Recursos

Tipo de alegación o recurso:

Recurso de reposición. (Art. 123. Ley 39/2015)
Recurso contencioso-administrativo.(Art. 123. Ley 39/2015)


Órgano de interposición:

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


Plazo de presentación

Recurso de reposición : Un mes.
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

Observaciones

Objeto del procedimiento

Controlar que las aguas de lluvia recogidas en los aljibes sean aptas para el consumo según el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo.

Requisitos de solicitud

El aljibe debe de encontrarse en el Termino Municipal de Murcia.

Normas de recogida de aguas de deposito

Resultado
Los resultados de aptitud o no del agua para el consumo se informarán telefónicamente mediante llamada del interesado al laboratorio.

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