Autorización para prestación de transporte escolar

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.

Instancia General

Autorización para poder llevar a cabo el servicio de transporte escolar.

Tramitación

  • Presencial

A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).

Destinatarios

Personas jurídicas.

Documentación relacionada

  • Contrato con el centro escolar para la prestación del servicio con la identificación fiscal del contratante y periodo por el que se contrata.
  • Documentación de los vehículos, permiso de circulación, ficha técnica en vigor, seguro con cobertura de 50 millones de euros y tarjeta del vehículo en vigor.
  • Contrato para prestar el servicio con empresa colaboradora y documentación de los vehículos de ésta.
  • Itinerarios, paradas, ruta, inicio y destino final.
  • Número de expediciones y horario.
  • Vehículos afectados al servicio.

Forma de inicio

A instancia de la empresa.

Plazo de resolución

3 meses, art. 21 Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Efecto del silencio administrativo

Negativo (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre)

Órganos Competentes

Unidad tramitadora

Servicio Administrativo de Transportes.

Órgano de resolución

Teniente de Alcalde Delegado de Fomento.

Recursos

Tipo de alegación o recurso:

Recurso de reposición.
Recurso contencioso-administrativo.


Órgano de interposición:

Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.


Plazo de presentación

Recurso de reposición : Un mes
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.

  • Ley 10/2015 Transporte urbano e interurbano en la región de Murcia.
  • Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.
  • Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
  • Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
  • Ley 39/2015 de 1 de octubre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Observaciones

Objeto del procedimiento

Autorización para poder prestar el servicio de transporte regular de viajeros de uso especial de escolares, para el curso escolar.

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Expansión
EFE Emprende
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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.