Autorización para prestación de transporte escolar
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Si lo desea, puede iniciar este trámite en la Sede Electrónica a través del procedimiento Instancia General, teniendo en cuenta que debe cumplir los requisitos y aportar la documentación exigida para este trámite.
Autorización para poder llevar a cabo el servicio de transporte escolar.
Tramitación
- Presencial
A través de las Oficinas municipales de Información y Registro y en cualesquiera dependencias habilitadas para la recepción de solicitudes (Art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Destinatarios
Personas jurídicas.
Documentación relacionada
- Contrato con el centro escolar para la prestación del servicio con la identificación fiscal del contratante y periodo por el que se contrata.
- Documentación de los vehículos, permiso de circulación, ficha técnica en vigor, seguro con cobertura de 50 millones de euros y tarjeta del vehículo en vigor.
- Contrato para prestar el servicio con empresa colaboradora y documentación de los vehículos de ésta.
- Itinerarios, paradas, ruta, inicio y destino final.
- Número de expediciones y horario.
- Vehículos afectados al servicio.
Forma de inicio
A instancia de la empresa.
Plazo de resolución
3 meses, art. 21 Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Efecto del silencio administrativo
Negativo (art. 24 Ley 39/2015, de 1 de octubre)
Órganos Competentes
Unidad tramitadora
Servicio Administrativo de Transportes.
Órgano de resolución
Teniente de Alcalde Delegado de Fomento.
Recursos
Tipo de alegación o recurso:
Recurso de reposición.
Recurso contencioso-administrativo.
Órgano de interposición:
Recurso de reposición: Ante el mismo órgano que dictó el acto.
Recurso contencioso-administrativo: Ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
Plazo de presentación
Recurso de reposición : Un mes
Recurso contencioso-administrativo: Dos meses.
Fundamento legal
- Ley 10/2015 Transporte urbano e interurbano en la región de Murcia.
- Real Decreto 443/2001, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.
- Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
- Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres.
- Ley 39/2015 de 1 de octubre, Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Observaciones
Objeto del procedimiento
Autorización para poder prestar el servicio de transporte regular de viajeros de uso especial de escolares, para el curso escolar.