Requisitos para Contratar con el Ayuntamiento de Móstoles
Información Rápida
Objetivo
Informar sobre los requisitos y documentación necesaria para contratar con el Ayuntamiento de Móstoles.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar y que cumplan con los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Tener plena capacidad de obrar.
- No estar incurso en prohibición de contratar.
- Tener solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- Tener habilitación empresarial o profesional exigible.
Duración del trámite
Variable, depende del tipo de contrato.
Resumen
Esta página informa sobre los requisitos y la documentación necesaria para poder contratar con el Ayuntamiento de Móstoles.
Condiciones para contratar
Para poder contratar con el Ayuntamiento de Móstoles, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Ser persona física o jurídica, española o extranjera, con plena capacidad para actuar.
- Si es persona jurídica, su actividad debe corresponderse con el objeto del contrato.
- No estar incurso en ninguna prohibición para contratar con la administración.
- Tener la solvencia económica, financiera y técnica o profesional necesaria para el contrato. En algunos casos, se exigirá clasificación empresarial vigente.
- Tener la habilitación empresarial o profesional necesaria para realizar la actividad objeto del contrato.
Documentación a presentar
La documentación exigida se detalla en los pliegos de condiciones de cada contrato. A continuación, se indica la documentación común que se suele solicitar:
Sobre A: Documentación Administrativa
- Relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
- Si es persona física: DNI o pasaporte.
- Si es persona jurídica:
- Escritura de constitución, estatutos o acto fundacional inscritos en el Registro correspondiente.
- Escritura o documento que justifique el poder para contratar con la administración a favor de quien firma la propuesta.
- DNI del apoderado.
- Declaración de no estar incurso en prohibición de contratar y de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (según modelo del pliego).
- Acreditación de la solvencia técnica o profesional (según modelo del pliego).
- Acreditación de la solvencia económica y financiera (según modelo del pliego).
- Certificado de clasificación empresarial vigente, si se exige.
- Resguardo de haber constituido garantía provisional en la Tesorería municipal, si se exige.
- En su caso, declaración de constitución en UTE (según modelo del pliego).
- En su caso, certificación de existencia de número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% del total de su plantilla.
- Certificado vigente de inscripción en el Registro de Contratistas.
- Declaración jurada de la validez y vigencia de los datos reflejados en el certificado (según modelo del pliego).
Sobre B: Oferta económica
- Una sola propuesta escrita a máquina y firmada, redactada según el modelo del Anexo I del Pliego de cláusulas administrativas particulares.
- En su caso, los Anexos al modelo de proposición económica.
- No se aceptarán propuestas con:
- Contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.
- Falta de concordancia con la documentación examinada y admitida.
- Importe superior al presupuesto o tipo máximo de licitación.
- Error manifiesto en el importe de la proposición.
- Variación sustancial del modelo de proposición establecido en el Anexo I del Pliego.
- Reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
- En caso de discrepancia entre la oferta en letras y en números, prevalecerá la cantidad en letras.
- Cada licitador solo puede presentar una proposición económica, salvo que el pliego autorice soluciones variantes.
Sobre C: Documentación técnica, en su caso
Dossier paginado con índice que recoja los aspectos relativos a los criterios de valoración para la adjudicación del concurso.
Notas aclaratorias
- Los documentos pueden ser originales, copias autenticadas o copias compulsadas por las oficinas municipales de la Dirección de Contratación.
- Una vez agotados los plazos para recursos, la documentación estará a disposición de los interesados. Transcurridos tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá destruir la documentación no retirada.