Requisitos para Contratar con el Ayuntamiento de Móstoles

Actualizado el 22 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Informar sobre los requisitos y documentación necesaria para contratar con el Ayuntamiento de Móstoles.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, con plena capacidad de obrar y que cumplan con los requisitos establecidos.

Requisitos principales

  • Tener plena capacidad de obrar.
  • No estar incurso en prohibición de contratar.
  • Tener solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
  • Tener habilitación empresarial o profesional exigible.

Duración del trámite

Variable, depende del tipo de contrato.

Resumen

Esta página informa sobre los requisitos y la documentación necesaria para poder contratar con el Ayuntamiento de Móstoles.

Condiciones para contratar

Para poder contratar con el Ayuntamiento de Móstoles, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  1. Ser persona física o jurídica, española o extranjera, con plena capacidad para actuar.
    • Si es persona jurídica, su actividad debe corresponderse con el objeto del contrato.
  2. No estar incurso en ninguna prohibición para contratar con la administración.
  3. Tener la solvencia económica, financiera y técnica o profesional necesaria para el contrato. En algunos casos, se exigirá clasificación empresarial vigente.
  4. Tener la habilitación empresarial o profesional necesaria para realizar la actividad objeto del contrato.

Documentación a presentar

La documentación exigida se detalla en los pliegos de condiciones de cada contrato. A continuación, se indica la documentación común que se suele solicitar:

Sobre A: Documentación Administrativa

  1. Relación de todos los documentos incluidos en este sobre.
  2. Si es persona física: DNI o pasaporte.
  3. Si es persona jurídica:
    • Escritura de constitución, estatutos o acto fundacional inscritos en el Registro correspondiente.
    • Escritura o documento que justifique el poder para contratar con la administración a favor de quien firma la propuesta.
    • DNI del apoderado.
  4. Declaración de no estar incurso en prohibición de contratar y de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (según modelo del pliego).
  5. Acreditación de la solvencia técnica o profesional (según modelo del pliego).
  6. Acreditación de la solvencia económica y financiera (según modelo del pliego).
  7. Certificado de clasificación empresarial vigente, si se exige.
  8. Resguardo de haber constituido garantía provisional en la Tesorería municipal, si se exige.
  9. En su caso, declaración de constitución en UTE (según modelo del pliego).
  10. En su caso, certificación de existencia de número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% del total de su plantilla.
  • Certificado vigente de inscripción en el Registro de Contratistas.
  • Declaración jurada de la validez y vigencia de los datos reflejados en el certificado (según modelo del pliego).

Sobre B: Oferta económica

  • Una sola propuesta escrita a máquina y firmada, redactada según el modelo del Anexo I del Pliego de cláusulas administrativas particulares.
  • En su caso, los Anexos al modelo de proposición económica.
  • No se aceptarán propuestas con:
    • Contradicciones, omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.
    • Falta de concordancia con la documentación examinada y admitida.
    • Importe superior al presupuesto o tipo máximo de licitación.
    • Error manifiesto en el importe de la proposición.
    • Variación sustancial del modelo de proposición establecido en el Anexo I del Pliego.
    • Reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.
  • En caso de discrepancia entre la oferta en letras y en números, prevalecerá la cantidad en letras.
  • Cada licitador solo puede presentar una proposición económica, salvo que el pliego autorice soluciones variantes.

Sobre C: Documentación técnica, en su caso

Dossier paginado con índice que recoja los aspectos relativos a los criterios de valoración para la adjudicación del concurso.

Notas aclaratorias

  1. Los documentos pueden ser originales, copias autenticadas o copias compulsadas por las oficinas municipales de la Dirección de Contratación.
  2. Una vez agotados los plazos para recursos, la documentación estará a disposición de los interesados. Transcurridos tres meses desde la adjudicación, la Administración podrá destruir la documentación no retirada.

Preguntas frecuentes


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