Domiciliación bancaria

Actualizado el 21 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite domiciliar el pago de tributos municipales de cobro periódico en una cuenta bancaria y obtener una bonificación si se cumplen los requisitos.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de impuestos municipales de cobro periódico (IBI, IVTM).

Requisitos principales

  • Ser titular del objeto tributario (IBI, IVTM).
  • Tener una cuenta bancaria en una entidad financiera o caja de ahorros.
  • Si el titular de la cuenta es diferente al sujeto pasivo, la orden de domiciliación la debe expedir el titular de la cuenta.

Duración del trámite

Indefinido (mientras se mantenga la domiciliación).

Información adicional

La bonificación del 3% se aplica si se domicilian todos los objetos tributarios (IBI urbano e IVTM) a nombre del contribuyente.

Resumen

Puede domiciliar el pago de sus impuestos municipales (recibos) de cobro periódico en una cuenta bancaria. Si el titular de la cuenta no es el mismo que el titular del impuesto, el titular de la cuenta debe dar la orden de domiciliación.

Bonificación: Si domicilia el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y/o el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), recibirá una bonificación del 3% en cada recibo. Para obtener la bonificación, debe domiciliar todos los IBI urbanos e IVTM a su nombre.

Solicitud de domiciliación bancaria para el pago de tributos

Cómo hacerlo

  1. Presente una "orden de domiciliación" al Ayuntamiento.
  2. Indique los impuestos que desea domiciliar.
  3. Especifique la cuenta bancaria donde se realizará el cargo.

Preguntas frecuentes


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