Subvenciones institucionales para personas físicas residentes en Melilla para la adquisición de bicicletas destinadas a desplazamientos urbanos

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejería

Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

Dirección General

Dirección General de Deportes

Quien puede solicitar

Persona Física

Descripción del Procedimiento

La Solicitud se deberá presentar junto con toda la documentación establecida durante el plazo de presentación de solicitud, el cual vendrá determinado en la Orden de la Convocatoria y tendrá una duración mínima de dos meses hasta que se agote la partida presupuestaria establecida en la mencionada Orden de la Convocatoria.

Un técnico de la Consejería competente en materia de deportes, procederá a la comprobación de la documentación, así como la existencia de disponibilidad presupuestaria.

Si la solicitud cumple con todos los requisitos y lo dispuesto en el apartado anterior, se procederá a informar favorablemente por parte de un técnico de la Dirección General de Juventud y Deportes, procediéndose a la concesión de la subvención por parte del Consejero/a competente en materia de actividad física y deportiva mediante Orden Resolutiva, de la cual se dará traslado al interesado.

En el plazo de diez días deberá retirar en las dependencias de la Dirección General de Juventud y Deportes, el vale por el importe concedido, el cual deberá entregar en el comercio al que le solicitó la factura pro-forma para la adquisición del modelo de bicicleta descrito en la mencionada factura. El plazo máximo para adquirir la bicicleta en el comercio será de treinta días desde la retirada del vale en las dependencias de la Dirección General de Juventud y Deportes, caducando el mencionado vale a la finalización de este periodo.

Una vez adquirida la bicicleta, el comercio le facturará a la Dirección General de Juventud y Deportes el importe del vale, el cual deberá adjuntar a la factura junto con una fotocopia del DNI del beneficiario. El resto del importe deberá ser facturado al interesado, el cual deberá satisfacerlo ante el comercio vendedor.

En caso de que no existiera disponibilidad presupuestaria, o el solicitante no cumpliera los requisitos establecidos, se elevará un informe-propuesta por parte del Instructor del procedimiento, el cual se comunicará al solicitante, procediéndose a la denegación de la solicitud mediante Orden del Consejero/a competente en materia de actividad física y deportiva.

Una vez finalizado el plazo de solicitudes y resuelta todas las presentadas, la Consejería competente en materia de actividad y deportiva deberá publicar la relación de beneficiarios en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, en la que se indicará, al menos, los siguientes conceptos:

  1. Nombre y apellidos.
  2. DNI.
  3. Importe de la ayuda otorgada.

Requisitos

  • Ser residente en la Ciudad Autónoma de Melilla, con al menos dos años de antigüedad en el momento de la correspondiente convocatoria.
  • Tener, al menos, dieciocho años de edad cumplidos en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria.
  • Haber justificado las subvenciones recibidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Encontrarse al corriente de pago con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria y Recaudación de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Las personas que resulten beneficiarias de subvenciones para la adquisición de bicicletas no podrán volver a obtener la condición de beneficiarios hasta que transcurran tres años de la finalización de la convocatoria en la cual resultaron beneficiarios.

Documentación de inicio

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia de DNI.
  • Factura pro-forma de la bicicleta a adquirir en la que se deben contener los siguientes aspectos: nombre, CIF, dirección, teléfono de contacto, número de factura, fecha, sello y firma del comercio vendedor; nombre, apellidos, dirección y DNI del comprador; descripción completa de la bicicleta a adquirir (marca, modelo, color, potencia en el caso de contar con asistencia al pedaleo y características principales); precio final de la bicicleta con impuestos incluidos.
  • Declaración responsable de no percibir ninguna otra ayuda o subvención para el mismo fin que el establecido en las bases de la convocatoria.
  • Acreditarse de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
  • Autorización a la Ciudad Autónoma de Melilla a la consulta de los datos de empadronamiento, datos tributarios de la AEAT y de la administración tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como de justificación de las subvenciones concedidas por esta administración.

Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.


Plazo de Presentación

El establecido en la convocatoria (dos meses desde la publicación mientras exista dotación económica).

Impuestos y/o tasas vinculadas

No

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

Efectos presuntos

Negativo

Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local, de 2 de abril. BOE núm. 80 de 3 de abril de 1985.
  • Decreto de Atribución de Competencias a las Consejerías de la Ciudad, BOME extraordinario núm. 20 de 26 de agosto de 2011.
  • Bases del programa de ayudas a personas físicas residentes en Melilla para la adquisición de bicicletas destinadas a desplazamientos urbanos. BOME núm. 4956 de 14 de septiembre de 2012.
  • Convocatoria del programa de ayudas a personas físicas residentes en Melilla para la adquisición de bicicletas destinadas a desplazamientos urbanos.

Observaciones

Se considera actividad subvencionable la adquisición de bicicletas destinadas al desplazamiento urbano (urbanas, plegables, holandesas, con o sin asistencia al pedaleo) por ciudadanos mayores de dieciocho años con al menos dos años de antigüedad de residencia en la Ciudad Autónoma de Melilla en el momento de la publicación de la correspondiente convocatoria. Cada ciudadano podrá presentar una única solicitud de concesión por convocatoria y sólo será subvencionable una bicicleta por cada solicitud.


La tipología de las bicicletas subvencionables debe ser de las consideradas como urbanas, englobando en las mismas las conocidas como bicicletas de paseo, holandesas y plegables con o sin asistencia al pedaleo.


Quedan totalmente excluidas aquellas bicicletas cuyas características no se ajusten a las anteriormente definidas, incluyendo en este apartado las consideradas de carretera, mountain bike o las destinadas al ámbito competitivo.


Los beneficiarios estarán obligados a:

  1. Adquirir una bicicleta de las características descritas en estas bases en los plazos establecidas en las mismas.
  2. Justificante anta la Ciudad Autónoma de Melilla el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas.
  3. Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por la Ciudad Autónoma de Melilla, así como cualquiera otras de confirmación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de estas actuaciones y que estén relacionadas con la concesión de la ayuda.
  4. Comunicar a la Ciudad Autónoma de Melilla la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
  5. Cumplir con todos los requisitos establecidos.
  6. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  7. Participar en el plazo máximo de un año desde la concesión de la subvención en el Programa Bici Escuela Melilla, a través de su actividad "aprende a moverte en bici por tu ciudad", de la cual, la Dirección General de Juventud y Deportes, se compromete a realizar diversas ediciones.
  8. Proceder al reintegro de los fondos percibidos (los cuales deberá asumir el beneficiario) en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS (causa de reintegro) y en caso del incumplimiento de alguna de las obligaciones reflejadas en el presente artículo.
  9. Tener debidamente justificada las subvenciones concedidas con anterioridad por la Ciudad Autónoma de Melilla.
  10. Colaborar con la Consejería de Fomento, Juventud y Deportes en todos los programas llevado a cabo por la misma en los que su colaboración sea requerida.
  11. Presentar cuantos informes técnicos o informativos sean solicitados por la Consejería de Fomento, Juventud y Deportes.
  12. Mantener la propiedad de la bicicleta adquirida durante un período mínimo de tres años, no pudiendo hasta entonces venderla o regalarla. Durante este mismo período deberá lucir en la bicicleta la pegatina que se facilitará junto al vale de la subvención.
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.