Subvenciones destinadas a la realización de cursos de preparación para jóvenes desempleados entre los 25 y 35 años para la obtención de la titulación de graduado en ESO

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejerí­a

 Economí­a, Empleo y Administraciones Públicas

Dirección General

 Dirección General de Economí­a

Quien puede solicitar

 Persona Jurí­dica

Descripción del Procedimiento

  • Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página web www.promesa.net, entregándose estas debidamente cumplimentadas en soporte papel en el registro de Proyecto Melilla y en soporte magnético al correo formacion@promesa.net.
  • Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. (C/ La dalia nº 36. 52006 Melilla) y en todos aquellos a que se refiere el artí­culo 38.4 de la Ley 30/1992. de 26 de noviembre, de Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde al órgano instructor, que es la sociedad pública Proyecto Melilla, S.A.
  • La resolución de concesión o denegación de la subvención será dictada por el Consejero de Economí­a y Hacienda de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Requisitos

 

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones:

  1. Las entidades u organizaciones sin ánimo de lucro así­ como las empresas con personalidad jurí­dica propia, que incluyan en su objeto social la formación, además las empresas estarán de alta en el epí­grafe del IAE correspondiente.
  2. No podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las Administraciones Públicas.
  3. No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellas entidades en las cuales concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artí­culo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así­ como aquellas Entidades que hayan incumplido los requisitos de alguna de las subvenciones gestionadas desde Proyecto Melilla S.A. o de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  4. Que dispongan de manera directa o indirecta de un centro de formación.
  5. Disponer de Solvencia tanto Técnica como Económica, suficiente.
  6. La Entidad beneficiaria solicitará el alta en el Registro de Beneficiarios de subvenciones de Proyecto Melilla SA.
  7. La entidad beneficiaria aceptará su inclusión en la lista de operaciones. Asimismo, cuando proceda, deberá cumplir con las obligaciones en materia de información y comunicación, para lo cual contará con asistencia e instrucciones facilitadas por Proyecto Melilla, S.A.
  8. La entidad beneficiaria deberá asumir sin reservas, si finalmente es aprobada la subvención solicitada, que aparecerá en la lista de entidades o empresas colaboradoras de la web www.melillaorienta.es debiendo darse de alta en dicha web en un plazo máximo de 15 dí­as desde la recepción de la propuesta de resolución provisional favorable.

Plazo de Presentación

La fecha lí­mite de presentación será de 10 dí­as hábiles a contar desde el dí­a siguiente a su publicación en horario de 9:00 a 14:00 horas.

Impuestos y/o tasas vinculadas

No

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Plazo Resolución

6 meses

Documentación de inicio

 

Cada solicitud, deberá acompañarse de la siguiente documentación:

1. Escritura pública de constitución y modificación de la institución o entidad, en su caso, debidamente inscritas en el Registro correspondiente. Copia de los Estatutos y del poder suficiente del firmante de la solicitud, así­ como copia del NIF de la Entidad y copia del NIF del representante.

2. Licencia de Apertura del Centro de Formación o documento equivalente según la legislación vigente, Planos, certificado de accesibilidad y Memoria de equipamiento disponible del Centro de Formación.

3. Currí­culo del profesorado, Personal de apoyo, Personal administrativo y personal de Dirección-Coordinación y titulación académica de los mismos (original y copia para su compulsa) junto con las fichas normalizadas de expertos, copia titulación y copia del NIF.

4. Documentación acreditativa de que la institución o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias estatales, locales y frente a la Seguridad Social o de no estar sujeta al cumplimiento de alguna de dichas obligaciones.

5. Cuenta corriente a la que se hará la transferencia de la subvención, con indicación de la entidad bancaria y su código, la sucursal con domicilio y código, número y titular de la cuenta corriente.

6. Documentación acreditativa de la solvencia Técnica y Económica de la Entidad.

La Solvencia Económica se acreditará mediante informe, por parte de la Entidad Financiera, donde se indique el saldo en cuenta, a la fecha de emisión del informe de solvencia, que, en cualquier caso, debe ser por importe igual o superior al 50% de la suma de las subvenciones solicitadas, con el fin de asegurar el pago a proveedores y alumnos.

La Solvencia Técnica se acreditará mediante:

  • Certificados de buena ejecución de trabajos similares en los últimos 5 años, tanto en objeto (formación profesional ocupacional / para el empleo en general) como en importe acumulado de las subvenciones solicitadas menor o igual al de las cantidades certificadas.
  • Además, los formadores estarán en posesión al menos de la titulación que acredite su formación en el módulo especí­fico que vayan a impartir, expedida por organismo competente según la Convocatoria.

7. Modelo normalizado de solicitud del curso que indicará al menos:

  • Objetivos, contenidos y metodologí­a de impartición de la acción formativa.
  • Nº de horas de la acción formativa a impartir, con especificación de las teóricas, las de prácticas, y las de evaluación.
  • Presupuesto detallado por Ejes de las diferentes cuantí­as integrantes del proyecto, de tal modo que puedan resultar identificables, la modificación y/u omisión de cualquiera de ellas, agrupados según los ejes establecidos en las bases reguladoras.
  • Cronograma Mensual y Horario Semanal de impartición de las asignaturas de la acción.
  • Nº de alumnos que recibirán la acción formativa así­ como su perfil y métodos de selección.
  • Material didáctico a entregar al alumnado.

8. Declaración responsable en la que se haga constar la no existencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad concedidas o solicitadas de cualesquiera otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales y en su caso, la cuantí­a de las mismas.

9. Declaración en la que se recoja que el solicitante no está incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.

10. Declaración responsable de compromiso de cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y prevención de riesgos.

11. Presupuesto: Desglose por partidas de coste de las diferentes cuantí­as integrantes del presupuesto de la acción formativa, así­ como descripción detallada de las diferentes partidas del presupuesto. El presupuesto deberá establecerse individualmente para cada acción formativa.

Forma de iniciación

 A petición del interesado

Fin via

 No

Efectos presuntos

 Negativo

Recursos

 Alzada

Normativa

 
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí­dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. BOE núm. 12, de 14 de Enero de 1999.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 176, de 25 de Julio de 2006.
  • Decreto n.º 50 de fecha 3 de mayo de 2007, relativo a aprobación definitiva de la modificación general del reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A. BOME núm. 4399, de 15 de mayo de 2007.
  • Orden EDU/1622/2009, de 10 de junio, por la que se regula la enseñanza básica para las personas adultas presencial y a distancia, en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación. BOE núm. 147, de 18 de junio de 2009.
  • Reglamento (UE) Nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013. DOUE L 347/320, del 20 de diciembre de 2013.
  • Resolución de 9 de abril de 2014, de la Secretarí­a de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convoca la prueba libre para la obtención del tí­tulo de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para mayores de dieciocho años en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. BOE núm. 94, de 18 de abril de 2014.
  • Decreto n° 4394 de fecha 29 de octubre de 2014, relativo a las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la reinserción de jóvenes desempleados en el sistema educativo. BOME núm. 5179, de 4 de noviembre de 2014.
  • Orden n° 4584 de fecha 12 de noviembre de 2014, relativa a convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de cursos de preparación para jóvenes desempleados entre 25 y 35 años para la obtención de la titulación de graduado en ESO. Anualidad 2014. BOME núm 5182, de 14 de noviembre de 2014.

Observaciones

 
  • Finalidad: La Ciudad Autónoma de Melilla, a través de su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A., pretende potenciar un conjunto de acciones destinadas a formar a los ciudadanos de la UE empadronados en la Ciudad de Melilla en situación de desempleo, especialmente los que no continúan en los sistemas de enseñanza reglada, con el fin de garantizar y adecuar sus conocimientos a los requerimientos propios del mercado de trabajo de forma que satisfagan las necesidades empresariales, mediante el acceso de los jóvenes desempleados a cursos de preparación para la superación de la prueba de Graduado en ESO del Ministerio de Educación Cultura y Deporte en el año 2015.
  • Financiación: Se establece un presupuesto para esta Convocatoria de 300.000€ que se financiarán con cargo a presupuestos propios de Proyecto Melilla SA, programa Melilla Forma, anualidad 2014.
  • Los proyectos subvencionables son los siguientes:
    • Cursos de 400 horas de duración de "Preparación para la obtención de la titulación de Graduado en ESO", dirigidos a jóvenes no ocupados entre 25 y los 35 años, que no dispongan de la citada titulación y que no cursen ningún tipo de educación o formación y que cumplan el resto de requisitos mí­nimos establecidos en la Convocatoria del alumnado.
  • Requisitos de los proyectos:
    1. En el desarrollo de la acción los alumnos deberán recibir como norma general, 4 horas teórico-prácticas en el mismo dí­a. Asimismo, y previa autorización expresa por Proyecto Melilla, S.A., se podrá excepcionar dichos lí­mites, de manera puntual, cuando existan causas objetivas que así­ lo justifiquen.
    2. El número de alumnos se establece en 20 por curso, corriendo la selección del alumnado por cuenta de Proyecto Melilla S.A.
    3. Los medios materiales y humanos serán por cuenta de la Entidad adjudicataria de la subvención.
  • La selección del alumnado se realizará por cuenta de Proyecto Melilla SA, respetando los principios de igualdad, mérito y capacidad entre los aspirantes a partir de la convocatoria especí­fica que se determine en el seno del Consejo de Admón. de Proyecto Melilla SA.
  • El presupuesto total máximo por curso es de 60.000 €
  • La selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en cuenta la puntuación obtenida tras la valoración del proyecto contempladas en las bases.
Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.