Subvenciones destinadas a la realización de cursos de preparación para el acceso a formación profesional de grado medio en el marco del Programa Melilla Forma

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Consejería

Hacienda, Economía y Empleo

Dirección General

Dirección General de Fondos Europeos

Quien puede solicitar

Persona Jurídica

Descripción del Procedimiento

  • Las solicitudes deberán formalizarse según los modelos disponibles en las oficinas de Proyecto Melilla S.A. o en la página Web, entregándose estas debidamente cumplimentadas en soporte papel en el registro de Proyecto Melilla y en soporte magnético.
  • Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. y en todos aquellos registros de la Ciudad Autónoma.
  • Una vez evaluadas las solicitudes, la Comisión de Evaluación como Órgano Colegiado que estará compuesta por el Presidente de Proyecto Melilla S.A., el Secretario Técnico de Economía y Hacienda, el Director General de Economía y Hacienda, un Técnico de Proyecto Melilla S. A, el/la Gerente de Proyecto Melilla, S.A., todos ellos actuando con voz y voto, y un Técnico de Proyecto Melilla, S.A. actuando como secretario de actas sin voz y sin voto, deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la evaluación efectuada.

Requisitos

  • La duración de la acción formativa deberá ser adecuada a los objetivos que se proponen alcanzar siendo de 300 horas.
  • En el desarrollo de la acción los alumnos podrán recibir, como máximo, 4 horas teórico-prácticas en el mismo día.
  • En algunos casos Proyecto Melilla, S.A establecerá unos según la legislación nacional vigente.
  • El número de alumnos se establece en 20 por curso.
  • El número mínimo de ediciones a solicitar por cada Entidad se fija en 5.
  • El importe máximo de la subvención por cada edición será de 50.000 €, de los cuales al menos 30.000 € serán íntegramente presupuestados para al abono de compensaciones a tanto alzado por hora de asistencia al alumnado, que se fija en 5 € por hora y alumno.

Documentación de inicio

  • Escritura pública de constitución y modificación de la institución o entidad, en su caso, debidamente inscritas en el Registro correspondiente.
  • Copia de los Estatutos, así como el NIF de la Entidad y copia del NIF del representante.
  • Licencia de Apertura del Centro de Formación o documento equivalente según la legislación vigente, Planos y Memoria de equipamiento disponible del Centro de Formación.
  • Curriculum del profesorado y personal de Dirección-Coordinación y titulación académica de los mismos (original y copia para su compulsa) j
  • Documentación acreditativa de que la institución o entidad se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias estatales, locales y frente
    a la Seguridad Social o de no estar sujeta al cumplimiento de alguna de dichas obligaciones.
  • Cuenta corriente a la que se hará la transferencia de la subvención, con indicación de la entidad bancaria y su código, la sucursal con domicilio y código, número y titular de la cuenta corriente.
  • Documentación acreditativa de la solvencia y eficacia de la Entidad.
  • Modelo normalizado de solicitud del curso.
  • Declaración responsable en la que se haga constar la no existencia de subvenciones, ayudas o ingresos
  • Declaración en la que se recoja que el solicitante no está incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
  • Declaración responsable de compromiso de cumplimiento de la normativa en materia de seguridad y prevención de riesgos.
  • Presupuesto: Desglose por partidas de coste de las diferentes cuantías integrantes del presupuesto de la acción formativa.

Plazo de Presentación

20 Días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en BOME.

Impuestos y/o tasas vinculadas

No.

Forma de presentar la solicitud

Presencial.

Plazo Resolución

6 meses.

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

Efectos presuntos

Negativo

Recursos

Alzada

Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla de 13 de julio de 2005. BOME núm. 4224, de 9 de septiembre de 2005.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003.
  • Reglamento por el que se regula el régimen general de subvenciones concedidas por la CAM y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A. BOME núm. 4399 de 15 de mayo de 2007.
  • Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla. BOE núm. 62 de 14 de marzo de 1995.
  • Decreto de la Presidencia relativo a ordenanza de accesibilidad y eliminación de barreras Arquitectónicas en la Ciudad de Melilla. BOME núm. 4089 de 25 de mayo de 2004.
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 26 de agosto del 2011, relativo a aprobación del decreto de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad. BOME núm. 20 Extr. De 26 de agosto de 2011.
  • Bases Reguladoras y Convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de cursos de preparación para el acceso a Formación Profesional de grado medio en el marco del programa Melilla Forma.

Observaciones

  • La Ciudad de Melilla, a través de su ente instrumental Proyecto Melilla, pretende acercar a los jóvenes a la formación con el objetivo de conseguir una capacitación mínima para la ocupación de puestos de trabajo en aquellos sectores con más proyección de futuro, o calificados como de nuevos yacimientos de empleo.
  • Estas ayudas se financiarán con cargo al presupuesto del año 2012 de Proyecto Melilla SA.- Melilla Forma III por importe máximo de 750.000,00€.
  • El proyecto subvencionable será: Cursos de "Preparación para el acceso a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado medio", Niveles I y II, dirigidos a desempleados entre 18 y los 50 años (nacidos entre el 1 de Enero de 1962 y el 31 de diciembre de 1994).
  • La selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en cuenta la puntuación obtenida tras la valoración del proyecto, con arreglo a los siguientes criterios:
    1. Valoración económica de la oferta presentada según la siguiente fórmula(0-4 puntos)
    2. Valoración del Centro de Formación así como Medios materiales y didácticos puestos a disposición del proyecto formativo, así como de la Solvencia técnica y económica de la entidad (0-3 puntos).
    3. Valoración del Curriculum del Profesorado y personal de dirección administración puestos a disposición del proyecto formativo (0-2 puntos).
    4. Estar en posesión de la Certificación ISO 9001:2008 en el sector de Formación. (0-1 puntos)
  • Proyecto Melilla S.A., solamente subvencionará la totalidad de los costes de la acción formativa desglosada según los siguientes ejes:
    • Costes de profesorado
    • Seguro de accidente de los participantes.
    • Material didáctico y suministros.
    • Gastos de utilización, mantenimiento alquiler de las ayudas y/o equipamiento.
    • Compensación a tanto alzado por asistencia de alumno desempleado.
    • Gasto de coordinación y administración de la acción formativa.
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