Subvenciones del Programa Innoempresa

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Consejería

Hacienda, Economía y Empleo

Dirección General

Dirección General de Fondos Europeos

Quien puede solicitar

Persona Jurídica

Descripción del Procedimiento

  • Las solicitudes podrán presentarse en los registros y oficinas de Proyecto Melilla, S.A. y en todos aquellos admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Excmo. Consejero de Economía y Hacienda.
  • La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa y formal, por parte del solicitante de todos los requisitos contenidos en las bases reguladoras y en la presente convocatoria.
  • Se trata de desarrollar los aspectos basados en el Acuerdo que permitirán llevar a cabo la convocatoria de ayudas e iniciar y concretar su procedimiento de concesión.
  • La presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados telemáticos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento.
  • Si la documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud.
  • El órgano instructor realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse propuesta de resolución.

Requisitos

  • Facilitar las comprobaciones de cualquiera de los órganos competentes.
  • Las inversiones realizadas deberán incluirse en los activos de la empresa y permanecer en el establecimiento receptor de la ayuda durante al menos cinco años o durante tres años en el caso de las PYME y no podrán sufrir modificaciones ocasionadas por un cambio en la naturaleza del régimen de propiedad o por el cese de la actividad durante ese mismo período
  • Conservar los justificantes y demás documentación hasta tres años a partir del cierre del Programa Operativo
  • Mantener un sistema de contabilidad separado o un código contable adecuado para todas las transacciones relacionadas con el proyecto, sin perjuicio de las normas de contabilidad nacional.
  • Aceptar ser incluido en la lista pública del correspondiente reglamento.
  • Cumplir la normativa nacional y Comunitaria.

Documentación de inicio

  • Solicitud de ayuda.
  • Cuestionario.
  • Memoria técnica y económica del proyecto.
  • Cuando el importe de los bienes de equipo supere los 18.000€, el solicitante deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, y deberá justificarse.

Plazo de Presentación

Antes del inicio de la ejecución de los proyectos.

Impuestos y/o tasas vinculadas

: No

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Plazo

Resolución

90 días

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

Efectos presuntos

Negativo

Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla de 13 de julio de 2005. BOME núm. 4224, de 9 de septiembre de 2005.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003.
  • Reglamento (CE) n° 1828/2006 de la Comisión de 8 de diciembre de 2006, por el que se fijan normas de desarrollo para el Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión, y el Reglamento (CE) n° 1080/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional. DOUE L371/1 de 27 de diciembre de 2007.
  • Reglamento (UE) n° 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n° 1083/2006 del Consejo. DOUE n° 347 de 20 de diciembre de 2013.
  • Real Decreto 1579/2006, de 22 de diciembre, por el que se establece el régimen de ayudas y el sistema de gestión del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas 2007-2013. BOE N° 29 de 2 de febrero de 2007.
  • Reglamento por el que se regula el Régimen General de Subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su sociedad instrumental Proyecto Melilla, S.A. BOME n° 4399 de 15 de mayo de 2007.
  • Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de abril de 2009, relativo a bases reguladoras del sistema de gestión de las ayudas para proyectos de carácter regional del programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (INNOEMPRESA) 2007-2013.BOME n° 4602 de 24 de abril de 2009
  • Convocatoria anual de subvenciones del programa Innoempresa.

Observaciones

El objeto de estas subvenciones serán las actuaciones que se engloben en las medidas del Programa InnoEmpresa que se contemplan a continuación:

  1. Innovación organizativa y gestión avanzada.
    • Apoyo a proyectos que impliquen la adopción de nuevos modelos empresariales innovadores que incidan en la mejora de las diferentes áreas de la empresa.
    • Apoyo a la realización de diagnósticos de situación y elaboración e implantación de planes estratégicos.
    • Apoyo a la incorporación de diseño de producto, incluyendo la financiación de los costes de derecho de propiedad industrial que pudieran derivarse.
  2. Innovación tecnológica y calidad.
    • Realización de planes de mejora tecnológica mediante el asesoramiento a empresas a través de la utilización de centros tecnológicos, de otros centros de investigación y de consultoras técnicas especializadas para la implantación de soluciones específicas.
      · Realización de proyectos de desarrollo tecnológico aplicado.
      · Apoyo a la implantación, certificación tecnológica y certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001- Proyectos de I+D+i y UNE 166.002- Sistemas de Gestión de la I+D+i
      · Apoyo a la implantación y certificación de sistemas de gestión medioambiental.
  3. Proyectos de innovación en colaboración.
    • Apoyo a proyectos presentados por grupos de empresas cuya actividad forme parte de la cadena de valor de un producto
    • Identificación de necesidades tecnológicas.

El presupuesto establecido en esta convocatoria está financiado por la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, por la Unión Europea a través del Programa Operativo FEDER 2007-2013 y por la Ciudad Autónoma de Melilla.

El órgano competente para la instrucción y ordenación del procedimiento será la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla, S.A, conforme a lo establecido en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla

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