Subvención para la gestión en concurrencia competitiva de Campamentos Juveniles en el marco de las actividades de Ocio y Tiempo Libre del Programa de Verano Joven

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Consejería

Educación, Cultura, Deportes, Festejos e Igualdad

Dirección General

Dirección General de Deportes

Quien puede solicitar

Persona Física y Jurídica

Descripción del Procedimiento

  • Las solicitudes de concesión se valorarán conforme a los siguientes criterios:
    • Calidad general del proyecto. 25 por 100.
    • Experiencia en el desarrollo de programas similares al que es objeto de esta convocatoria. 25 por 100.
    • Aportación de medios propios adecuados a los objetivos de la actividad. 25 por 100.
    • Idoneidad del programa de actividades. 25 por 100.
    • Para que los proyectos puedan ser subvencionados, la puntuación obtenida deberá alcanzar al menos el 50 por 100 de la puntuación máxima total.
  • Corresponde a la Secretaría Técnica de la Consejería de Deporte y Juventud, la instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.
  • El órgano colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión estará compuesto como mínimo por el Director General de la Consejería de Deporte y Juventud, dos empleados públicos actuando como Secretario de este órgano, el Secretario Técnico de la Consejería de Deporte y Juventud.
  • Se formulará propuesta de resolución provisional por el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, debidamente motivada, que de acuerdo con el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Melilla, concediéndoles un plazo de diez días para presentar alegaciones. De existir éstas, el órgano colegiado deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva.
  • El expediente de concesión contendrá el informe del órgano instructor en el que deberá constar que de la información que obra en su poder se, desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a las mismas.
  • Las propuestas de resolución provisional y definitiva, no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración, mientras no se le haya notificado la resolución definitiva de la concesión.
  • La propuesta de concesión, se formulará al Consejero de Deporte y Juventud, que será el competente para resolver la convocatoria.

Requisitos

  • Podrán beneficiarse de las subvenciones a que se refieren estas bases las asociaciones sin ánimo de lucro que presenten entre sus fines el desarrollo o la promoción de actividades de ocio y tiempo libre, que estén legalmente constituidas y registradas en el Registro de Asociaciones e inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud de la Viceconsejería de Juventud de la Ciudad Autónoma de Melilla.
  • Serán requisitos imprescindibles el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por parte de quien se beneficie de la ayuda o subvención, así como haber justificado en forma y plazo anteriores subvenciones de las que hubieran sido beneficiarios.

Documentación de inicio

La solicitud se formulará en modelo oficial facilitado por la Viceconsejería de la Juventud, a la que se acompañará una memoria descriptiva del proyecto, especificando detalladamente:

  • Los fines y actividades que realiza la persona o entidad solicitante.
  • Identificación de la persona responsable o entidad solicitante.
  • Objetivos generales y específicos que se persiguen.
  • Descripción de las actividades a desarrollar con cargo a la subvención solicitada.
  • Propuesta de seguro de Responsabilidad Civil con indicación de los riesgos incluidos.
  • Presupuesto detallado del proyecto.
  • Previsión de resultados y procedimiento evaluador.

Plazo de Presentación

15 días naturales, a partir de la publicación en el B.O.ME. y hasta las 13 horas del último día.

Impuestos y/o tasas vinculadas

No

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Plazo Resolución

6 meses

Forma de iniciación

De oficio

Fin via

Efectos presuntos

Negativo

Recursos

Potestativo de Reposición

Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. BOME núm. 4224, de 9 de septiembre de 2005.
  • Convocatoria de bases, para el desarrollo de un Campamento Juvenil, en el marco de las actividades de ocio y tiempo libre del programa de verano jóven.
  • Orden núm. 640 de 2 de junio de 2015, relativa a convocatoria, Procedimiento Abierto, Tramitación Ordinaria y pluralidad de criterios de adjudicación, para la contratación del servicio de "Organización, gestión y actividades de los Campamentos Juveniles de la Ciudad Autónoma para el ejercicio 2015". BOME núm. 5241 de 9 de junio de 2015.

Observaciones

  • GENERALES:
    • Colaboración con la Viceconsejería de Juventud en el desarrollo de un programa de actividades de ocio y tiempo libre juvenil, en el marco del programa de campamentos, campos de trabajo y demás eventos que conforman el programa de Verano Joven 2015.
  • ESPECÍFICOS:
    • Realizar un programa de actividades recreativas, de ocio y tiempo libre destinado a un grupo de jóvenes, de 14 a 17 años de edad, participantes de los campamentos que se desarrollarán durante dos periodos de quince días de duración, en el mes de julio de 2015.
    • Establecer un programa de utilización del las instalaciones del "Espacio para la Creación y de Actividades al Aire Libre", sitas en el Fuerte de Rostrogordo.
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