Solicitud de autorización para establecimientos minoristas de carne
Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Consejería
Distritos, Juventud y Participación CiudadanaDirección General
Junta Arbitral de ConsumoQuien puede solicitar
Persona física y jurídicaDescripción del Procedimiento
- Citación del interesado
- Recepción de la solicitud de inscripción en el registro local de cárnicas y de la documentación necesaria.
- Inspección veterinaria.
- Orden de la Consejería concediendo o denegando la inscripción en el Registro y envío del resultado al interesado.
Requisitos
Reunir los requisitos higiénico-sanitarios que especifica el Real Decreto 1376/2003.
RESUMEN DE LAS CONDICIONES HIGIÉNICO-SANITARIAS PARA CARNICERÍAS
Documentación de inicio
- Solicitud de Inscripción en el Registro General de Cárnicas.
- Plan DDD (Desratización, Desinsectación y Desinfección).
- Certificado manipulador de alimentos.
- APPCC (Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control).
Plazo de Presentación
Para aperturas 1 mes, si no se devuelve a establecimiento.Para Inscripción en Registro cuando se tenga toda la documentación y la inspección sea correcta Permanente.
Impuestos y/o tasas vinculadas
NoForma de presentar la solicitud
PresencialPlazo Resolución
90 díasForma de iniciación
A petición del interesadoFin via
NoEfectos presuntos
NegativoRecursos
AlzadaNormativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
- Real Decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de las carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio al por menor. BOE núm. 273, de 14 de noviembre de 2003.
- Real Decreto 1515/2005, de 16 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de sanidad. BOE núm. 313, de 31 de diciembre de 2005.
- Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimenticios.
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