Resolución de la consejera de Transparencia, Cultura y Deportes por la que se aprueban las bases de la convocatoria de subvenciones para el apoyo a los programas de tecnificación deportiva de las federaciones deportivas de las Illes Balears
El objeto de la subvención es atender necesidades derivadas del desarrollo de programas de tecnificación deportiva de las federaciones deportivas de las Illes Balears del periodo comprendido entre el 1 de setiembre y el 30 de noviembre de 2016.
Personas destinatarias
Se pueden acoger a esta convocatoria las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente reconocidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears para desarrollar programas de tecnificación deportiva y de seguimiento de las modalidades o especialidades establecidas en el anexo 2.
Se excluyen de la convocatoria los deportes que ya tienen un programa de tecnificación deportiva que directamente lleva a cabo la Fundación para el Deporte Balear.
Plazo máximo para la resolución y notificación
Tres meses a contar desde que finaliza el plazo de presentación de solicitudes.
Silencio administrativo
Negativo
Forma de inicio
Instancia de parte
Fin de la via administrativa
Si
Normativa del procedimiento
Órgano competente para resolver
Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes
Simplificación documental
Trámites
X
Presentación de impreso de solicitud
Requisitos
Se pueden acoger a esta convocatoria las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente reconocidas e inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears para desarrollar programas de tecnificación deportiva y de seguimiento de las modalidades o especialidades establecidas en el anexo 2.
Para poder acceder a estas subvenciones, las federaciones deportivas deben estar al corriente de todas las obligaciones con la Administración deportiva de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establecidas en la siguiente legislación:
Ley 4/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears.
Decreto 33/2014, de 1 de agosto, por el que se regula el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.
Decreto 33/2004, de 2 de abril, por el que se regulan las federaciones deportivas de las Illes Balears.
Decreto 86/2008, de 1 de agosto, por el que se desarrollan y se regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas de las Illes Balears.
Documentación a presentar
Documentación general que ha de aportarse:
a)Impreso de solicitud rellenado y firmado adecuadamente, en el que consten los datos del beneficiario (anexo 3).
b)Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad y fotocopia del DNI/NIE de la persona firmante de la solicitud, junto con la documentación que acredite la representación en la que actúa.
c)Declaración responsable de la entidad solicitante que acredite que no se encuentra incluida en ninguno de los supuestos de prohibición o de incompatibilidad para ser beneficiaria de la subvención de conformidad con la normativa aplicable.
d)Declaración responsable de todas las ayudas y subvenciones solicitadas o concedidas por cualquier institución, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, relacionada con la solicitud.
e)En caso de que no sean perceptores de la Comunidad Autónoma, una declaración responsable de la veracidad de los datos bancarios aportados, tal y como prevé el Decreto 6/2013, de 17 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos, o un documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta. Los mencionados impresos normalizados pueden obtenerse en la sede o en la página web de la Dirección General de Deportes.
f)Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El órgano instructor tiene que aportar de oficio este certificado.
g)Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social.
h)No obstante, en el caso de subvenciones de cuantía igual o inferior a 3.000,00 euros, los mencionados certificados pueden sustituirse por una declaración responsable de la persona o entidad solicitante de que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda del Estado y la Seguridad Social.
6.6 En relación con el punto g del apartado anterior, la entidad solicitante de la subvención puede autorizar a la Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes para obtener de manera directa la acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social. En este caso, no será necesaria la aportación de la documentación que se pueda obtener mediante este consentimiento.
En el modelo normalizado de solicitud de subvención que se pone a disposición de los interesados se prevé la autorización al órgano gestor de las ayudas para que lleve a cabo las actuaciones necesarias para la comprobación de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social.
En caso de que la entidad solicitante deniegue de manera expresa dicha autorización, tendrá que presentar, junto con la solicitud, una declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Seguridad Social, o bien los correspondientes certificados acreditativos de dichas circunstancias.
En caso de que la Dirección General de Deportes y Juventud, por causas ajenas a su voluntad, no pueda conseguir los documentos mencionados, requerirá a la persona o entidad solicitante que los aporte en el plazo de diez días hábiles y siempre con anterioridad a la propuesta de resolución.
6.7 Documentación específica: documento del programa de tecnificación deportiva de acuerdo con las especificaciones establecidas en el anexo 4.
6.8 Si en la solicitud de subvención se incluye el número de fax o la dirección de correo electrónico de la persona física o jurídica interesada, se entenderá que este se aporta a efectos de notificaciones de los actos de trámite y, en especial, de la propuesta de resolución, así como de comunicaciones que las personas o entidades beneficiarias mantengan con el órgano competente en la instrucción de los procedimientos de concesión de subvenciones.
Modelos:
Plazo máximo
El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Lugar
Podéis presentar documentos dirigidos a los órganos de l'Administració autonómica a cualquiera de sus oficinas de registro.
También los podéis presentar en los registros oficiales de los consejos insulares y de los municipios adheridos al Convenio Marco de Oficinas Integradas.
Encontrareis las direcciones de todas estas oficinas aquí [https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
[https://www.caib.es/sacmicrofront/contenido.do?idsite=567&cont=18436]
Además, podéis enviar la documentación por correo postal, por ello tenéis que presentar el sobre abierto, para que se pueda indicar en el sello oficial el sitio de registro, la fecha y la hora exacta de presentación, y se anote así en el resguardo justificativo de su presentación.
Órgano competente para la tramitación
Consejería de Transparencia, Cultura y Deportes
Contacto
Servicio o Sección responsable
Dirección General de Deportes y Juventud
C. de l'Uruguai, s/n (Palma Arena). Tel.: 971178999 - Fax: 971178945
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Consorcio para el Fomento de Insfraestructuras Universitarias
Calle D'Alfons el Magnànim 29, 07004, Palma
Fundación Es Baluard Museo de Arte Moderno y Contemporáneo
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Tel. 971504279
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Subdirección de Atención Primaria y Atención a las U.
Calle Reina Esclaramunda 9, 07003, Palma
Tel. 971175600
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Plaça D'Espanya 1, 07800, Eivissa
Esad Escola Sup. D'Art Dramàtic Illes Balears (ESADIB)
Carrer Del Morer 6, 07001, Palma
Tel. 971713628
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Calle Constitució 6, 07620, Llucmajor
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Tel. 971176565
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