Programa viajes para curso de Esquí-Sierra Nevada
Consejería
Educación, Juventud y DeportesDirección General
Dirección General de Juventud y DeportesQuien puede solicitar
Persona FísicaDescripción del Procedimiento
- La Consejería de Fomento, Juventud y Deportes, realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales podrán participar en el programa.
- El participante, o en su defecto, el Padre/Madre/Tutor del menor si procede, declara bajo su responsabilidad que a fecha de la presentación de la solicitud para participar en el programa, el solicitante no mantiene deudas con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria o con la Administración Tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla y que no es beneficiario de subvención alguna por el mismo concepto.
- Asimismo, con la presentación de la correspondiente solicitud de convocatoria para participar en este Programa, se autoriza a la Ciudad Autónoma de Melilla a la comprobación de la veracidad de los datos aportados, pudiendo consultar dichos datos ante las correspondientes Administraciones Públicas.
- La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, supondrá la exclusión del procedimiento, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas y penales que pudieran derivarse.
- Con independencia de la documentación exigida, la Consejería de Fomento, Juventud y Deportes, se reserva la facultad de solicitar cuanta información y documentación complementaria estime necesaria para la resolución de la solicitud.
- Las actuaciones de instrucción se desarrollarán por la Dirección General de Juventud y Deportes.
- Una vez efectuada la instrucción y adjudicadas las plazas, se procederá por la Dirección General de Juventud y Deportes a efectuar la propuesta de adjudicación provisional, que se publicará en el Tablón de Edictos de la Viceconsejería de Juventud por un plazo de cinco días naturales, para presentar alegaciones. De existir éstas, la Dirección General de Juventud y Deportes, en todo caso, deberá pronunciarse sobre las mismas antes de formular la propuesta definitiva. Se podrá prescindir de este trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento ni sean tenidos en cuenta otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. En tal caso la propuesta de resolución provisional formulada tendrá el carácter de definitiva.
- La adjudicación definitiva de la plaza se formalizará mediante documento oficial que será facilitado en la Consejería de Fomento, Juventud y Deportes y que deberá presentarse en el plazo de cinco (5) días a partir de la publicación de la relación referida en el apartado anterior, acompañando el resguardo bancario acreditativo de haber efectuado el ingreso de la correspondiente reserva de plaza no reembolsable y de copia del carné de alberguista.
- Las plazas quedarán definitivamente adjudicadas cuando los interesados presenten la documentación anteriormente citada en el plazo establecido. Transcurrido este plazo, en caso de no presentación de la documentación requerida, se entenderá que el solicitante renuncia a su plaza pudiéndose adjudicar al siguiente participante que no la hubiera obtenido.
- Los solicitantes que no obtengan plaza constituirán bolsas de reserva para suplir posibles renuncias.
- No se podrá adjudicar más de una plaza al mismo solicitante, salvo en caso de vacantes.
- Publicada la lista provisional, los solicitantes incluidos deberán abonar en concepto de formalización de plaza no reembolsable que corresponda según sean titulares o no del Carné Joven Europeo, dado que los titulares de dicho carné expedido por las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta y restantes Comunidades Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa de 1 de junio de 1987 gozarán de una bonificación del 25% de la cuota a satisfacer.
Requisitos
- Ser residente en la Ciudad Autónoma de Melilla, debidamente autorizado.
- Contar con edades comprendidas entre los 14 y 30 años (ambas inclusive) en el momento de inicio del curso a desarrollar.
- Contar con la autorización del padre o tutor si es menor de edad.
- Ingreso de la correspondiente reserva de plaza.
- El incorrecto comportamiento en interiores ediciones, así como la negativa injustificada a participar en las actividades programadas, podrán ser causas de exclusión para ser beneficiario del programa.
- En el supuesto de resultar seleccionado, el solicitante deberá contar con carné de alberguista en vigor.
Documentación de inicio
- Solicitud debidamente firmada y cumplimentada en su totalidad.
- Fotocopia de documento acreditativo de la identidad del participante.
- Fotocopia del Carné Joven Europeo en vigor, en su caso.
- Autorización del padre/madre o tutor/a debidamente cumplimentada y firmada (menores de edad) para la realización de las actividades.
- Fotocopia de documento acreditativo de la identidad en vigor del padre o tutor que firme la autorización (menores de edad).
- Certificado de residencia para viajar.
- Declaración jurada del participante, o en su defecto, el Padre/Madre/Tutor del menor si procede, de no mantener deudas con la Seguridad Social, la Agencia Estatal de Administración Tributaria o con la Administración Tributaria de la Ciudad Autónoma de Melilla y que no es beneficiario de subvención alguna por el mismo concepto.
Plazo de Presentación
El plazo mencionado en la correspondiente convocatoria.En el supuesto de que, finalizado dicho plazo, resultaran plazas vacantes, se podrá atender solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, siempre que el solicitante cumpla con los requisitos establecidos y por riguroso orden de entrada de la solicitud en el Registro General de la Ciudad.
Impuestos y/o tasas vinculadas
SiForma de presentar la solicitud
PresencialForma de iniciación
A petición del interesadoFin via
SíEfectos presuntos
NegativoRecursos
AlzadaNormativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 276 de 18 de noviembre de 2003.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. BOE núm. 176 de 25 de julio de 2006.
- Bases y Convocatoria del programa de Viajes para Curso de esquí-Sierra Nevada (anual)
Observaciones
Las fechas indicadas tienen carácter estimativo, pudiendo variarse por parte de la Administración.
La formalización-adjudicación definitiva de la plaza se efectuará previo ingreso de los siguientes importes:
Viaje a Sierra Nevada:
- Con Carné Joven: 280,00 Euros
- Sin Carné Joven: 350,00 Euros
El sistema de selección será por riguroso orden de registro de entrada de la solicitud.
Una vez publicada la lista definitiva, la renuncia del solicitante incluido supondrá la pérdida del derecho al reintegro del abono efectuado salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.