Licencia de obras menores

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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REQUISITOS

Tienen la consideración de obras menores las siguientes:
a) en vivienda particular.- obras de modificación de distribución interior
b) en fachadas.- en general obras que afectan al exterior de la vivienda o edificio: cambio de ventanas, pintura…etc
c) en cubiertas.- retejar (sustitución de tejas), sustitución de cubierta
d) en locales comerciales.- obras de distribución de tabiquería interior y en general obras que tengan como finalidad la implantación de una actividad
e) en elementos comunes.- todas las obras pequeñas a realizar en elementos comunes del edificio, portales, tejados, ascensores…etc

DOCUMENTOS

Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

Para todas las obras menores:

  • Solicitud.
  • Documento o declaración que justifique la condición del/la solicitante (propietario/a del suelo, promotor/a, arrendatario/a o cualquier otro derecho bastante que ostente sobre el suelo o la construcción e instalación).
  • Acreditación de la representación en caso de actuar con representante.
  • Proyecto técnico, suscrito por profesional competente y visado por el colegio Oficial correspondiente y que se ajuste a los Contenidos Mínimos en Documentación Técnica para Licencias de Actividad aprobado por Acuerdo tomado por El Consejo de Gerencia de Urbanismo de 21/02/08 y 16/05/08.
  • En su caso, solicitudes de las autorizaciones concurrentes de otras Administraciones Públicas o las propias autorizaciones o concesiones exigidas por la legislación aplicable.
  • Oficios visados por el Colegio Oficial correspondiente a la designación de Técnico/a Director/a de la obra y de la ejecución de la obra.
  • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación de la tasa, en caso de haberse realizado el pago en entidad bancaria
  • Copia del justificante del ingreso de autoliquidación del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

Para obras interiores en vivienda:

  • Plano de distribución estado actual y estado reformado, detallado.

Para obras en fachadas:

  • Fotografía de la fachada

Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

PAGO DE TASAS

a) en vivienda particular.
-tasa: 0,16% del presupuesto de ejecución material, tasa mínima para 2015: 86,05 euros
-impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material

b) en locales, comunidades de vecinos, fachadas..etc
-tasa: 0,16% del presupuesto. Tarifa mínima: 383,85 euros
-impuesto de construcciones, instalaciones y obras: 4% del presupuesto de ejecución material.

Canales de solicitud

Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13 (ver mapa) y en el Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)


Oficinas de la administración

Empresa Municipal de Infrastructuras y Servicios de Albacete S.A.

Calle Garcia Lorca 5, 02001, Albacete

Tel. 967216012

Instituto Municipal de Vivienda y Urbanismo

Calle Cruz 68, 02071, Albacete

Tel. 967191047

Instituto Municipal de Deportes

Avenida De España 65, 02006, Albacete

Tel. 967550531

Gerencia Municipal de Urbanismo

Calle Iris 9, 02071, Albacete

Tel. 967192600

Patronato Municipal Universidad Popular

Calle Cardenal Tabera y Araoz S/N, 02008, Albacete

Consorcio de la Escuela de Tauromaquia de Albacete

Plaza Del Altozano S/N, 02071, Albacete

Tel. 967606101

Urvial Sociedad de Gestión Urbanística S.L.U.

Calle Cruz 68, 02001, Albacete

Tel. 967194047

Patronato Municipal de Escuelas Infantiles

Plaza De la Catedral S/N, 02001, Albacete

Tel. 967596100

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