Ayuntamiento de Albacete

  • Solicitud de fraccionamiento/aplazamiento de deudas municipales debido a existencia de una situación económico-financiera que le impida transitoriamente efectuar el pago de sus débitos

    Serán aplazables todas las deudas tributarias en periodo voluntario que se mantengan con el Excelentísimo Ayuntamiento de Albacete, con exclusión de las deudas tributarias de cobro periódico gestionadas por Gestión Tributaria Provincial de Albacete, que lo harán por su normativa propia, por la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.
    El fraccionamiento se concederá, en su caso, por un periodo máximo de dos años, para deudas inferiores acumuladas de 6.000 euros y por un máximo de tres años para el resto.

    REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN

    • Documentación que acredite la falta de liquidez temporal. En particular, deberá justificar la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido (copia de la última nómina recibida, declaración del IRPF, extracto actualizado de movimientos en su cuenta corriente o cualquier otro que considere oportuno)
    • En su caso, documentos que acrediten la representación.
    • Para deudas mayores a 6.000 Euros, documentación relativa a la Garantía:

    - Si la garantía consiste en aval bancario: compromiso expreso e irrevocable de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca de formalizar aval solidario o certificado de seguro de caución.

    - Si se solicita la admisión de garantía distinta del aval o certificado de seguro de caución:

    • Declaración responsable y justificación documental de la imposibilidad de obtener dicho aval o certificado, en el que consten las gestiones efectuadas para su obtención.

    • Valoración de los bienes ofrecidos en garantía efectuada por empresas o profesionales con especialización independientes.

    • Además, en caso de empresarios/as o profesionales obligados/as por ley a llevar contabilidad: Balance y cuenta de resultados del último ejercicio cerrado e informe de auditoría, si existe.

    - Si se solicita la dispensa total o parcial de garantía:

    • Declaración responsable y justificación manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.

    • Justificación documental de la imposibilidad de obtener aval de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, en la que consten las gestiones efectuadas para su obtención.

    • Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

    Además, en caso de empresarios/as o profesionales obligados/as por ley a llevar contabilidad: Balance y cuenta de resultados del último ejercicio cerrado e informe de auditoría, si existe.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana (enlace).

  • Solicitud de fraccionamiento/aplazamiento de deudas municipales debido a existencia de una situación económico-financiera que le impida transitoriamente efectuar el pago de sus débitos

    Serán aplazables todas las deudas tributarias en periodo voluntario que se mantengan con el Excelentísimo Ayuntamiento de Albacete, con exclusión de las deudas tributarias de cobro periódico gestionadas por Gestión Tributaria Provincial de Albacete, que lo harán por su normativa propia, por la Ley General Tributaria y el Reglamento General de Recaudación.
    El fraccionamiento se concederá, en su caso, por un periodo máximo de dos años, para deudas inferiores acumuladas de 6.000 euros y por un máximo de tres años para el resto.

    REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN

    • Documentación que acredite la falta de liquidez temporal. En particular, deberá justificar la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido (copia de la última nómina recibida, declaración del IRPF, extracto actualizado de movimientos en su cuenta corriente o cualquier otro que considere oportuno)
    • En su caso, documentos que acrediten la representación.
    • Para deudas mayores a 6.000 Euros, documentación relativa a la Garantía:

    - Si la garantía consiste en aval bancario: compromiso expreso e irrevocable de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca de formalizar aval solidario o certificado de seguro de caución.

    - Si se solicita la admisión de garantía distinta del aval o certificado de seguro de caución:

    • Declaración responsable y justificación documental de la imposibilidad de obtener dicho aval o certificado, en el que consten las gestiones efectuadas para su obtención.

    • Valoración de los bienes ofrecidos en garantía efectuada por empresas o profesionales con especialización independientes.

    • Además, en caso de empresarios/as o profesionales obligados/as por ley a llevar contabilidad: Balance y cuenta de resultados del último ejercicio cerrado e informe de auditoría, si existe.

    - Si se solicita la dispensa total o parcial de garantía:

    • Declaración responsable y justificación manifestando carecer de bienes o no poseer otros que los ofrecidos en garantía.

    • Justificación documental de la imposibilidad de obtener aval de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución, en la que consten las gestiones efectuadas para su obtención.

    • Plan de viabilidad y cualquier otra información que justifique la posibilidad de cumplir el aplazamiento o fraccionamiento solicitado.

    Además, en caso de empresarios/as o profesionales obligados/as por ley a llevar contabilidad: Balance y cuenta de resultados del último ejercicio cerrado e informe de auditoría, si existe.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana (enlace).

  • Los/as extranjeros/as que se hallen en España (y no sean ciudadanos/as de la Unión Europea ni familiar de ciudadanos/as de estos países), y que han permanecido con carácter continuado en nuestro país durante un periodo mínimo de tres años, pueden solicitar la “Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales Arraigo Social”.

    La información detallada se puede ver en las Hojas Informativas de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración – Gobierno de España:

    La solicitud de Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales Arraigo Social, se presenta en la Oficina de Extranjería de la provincia en la que el/la extranjero/a tenga fijado su domicilio.

    Informe social por arraigo:

    Entre la documentación a aportar en la Oficina de Extranjería, se puede exigir Informe social por arraigo, emitido por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de la localidad donde reside el/la extranjero/a, en estos dos casos:

    1. Cuando no se tenga familia residente legal en España (padres, hijos/as, cónyuge o pareja de hecho registrada) o no se pueda acreditar dicha circunstancia.
    2. Cuando el/la extranjero/a pida la autorización de residencia acreditando medios de vida suficientes para su manutención.

    En el Informe social por arraigo se tendrá en cuenta el tiempo de permanencia en Albacete, los familiares residentes en España, los programas de inserción sociolaborales y culturales en los que haya participado, grado de conocimiento del castellano y los medios económicos con los que cuente el extranjero solicitante.

    Procedimiento para solicitar y elaborar el informe municipal para tramitar arraigo social:

    Solicitar por escrito el Informe de arraigo en el Registro del Ayuntamiento, siendo requisito imprencindible aportar fotocopia de la solicitud de autorización de residencia y trabajo por circunstancias expecionales por arraigo social presentada en la Subdelegación del Gobierno.

    Una vez presentada la solicitud se pondrá en contacto el Trabajador/a Social de la Zona de Servicios Sociales al que perteneza su domicilio, para realizar las entrevistas necesarias para elaborar el informe, traer documentación requerida y firmar.
    El informe será enviado a la Oficina de Extranjería donde haya presentado su solicitud.

    Documentación ORIENTATIVA para realizar informe de arraigo:

    • Pasaporte original.
    • Resguardo de haber entregado solicitud de Autorización de residencia temporal por Arraigo Social en Oficina de Extranjeros - Subdelegación de Gobierno.
    • Certificados de empadronamiento en otros municipios en los que vivió anteriormente si los tiene.
    • Certificados de cursos o asociaciones en los que haya participado.
    • Documentos, tarjetas, carné, expedidos en Albacete.
    • Documentos que acrediten permanencia tres años en España.
    • Documentos de vínculos familiares, pareja de hecho, cónyuge, hijos, padres, hermanos u otros familiares que vivan en España.
    • Contrato de alquiler de la vivienda o escrituras propiedad.
    • Oferta de empleo de 1 año firmada por empleador y trabajador ( si pide el arraigo con oferta )
    • Plan de Autoempleo, en caso que se pretenda realizar una actividad por cuenta propia.
    • Si se pide arraigo por medios económicos debe traer documentos que acrediten los medios de vida: nóminas de familiares, contratos, vida laboral, pensiones, certificaciones bancarias.

    Canales de solicitud:

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Internet: A través de la plataforma de administración electrónica, Carpeta ciudadana (iniciar)

  • Este procedimiento, no tiene más alcance que una sencilla toma de razón en el expediente sobre cual es el titular de la actividad.
    Tiene su fundamento en el artículo 13 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales y dentro de la normativa autonómica en el artículo 7 del Reglamento de Disciplina de la Ley de ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
    Se inicia mediante la presentación de un escrito DE COMUNICACIÓN PREVIA, al que deben acompañarse los documentos de carácter general que se indican en el impreso de solicitud:
    1º Carta de pago de tasa correspondiente
    2º Titulo de constitución en caso de personas jurídicas
    3º Documento que acredite el consentimiento del/de la anterior titular de la licencia, o en su lugar documento público o privado que acredite la transmisión inter vivos o mortis causa de la propiedad o posesión del inmueble, o local.
    4º Además si la actividad se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 7/2011 de Espectáculos Públicos de Castilla-La Mancha como documentación específica debe acompañarse copia de la póliza de seguros, obligatoria según lo dispuesto en el Art. 21de dicha ley.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • Este procedimiento, no tiene más alcance que una sencilla toma de razón en el expediente sobre cual es el titular de la actividad.
    Tiene su fundamento en el artículo 13 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales y dentro de la normativa autonómica en el artículo 7 del Reglamento de Disciplina de la Ley de ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
    Se inicia mediante la presentación de un escrito DE COMUNICACIÓN PREVIA, al que deben acompañarse los documentos de carácter general que se indican en el impreso de solicitud:
    1º Carta de pago de tasa correspondiente
    2º Titulo de constitución en caso de personas jurídicas
    3º Documento que acredite el consentimiento del/de la anterior titular de la licencia, o en su lugar documento público o privado que acredite la transmisión inter vivos o mortis causa de la propiedad o posesión del inmueble, o local.
    4º Además si la actividad se encuentra dentro del ámbito de aplicación de la Ley 7/2011 de Espectáculos Públicos de Castilla-La Mancha como documentación específica debe acompañarse copia de la póliza de seguros, obligatoria según lo dispuesto en el Art. 21de dicha ley.

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    El estado de la consulta se refiere a las posibilidades de edificabilidad de una parcela, sobre la instalación de una actividad o sobre el plan general de ordenación urbana.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Plano de situación catastral con indicación del número catastral.
    • Justificante del pago de las tasas. Según ordenanza fiscal reguladora de la tasa por licencias urbanísiticas año 2015, epígrafe de los grupos 1 y 3. (modelo 019 grupos 1 y 3), 93,91€.

    SI NO ESTOY CONFORME

    • Recurso potestativo de reposición
    • Recurso contencioso-administrativo

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, (ver mapa) en horario 09:00h a 14:00h de lunes a viernes.

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • REQUISITOS

    El objeto de la consulta se debe referir al estado de edificabilidad de una parcela (fondo, volumen, alturas,...) o a la existencia de infraestructuras urbanísticas: agua, luz, alcantarillado...

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Solicitud.
    • Documento acreditativo del pago de la tasa.
    • Plano de situación catastral (indicando número de referencia catastral)
    • Acreditación personalidad jurídica y representada(si se trata de personas jurídicas)
    • Pago de su tasa.

    Canales de solicitud

    Presencial:Gerencia de Urbanismo sita en C\Iris, 11(ver mapa) o en el Registro Gerneral del Ayuntamiento, planta baja, (ver mapa, consultar horario) .

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

  • INFORMACIÓN QUE SE PUEDE SOLICITAR

    El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.

    Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:

    - La seguridad nacional

    - La defensa

    - Las relaciones exteriores

    - La seguridad pública

    - La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios

    - La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva

    - Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control

    - Los intereses económicos y comerciales

    - La política económica y monetaria

    - El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial

    - La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencialcialmente si es una persona física: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: Personas físicas y jurídicas . Acceso a la Sede Electrónica pulsando aquí

  • INFORMACIÓN QUE SE PUEDE SOLICITAR

    El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.

    Estos límites están tasados en la Ley y son los siguientes:

    - La seguridad nacional

    - La defensa

    - Las relaciones exteriores

    - La seguridad pública

    - La prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios

    - La igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva

    - Las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control

    - Los intereses económicos y comerciales

    - La política económica y monetaria

    - El secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial

    - La garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión

    Si tiene alguna duda puede consultar las preguntas frecuentes.

    Canales de solicitud

    Presencialcialmente si es una persona física: Registro General, planta baja, (ver mapa, consultar horario)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

    Internet: Personas físicas y jurídicas . Acceso a la Sede Electrónica pulsando aquí

  • ¿EN QUÉ CONSISTE?

    La licencia de funcionamiento tiene por objeto constatar que las obras, instalaciones y medidas correctoras (en su caso) se han ejecutado conforme al proyecto y anexos que han servido de base para el otorgamiento de la correspondiente licencia urbanística y que se encuentran debidamente terminadas y aptas según las determinaciones urbanísticas, ambientales y de seguridad exigibles de acuerdo con su destino o uso específico, y con la normativa en vigor que le es de aplicación.

    DOCUMENTOS

    Es imprenscindible acompañar la documentación siguiente:

    • Certificación suscrita por el Técnico/a Director/a de las Obras y visada por el Colegio Oficial correspondiente y documentación complementaria conforme al Anexo IV de Contenidos Mínimos en Documentación Técnica para Licencias de Actividad aprobado por Acuerdo tomado por el Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 21 de febrero de 2008 y 16 de mayo de 2008.
    • Copia del impreso de autoliquidación de la tasa.
    • En caso de actuar mediante representante, deberá firmar también el/la propio/a interesado/a o aportarse documento que acredite la representación.
    • SERVICIO RESPONSABLE

    La Gerencia Municipal de Urbanismo

    PAGO DE TASAS

    Al presentar la solicitud hay que pagar una autoliquidación de tasas, según los metros del local que ocupa la actividad y que para 2015 son las siguientes:
    -Hasta 50 m2: 141,53€
    -De más de 50 m2 a 100 m2: 258,10€
    -De más de 100 m2 a 500 m2: 374,19€
    -De más de 500 m2 a 1500 m2: 801,56€
    -De más de 1500 m2 a 5000 m2: 1060,16€
    -De más de 500 m2: 1577,27€

    Canales de solicitud

    Presencial: Registro General de la Gerencia de Ubanismo, C\Iris 11, 13. (ver mapa)

    Se puede descargar el siguiente formulario y llevarlo rellenado (descargar)

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.