Inscripción de franquiciadores

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejerí­a

 Economí­a, Empleo y Administraciones Públicas

Dirección General

 Dirección General de Economí­a

Quien puede solicitar

 Persona Fí­sica y Juridica


Descripción del Procedimiento:

  • Entrega de solicitudes.
  • Verificación de las solicitudes por la Consejerí­a de Economí­a y Hacienda.
  • Inscripción en el Registro Central.
  • Asignación número identificación nacional.
  • Comunicación al interesado.

Requisitos

 

Deberán inscribirse en el Registro de Franquiciadores:

  • Las personas fí­sicas o jurí­dicas que pretendan desarrollar en España esta actividad cuando vayan a ejercerla en más de una Comunidad Autónoma. La inscripción debe tener carácter previo al inicio de la actividad, es obligatoria y gratuita.
  • Las solicitudes de inscripción se presentarán ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde tengan su domicilio, el cual comunicará a la Dirección General de Polí­tica Comercial todos los datos para su incorporación automática al Registro. En el caso de franquiciadores que no tengan su domicilio en España, éstos podrán solicitarlo directamente.
  • Las empresas que pretendan desarrollar la actividad de cesión de franquicias y que tengan su domicilio social en el ámbito de la Comunidad de Castilla-La Mancha, deberán inscribirse en el Registro de Franquiciadores de la Comunidad de Castilla-La Mancha (Av. Rí­o Estenilla, s/n), que posteriormente lo notificará a la Dirección General de Comercio Interior para su inscripción en el Registro Central de Franquiciadores.

Documentación de inicio

 
  • Datos referentes a los franquiciadores.
  • Denominación de los derechos de propiedad industrial o intelectual objeto del acuerdo de franquicia y acreditación de tener concedida y en vigor la titularidad o los derechos de licencia de uso sobre los mismos, así­ como su duración y eventuales recursos.
  • Descripción del negocio objeto de la franquicia.
  • En el caso de que el franquiciador sea un franquiciado principal, este deberá acompañar la documentación que acredite los siguientes datos de su franquiciador: nombre, razón social, domicilio, forma jurí­dica y duración del acuerdo de franquicia principal.

Plazo de Presentación

Permanente

Impuestos y/o tasas vinculadas

Sí­

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Plazo Resolución

90 dí­as

Forma de iniciación

 A petición del interesado

Fin via

 Sí­

Efectos presuntos

 Negativo

Normativa

 
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Ley 7/1996 De Ordenación Del Comercio Minorista.
  • Real Decreto 225/2006, De 24 De Febrero, Por El Que Se Regulan Determinados Aspectos De Las Ventas A Distancia Y La Inscripción En El Registro De Empresas De Ventas A Distancia.
  • Real Decreto 103/2008, De 1 De Febrero, Por El Que Se Modifica El Real Decreto 225/2006, De 24 De Febrero, Por El Que Se Regulan Determinados Aspectos De Las Ventas A Distancia Y La Inscripción En El Registro De Empresas De Ventas A Distancia.
  • Real Decreto 336/1996 Sobre El Traspaso De Funciones Y Servicios De La Administración General Del Estado A La Ciudad De Melilla En Materia De Comercio Interior Y Ferias Interiores.
  • Ley 25/2009 De Modificación De Diversas Leyes Para Su Adaptación A La Ley Dobre El Libre Acceso A Las Actividades De Servicios Y Su Ejercicio.
  • Ley 17/2009 Sobre El Libre Acceso A Las Actividades De Servicios Y Su Ejercicio.
  • Real Decreto 201/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la actividad comercial en régimen de franquicia y la comunicación de datos al registro de franquiciadores.
  • Real Decreto Ley 6/2000 De 23 De Junio De Medidas Urgentes De Intensificación De La Competencia En Mercados De Bienes Y Servicios
  • Modificación Del Reglamento De Organización Administrativa De La Ciudad Autónoma De Melilla

Observaciones

 
  • Inscribir a los franquiciadores.
  • Actualizar periódicamente la relación de los franquiciadores inscritos y de los establecimientos franquiciados.
  • Elaborar estadí­sticas por agregación y tratamiento de los datos que figuran en sus bases.
  • Inscribir las cancelaciones de los franquiciadores.
  • Expedir las oportunas certificaciones acreditativas de los franquiciadores inscritos en este Registro.
  • Suministrar a las personas interesadas la información de carácter público que se solicite.
  • Dar acceso a la información registral a los órganos administrativos de las Comunidades Autónomas que lo requieran.
  • Cualesquiera otras funciones compatibles con su actividad que le sean encomendadas por la autoridad competente.
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