Emergencia Social para Equipamiento

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Consejería

Bienestar Social y Salud Pública

Dirección General

Dirección General de Servicios Sociales

Quien puede solicitar

Solo Persona física

Documentación de inicio


La solicitud deberá ir acompañada con los documentos siguientes:
1.Fotocopia de documento acreditativo de la identidad de la persona solicitante y los demás miembros de la Unidad de Convivencia (D.N.I., Pasaporte, Tarjeta de Residente....).
2.Fotocopia del Libro de Familia correspondiente (en caso de que se trate de matrimonio). En caso de otras formas de convivencia, certificado de convivencia de la Policía Local.
3.Certificado del Padrón Municipal que incluya a todas las personas que residen en el domicilio.
4.En caso de separación, divorcio o nulidad, fotocopia de la correspondiente resolución.
5.En el supuesto de víctimas de violencia doméstica, fotocopia de la resolución judicial o, si esta no se hubiera dictado, de la denuncia.
6.Certificación de asistencia a clase de los menores escolarizados.
7.Declaración jurada de ingresos, patrimonio y propiedades. Esta declaración se acompañará de los certificados correspondientes en cada caso ( certificado de Ingresos y Patrimonio; vida laboral de los mayores de 16 años; en caso de trabajadores por cuenta ajena, fotocopia de la última nómina; para los pensionistas, recibo de la última pensión o certificado de la entidad correspondiente donde conste la cuantía de la misma; para empresarios o autónomos, copia de la última declaración de I.R.P.F. )
8.Para desempleados, tarjeta de demandante de empleo.
Aquellos documentos que la persona solicitante o la Consejería de Bienestar Social y Sanidad considere oportuno incorporar al expediente.

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

Efectos presuntos

Negativo

Recursos

Alzada

Normativa

  • Resolución n° 696 de fecha 1 de febrero de 2018, relativa a aprobación definitiva del reglamento regulador de las ayudas económicas y servicios para la atención de necesidades sociales de la Ciudad Autónoma de Melilla. BOME Extraordinario núm. 4, de 9 de febrero de 2018.
90 días

Observaciones


REQUISITOS:

-Cualquier persona física o unidad económica de convivencia independiente residentes en melilla, que carezca de recursos necesarios para hacer frente a gastos extraordinarios necesarios para prevenir la exclusión social y / o favorecer su inserción.
-Los equipos técnicos de los centros de servicios sociales comprobarán la existencia de la necesidad y valorarán su gravedad y urgencia.
-No podrá concederse esta prestación si la persona solicitante o cualquier miembro de su unidad económica de convivencia son propietarios de bienes que indiquen la existencia de medios materiales para hacer frente a las necesidades objeto de esta prestación.
-En ningún caso se podrá conceder a una persona o a otros miembros su unidad económica de convivencia mas de una prestación por el mismo concepto en el mismo año.

Otros datos de interes

Existen impuestos o tasas asociados
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