Desarrollo del Plan de Formación

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Consejerí­a

 Economí­a, Empleo y Administraciones Públicas

Dirección General

 Dirección General de Administraciones Públicas

Quien puede solicitar

 Administración de la CAM


Descripción del Procedimiento

  • Convocada la Junta de Formación para presentar el Nuevo Plan de Formación, revisarlo, modificarlo y aceptarlo, se elabora el calendario del Plan de Formación.
  • Mandamos a los Centros de Formación las acciones formativas a realizar mediante las órdenes y traslados de adjudicación de las acciones formativas.
  • Publicitamos el Plan de Formación, mediante circular, e-mail, trí­ptico y calendario de las acciones formativas.
  • Recogemos las solicitudes de los empleados públicos y elaboramos las listas de alumnos inscritos y la de alumnos definitivos.
  • Comunicamos a los empleados públicos la localización, fecha y hora definitivas de las acciones formativas.
  • Comunicamos a las Direcciones Generales los empleados públicos de su área que van a realizar las acciones formativas indicando la localización, fecha y hora definitivas.
  • Entregamos a los Centros de Formación los listados de alumnos y de las hojas de asistencia.
  • Recopilamos la memoria e incidencias de los cursos una vez finalizado los mismos y realizamos la evaluación de los cursos y docentes.
  • Elaboramos los Diplomas y hojas de dí­as pertinentes si proceden tanto a los empleados públicos como a las Direcciones Generales.
  • Entregamos los Diplomas y hojas de dí­as.
  • Realizamos las Órdenes y traslados del pago de las acciones formativas.
  • Confeccionamos la memoria final del año de Formación y justificamos los fondos utilizados.
  • Finalmente cerramos el Plan de Formación.

Requisitos

 

La oferta formativa contenida en los planes de formación para el Empleo de las Administraciones Públicas se orientará a la satisfacción de las necesidades de cualificación en las Administraciones Públicas y estará basada en estudios de necesidades formativas y en los planes estratégicos elaborados a tal fin.

En este sentido la coordinación de las ofertas formativas de los diferentes promotores y su posible coincidencia sobre ámbitos territoriales o funcionales será objeto de estudio en el seno de la Comisión que en cada caso resulte pertinente.


Contenido de los planes de formación.


Los planes de formación que se presenten ante las Comisiones de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas o, en los casos en que así­ proceda, ante la Comisión General de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas tendrán, al menos, el siguiente contenido:


a) Sistema de detección de necesidades.

b) Objetivos generales y descripción de las acciones a desarrollar.

c) Ámbito de aplicación del plan (territorial y organizativo).

d) Colectivos afectados, perfil de los destinatarios y número total de participantes previstos.

e) Criterios de selección de los participantes.

f) Modalidad de gestión de las acciones formativas.

g) Opciones metodológicas previstas.

h) Previsiones acerca del seguimiento de las acciones formativas, tanto durante su desarrollo como al final del mismo.

i) Criterios de evaluación del plan de formación.

j) Calendario de ejecución previsto.

k) Coste de las distintas acciones formativas y coste total del planpara el que se solicita financiación.

l) Informe acreditativo del mantenimiento del esfuerzo formativo.

m) Sistema de coordinación y cooperación, en su caso, con otros posibles promotores de planes de formación.


Plazo de Presentación

El Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2011 y su vigencia será indefinida.

Forma de iniciación

 De oficio

Fin via

 Sí­

Efectos presuntos

 No aplica

Normativa

 
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE núm. 89 de 13 de abril de 2007.
  • Reglamento de la Comisión Paritaria de Formación y Promoción Profesional de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 25 de julio de 2001. BOME núm. 4895 de 14 de febrero de 2012.
  • Resolución de 8 de junio de 2010, de la Secretarí­a de Estado para la Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 22 de marzo de 2010. BOE núm. 147 de 17 de junio de 2010.
  • VIII Acuerdo Marco de los Funcionarios de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 18 de diciembre de 2009. BOME Extraordinario núm. 19, de 29 de diciembre de 2009.
  • IX Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 16 de marzo. BOME Extraordinario núm. 6 de 22 de abril de 2010.
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