Baja en el Registro de Parejas de Hecho de la Ciudad Aútonoma de Melilla

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejería

Distritos, Juventud y Participación Ciudadana

Dirección General

Dirección General de la Consejería de Presidencia

Quien puede solicitar

Persona Física

Requisitos

La extinción de la inscripción registral de la pareja de hecho se producirá por las siguientes causas:

  • De común acuerdo o por petición de uno de los integrantes, que deberá notificarlo a través de cualquier medio admitido en derecho.
  • Por fallecimiento de uno de los miembros.
  • Por separación de hecho durante más de seis meses.
  • Por matrimonio de uno de los miembros.
  • Por pérdida por parte de uno o de ambos miembros de la pareja de hecho de su condición de residente legal.

Descripción del Procedimiento

Las Solicitudes de inscripción se formularán mediante solicitud conjunta de los miembros que constituyen la unión de hecho, acompañado por la documentación exigida en el Reglamento de Parejas de Hecho.

Se presentará en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad Autónoma, así como en cualesquiera de los Registros admitidos en la normativa vigente, dirigidas al encargado/a del Registro de Parejas de Hecho.

Si se apreciara cualquier carencia o defecto en la solicitud o en la documentación presentada, se requerirá a los interesados para que en el plazo máximo de diez días subsane la falta o acompañen los documentos perceptivos, advirtiéndoles que si no lo hicieran así, se procederá a declarar la caducidad del procedimiento.

Para acreditar la convivencia ininterrumpida exigida, los interesados se personarán ante el encargado del Registro acompañados de dos testigos mayores de edad en el pleno ejercicio de sus derechos civiles. También se podrá presentar documento notarial que acredite el requisito exigido de convivencia o acreditación de tener descendencia en común.

Cumplidos los requisitos establecidos, se dictará la correspondiente resolución por el Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Participación Ciudadana, disponiendo la inscripción solicitada en el Libro de registro, o, en su caso, la denegación motivada, notificándose en todo caso a los interesados.

Documentación de inicio

  • Solicitud.
  • Fotocopias DNI, pasaporte o documentación acreditativa de identidad.
  • Certificados de empadronamiento y documentos que acrediten ka residencia legal.

Plazo de Presentación

Permanente

Impuestos y/o tasas vinculadas

No

Forma de presentar la solicitud

Presencial

Plazo Resolución

No se prevé reglamentariamente.
No excede de 10 días.

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

No

Efectos presuntos

Negativo

Recursos

Alzada

Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.