Autorización de transportista/recogedor de residuos peligrosos
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración
Consejería
Medio Ambiente y SostenibilidadDirección General
Dirección General de Gestión Económico AdministrativaQuien puede solicitar
Solo Persona físicaDocumentación de inicio
- Solicitud de autorización en modelo normalizado.- Memoria de la empresa.
- En caso de recogedores: compromiso escrito del gestor final garantizando la admisión de todos los residuos que figuran en la solicitud, o documentos de aceptación de los mismos.
- En caso de residuos clínicos: homologación de los contenedores.
- Tarjeta de Inspección Técnica de Vehículos.
- Permiso de circulación.
- Certificado de Inspección conforme al Reglamento ADR-TCP.
- Permiso de conducción.
- ADR- Certificado de formación.
- Resguardo del ingreso de la tasa correspondiente.
- En el momento de la recepción de la Autorización: póliza del Seguro de responsabilidad Civil.
- Resguardo bancario acreditando el depósito de una fianza del 5 por ciento del valor de los vehículos a emplear
- Documento que acredite el valor de los vehículos
Nota: los documentos que no sean originales deberán venir compulsados.
Forma de iniciación
A petición del interesadoFin via
SíEfectos presuntos
NegativoRecursos
AlzadaNormativa
- Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados.
- Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.
Plazo resolución legal
90 díasObservaciones
.Objeto del Procedimiento
Autorización obligatoria para todas las empresas que deseen realizar actividades de gestión de transporte/recogida de residuos peligrosos.